La
República del Paraguay quiere avanzar en la identificación de los niños recién
nacidos.
Por
Carlos Alvarez Cozzi
Con alegría nos enteramos que en la provida
República del Paraguay, -que sigue resistiendo valerosamente los embates de los
organismos internacionales para que acepte la legislación de la colonización
cultural del aborto-, dos diputados han presentado un proyecto de ley que busca
proteger los derechos de los niños recién nacidos.
Que además de servir para identificar a los
nacidos también será útil por razones médicas, como se verá.
El “nomen juris” del proyecto referido es: "GARANTIZAR
LA IDENTIFICACION OBLIGATORIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO RECIEN NACIDO".
Los dos principales artículos del proyecto
son justamente el 1 y el 2.
“Artículo 1º.- La presente Ley tiene por
objeto coordinar y facilitar el acceso a que todo niño inmediatamente de haber
nacido y antes de salir de la sala de partos sea identificado, mediante la
extracción de sangre del recién nacido y de la madre.”
“Artículo 2º.- Se extraerá una gota del
cordón umbilical del recién nacido y una gota de sangre de la madre para la
identificación y comprobación genética mediante una muestra de su ADN (Ácido
Desoxirribonucleico).”
Dice
la Exposición de Motivos:
“En tal sentido se debe reafirmar
públicamente el compromiso del Estado Paraguayo de garantizar la efectiva
asistencia del servicio en la identificación del recién nacido en el momento
del nacimiento con relación a la madre. Con este Proyecto de Ley se le invita a
los Señores Diputados Nacionales a la reflexión sobre la importancia que
representa la identidad del niño al nacer como así también el valor de la
seguridad de la relación que exista y corresponda el recién nacido a la madre.”
De esta forma no sólo se asegura la correcta identificación del niño,
mediante el ADN, su vínculo parental con los padres, sino que también evita el
riesgo de sustracción o sustitución del mismo, y además por razones médicas,
deja registrado el grupo sanguíneo, para el caso de tener que recibir
transfusiones o donaciones de tejidos.
Son medidas que no en todos los paises se practican, y que ahora, en
caso de aprobarse este proyecto en el Paraguay, este pujante país en la
custodia de la vida naciente, habrá de estar a la cabeza en el respeto integral
de los derechos de los niños, conforme a la Convención de los Derechos del
Niño.
Asimismo la Exposición de Motivos agrega que “el nuevo sistema no se
utilizará para estudiar el código genético del niño ni para hacer pruebas de
paternidad, solo tendrá como fin la de identificar la relación del recién
nacido con la madre. La extracción de la gota de sangre tiene una sencilla
ejecución, tratándose de una técnica incruenta, ya que la muestra se toma
pinchando con una jeringuilla el cordón umbilical una vez separado el recién
nacido de la madre. La gota de sangre se depositará en un papel adsorbente no
reactivo para la conservación de la muestra, ira sellado y firmado por los
responsables de la intervención en la asistencia del parto. El procedimiento se
desarrolla en la misma sala de partos, en presencia de la madre, el padre o
ambos.”
Dadas las finalidades del proyecto, de puro cuño garantista de los
derechos humanos, descartamos que recibirá rápida aprobación legislativa en el
Paraguay, para seguirlo posicionando como país protector de la vida naciente,
en un mundo que, gobernado por los imperativos del relativismo, por un lado
habla de derechos humanos pero por el otro, lamentablemente, no defiende a
cabalidad los mismos.