DON BOSCO

DON BOSCO
"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

INSTAN A SUSCRIBIR

 

  UN TRATADO INTERNACIONAL CONTRARIO AL ORDEN NATURAL

 

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1297, 22 de julio de 2022

 

Diputados de Juntos por el Cambio instan al Ejecutivo a suscribir y ratificar la “Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes” (CIDJ) adoptada el 11 de octubre del 2005 en la ciudad española de Badajoz -en el marco de la Organización Iberoamericana de la Juventud-, y su “Protocolo Adicional”, firmado el 25 de octubre de 2016 en Cartagena de Indias, Colombia.

 

La “Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes” (CIDJ), junto a su Protocolo Adicional, constituyen el “Tratado Internacional de Derechos de la Juventud” (TIDJ), un Tratado que hasta el momento sólo ha ratificado Ecuador, durante el gobierno de Lenín Moreno.

 

El proyecto de declaración (expte. 3659/2022) que insta a suscribir y ratificar el TIDJ, fue presentado por la diputada Virginia Cornejo (PRO, Salta).

 

La CIDJ, en su artículo 5° establece el principio de no discriminación basado en la “orientación sexual”, entre otras categorías y en el art. 6° garantiza el “derecho a la igualdad de género”.

 

El art. 14 reconoce el “derecho” a la “propia identidad, consistente en la formación de su personalidad, en atención a sus especificidades y características de sexo”, entre ellas, la “orientación sexual”.

 

El art. 23 garantiza el “derecho a la educación sexual” en todos los niveles educativos y el art. 25 el “derecho” de los jóvenes a la “confidencialidad” “en lo relativo a su salud sexual y reproductiva”.

 

La adopción de la Convención por parte de los gobiernos iberoamericanos en 2005, fue alentada por un “auge neomarxista –‘progresista’-, que tiene en común con la derecha políticamente correcta su pansexualismo” (Noticias Globales 740, 7/10/2005).

 

En el año 2008, cuando este tratado entró en vigor, el P. Juan Claudio Sanahuja, escribía: “Esta Convención es un instrumento más de la reingeniería social anticristiana apadrinado desde su gestación principalmente por el Fondo para la Población de las Naciones Unidas (FNUAP-UNFPA) y por el Partido Socialista español (PSOE). Entre los supuestos derechos que “consagra” el documento aparecen: salud sexual y reproductiva (aborto encubierto), orientación sexual (homosexualidad), perspectiva de género, educación sexual, confidencialidad en temas de sexualidad (abolición de la patria potestad en cuestiones que se refieren a la sexualidad de los menores), etc”. (Noticias Globales 897, 4/06/2008).

 

Esas advertencias -hechas antes incluso de que la CIDJ fuera adoptada- quedaron explicitadas a fines del 2016 con el “Protocolo Adicional”, que “actualiza” la Convención, “ampliando” y “especificando” los “derechos” reconocidos en ella. Por ejemplo, el art.3 del Protocolo puntualiza:

 

1. Las personas jóvenes tienen derecho a elegir y expresar libremente su orientación sexual e identidad de género.

 

2. Los Estados Parte se comprometen a prevenir y sancionar todas las formas de discriminación contra las personas jóvenes por motivos de orientación y/o identidad de género

 

3. Los Estados Parte se comprometen a fomentar programas de educación y concientización para las personas jóvenes en cuestión de orientación sexual e identidad de género.

 

Si bien Argentina tiene leyes que contemplan la “orientación sexual” y la “Identidad de género”, no ha suscripto hasta el presente ningún tratado internacional que las incluya y sería grave que lo haga, ya que, a partir de la reforma de 1994, la Constitución Nacional le reconoce a los tratados una jerarquía superior a la de las leyes (art. 75 inc 22).

 

Sorprende que Virginia Cornejo remate los fundamentos generalizando: “los Diputados de Juntos por el Cambio, consideramos útil y necesario en extremo, que a los efectos prácticos el presente proyecto sea suscripto a la brevedad”, cuando su espacio político se negó a firmar el Tratado porque, “tanto a nivel universal como regional, ya existen normas que protegen los derechos de estas personas”. Según consta en la nota que la Cancillería -que por entonces encabezaba Jorge Faurie- elevó al Congreso (PE387/19) en respuesta a un Pedido de Informe presentado por la Senadora kirchnerista Eugenia Catalfamo (S-2581/18).

 

Entre los motivos por los que el Gobierno de Cambiemos no iba a suscribir el TIDJ, la Cancillería apuntaba: “La posición tradicional de nuestro país en la materia ha sido la de evitar desagregar y/o reglamentar el contenido de las normas de derechos humanos universalmente reconocidas a través de nuevos instrumentos internacionales”.

RESISTENCIA A LA HUMANAE VITAE


José María Simón Castellví


Presidente emérito de la Federación Internacional de Asociaciones Médicas Católicas (FIAMC)

 

Desde hace algunos años, cuando se acerca el aniversario de la famosa carta encíclica de Pablo VI, escribo unas líneas para apoyarla. Alguna vez, como sucedió en 2009 a raíz de un artículo mío en el Osservatore Romano, se ha producido un considerable revuelo. En aquella ocasión presentaba un trabajo de la FIAMC en el que demostrábamos que la píldora anticonceptiva era con toda probabilidad uno de los causantes de la creciente infertilidad del varón europeo debido a la contaminación que sus metabolitos producían en el ambiente y en los alimentos. Aun se encuentran en los buscadores de internet críticas y apoyos a aquel documento.

 

Sin embargo, el núcleo de la enseñanza de la encíclica, que ya tenía precedentes y que tuvo posteriores reafirmaciones pontificias, alcanza un nivel más elevado: los hijos son un don y un bien del matrimonio. No son un efecto secundario del mismo sino uno primario. Son buenos para la familia, la Iglesia y la sociedad. La transmisión de la vida humana es algo que se tiene que tomar muy en serio. Es por eso que es en la familia donde mejor se acoge amorosamente la vida y donde mejor se conllevan los grandes y pequeños problemas de la vida.

 

En algunas ocasiones, por motivos diversos graves, los esposos deben espaciar los nacimientos de sus hijos y seguir teniendo relaciones íntimas regularmente. En la propia naturaleza de la mujer se halla la clave para que la relación matrimonial no rompa su donación recíproca total o los significados unitivo y procreativo, a la vez que se espacia la concepción de un hijo. Es en el conocimiento de los periodos fértiles (unos cuantos días al mes) y de los infértiles de la mujer donde se pueden tomar decisiones para concebir o para espaciar.

 

Siempre he dicho que los anticonceptivos atentan contra derechos de Dios Creador y contra los derechos humanos. Contra el derecho a que no nos quiten la vida, en el caso de los fármacos o instrumentos micro-abortivos. Contra el derecho a la igualdad razonable entre los sexos, porque la carga contraceptiva casi siempre recae sobre la mujer. Contra el derecho a una atención sanitaria con los menos efectos adversos posibles, porque los contraceptivos provocan daños y los medios naturales de reconocimiento de la fertilidad no. La fertilidad no es ninguna enfermedad. Contra el derecho a la educación, porque toda mujer debería poder ser instruida en el reconocimiento de sus ritmos de fertilidad-infertilidad. Hoy en día los métodos naturales de regulación de la fertilidad, de reconocimiento de las fases fértiles de la mujer, son sencillos de aprender y de enseñar. Maridos y mujeres cooperan activamente en su aplicación y, en ocasiones, también se sacrifican en unos días de abstinencia. Los profesionales sanitarios fuimos requeridos explícitamente en la encíclica a dar a los esposos que nos consultan sabios consejos y directrices sanas que de nosotros esperan con todo derecho.

 

No entiendo esta resistencia a aceptar los ritmos de la naturaleza sana en la cooperación de los esposos con el Creador. Si solo una pequeña parte de los ríos de tinta, litros de saliva y millones empleados en contracepción se empleasen en regulación natural y en hablar de la sana antropología, toda la familia humana se beneficiaría de ello en muchos aspectos. No nos podemos poner de lado como don Tancredo ante un reto que hoy en día ya es descomunal: ayudar a los esposos a ser buenos amantes y padres.

 

 

 

EL ABORTO


 y la Corte Suprema de EE. UU.: no basta la Constitución


Stefano Fontana

Brújula cotidiana, 12-07-2022

 

Tras el fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos, que declaró inconstitucional el derecho al aborto, muchos se han movido para hacerlo constitucional, es decir, incluir ese derecho en la Constitución de sus respectivos países. El Parlamento Europeo también ha aprobado una resolución en este sentido. Esto no hace que la decisión de la Corte americana sea contraproducente, como ya ha sido oportunamente aclarado, pero sí requiere una reflexión profunda sobre el constitucionalismo aplicado al aborto.

 

La sentencia estadounidense realmente tuvo méritos históricos, esto está fuera de discusión. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que establece que en el texto constitucional no se hace referencia al derecho al aborto, mientras que no dice que el aborto esté constitucionalmente prohibido. Tanto es así que devuelve la pelota a la legislación de los Estados individuales. Por eso algunos han hablado de una victoria de la democracia. Sin embargo, si se piensa bien, en teoría todos los Estados individuales de la Unión podrían legislar a favor del derecho a abortar. En este caso no sería en absoluto una victoria de la democracia. El discurso de la Corte Suprema se ha ceñido estrictamente al texto de la Constitución estadounidense, no ha hecho referencia a “algo” que la precede, como por ejemplo el derecho natural a la vida del concebido. Ha establecido que la Constitución no impone el derecho al aborto a los Estados de la Unión, pero también ha certificado que la Constitución ni siquiera dice lo contrario; es decir, que el derecho al aborto no puede ser previsto por ley por ellos. La Corte se ha adherido a la Constitución, convirtiéndola así en el primer y último punto de referencia en la vida jurídica y política de la Unión. Esto es, después de todo, una forma de constitucionalismo: entender la carta constitucional como que no necesita nada más, en sí misma el origen del derecho y de la ley. Vuelvo a decir que estas consideraciones no eliminan la importancia del hecho, sin embargo, merecen una reflexión para establecer una estrategia adecuada para el futuro inmediato.

 

La reacción de quienes, en respuesta a la Corte americana, quieren constitucionalizar el derecho al aborto, también se mueve en el terreno del constitucionalismo, pero con un enfoque más radical. La Corte estadounidense no ha decretado que el aborto esté prohibido, sino que no es obligatorio que los Estados lo prevean, que quiere que los escritos constitucionales decreten que es un derecho y, por lo tanto, una obligación a respetar. Entonces, existe una asimetría entre las dos posiciones, que solo podría salvarse si se dijera en la constitución, no solo que el aborto no es un derecho, sino también que es una injusticia inaceptable. La próxima ola de intentos de constitucionalizar el derecho al aborto no puede oponerse manteniendo únicamente la posición expresada por la Corte americana. Será necesario pasar a la constitucionalización de la prohibición del aborto. Pero ¿cómo se hace si la constitución no dice nada al respecto? Será necesario, pues, referirse a algo que “preceda” a la Constitución, pero eso es precisamente lo que no ha hecho la Corte americana. Esa posición, por tanto, si era muy importante para romper una tendencia y reabrir los juegos, no puede ser la solución definitiva: sólo refiriéndose a una dimensión que podemos llamar, a entender, de derecho natural, se podrá contrarrestar la previsible ola de presiones para constitucionalizar el aborto. Desde el punto de vista cultural, esto me parece muy importante, porque lo veo como un aplanamiento satisfecho de la decisión de la Corte que no tiene en cuenta que la lucha será muy dura y no estamos al final sino al principio. La claridad sobre los criterios por los que luchar es, por tanto, muy importante.

 

Cuando el poder político emprende el camino de la injusticia jurídica, es decir, de considerar justo por ley lo que en cambio es injusto, no se puede quedar a mitad de camino, no podrá dejar resquicios abiertos para poder volver atrás, ya que en este caso el Mal toma el carácter absoluto del Bien. Cuando el Estado considera un bien lo que en cambio es un mal, entonces tendrá que absolutizar ese derecho, imponerlo, educar a los ciudadanos para que lo consideren como tal, enseñarlo a los niños en las escuelas desde temprana edad, impedir que sea cuestionado, sancionar como un crimen de opinión a quienes lo critican o impugnan. Esto debe hacerlo el Leviatán, incluso en las llamadas democracias liberales.

 

La sentencia de la Corte americana ha cuestionado este camino, pero no ha completado el proceso de derrocamiento: no se ha proclamado que el mal es el mal, sólo se ha dicho que la constitución americana no lo prescribe y no lo impone. Pero los militantes del frente opuesto seguirán diciendo que el mal es el bien, y que, si es el bien, el Estado tiene derecho a prescribirlo e imponerlo. Para no limitarnos a decir que la Constitución no impone el mal, y decir en cambio que el mal es el mal y que la Constitución debe prevenirlo, debemos ir a algo que “preceda” a la Constitución. Esta es la tarea que deben asumir los movimientos provida en el futuro inmediato. La Corte Americana ha reabierto los juegos, ahora hay que jugar.

EL ARZOBISPO WILLIAM EDWARD LON

 

 presidente del comité provida de Estados Unidos, expresa su preocupación frente a la orden ejecutiva del presidente Joe Biden destinada a proteger el acceso al aborto.

 

(CNA/InfoCatólica) 10-7-22

 

«Es profundamente preocupante y trágico que el presidente Biden esté eligiendo, en cambio, utilizar su poder como presidente de los Estados Unidos para promover y facilitar el aborto en nuestro país, buscando todas las vías posibles para negar a los niños no nacidos su derecho humano y civil más básico, el derecho a la vida», dijo el arzobispo William Lori de Baltimore el 9 de julio.

 

«En lugar de utilizar las capacidades del poder ejecutivo para aumentar el apoyo y la atención a las madres y los bebés, la orden ejecutiva del presidente sólo busca facilitar la destrucción de seres humanos indefensos y sin voz», lamentó.

 

Biden firmó la orden ejecutiva el 8 de julio en respuesta a la decisión del Tribunal Supremo en el caso Dobbs v. Jackson Women's Health Organization, que devolvió la cuestión de la regulación del aborto a los estados.

 

El presidente lo calificó como «el momento de restaurar los derechos que nos han sido arrebatados, y el momento de proteger a nuestra nación de una agenda extremista que es antitética a todo lo que creemos como estadounidenses».

 

El arzobispo Lori señaló: «En respuesta a la decisión de Dobbs, hice un llamamiento a la sanación de las heridas y a la reparación de las divisiones sociales, a la reflexión razonada y al diálogo civil, y a unirnos para construir una sociedad y una economía que apoyen a los matrimonios y a las familias, y en la que cada mujer tenga el apoyo y los recursos que necesita para traer a su hijo a este mundo con amor».

 

«Y, como líderes religiosos, nos comprometimos a continuar nuestro servicio al gran plan de amor de Dios para la persona humana, y a trabajar con nuestros conciudadanos para cumplir la promesa de Estados Unidos de garantizar el derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad para todas las personas».

 

El arzobispo imploró a Biden «que abandone este camino que lleva a la muerte y a la destrucción y que elija la vida». Como siempre, la Iglesia Católica está dispuesta a trabajar con esta Administración y con todos los funcionarios electos para proteger el derecho a la vida de todo ser humano y para garantizar que las madres embarazadas y las que están criando a sus hijos reciban todo el apoyo necesario para cuidar de ellos antes y después del nacimiento».

 

Biden, que se identifica como «católico», ha apoyado en repetidas ocasiones el derecho al aborto, a pesar de la enseñanza católica de que la vida humana debe ser respetada y protegida desde el momento de la concepción.

CUIDADOS PALIATIVOS ES LEY

 

 


NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1295, 5 de julio de 2022

 

A través de los cuidados paliativos se le proporciona al paciente asistencia integral (física, psicológica, social y espiritual).

 

La eutanasia busca la eliminación de la persona que sufre mientras que los cuidados paliativos, alivian el sufrimiento y mejoran su calidad de vida.

 

El equipo de cuidados paliativos le brinda al enfermo y a su familia, un acompañamiento compasivo y amoroso.

 

Con 218 votos positivos y 1 negativo la Cámara de Diputados le dio sanción definitiva al proyecto que garantiza cuidados paliativos (OD 65/2022). El Senado lo había aprobado por unanimidad en octubre de 2020.

 

La iniciativa tiene entre sus principios rectores el “respeto por la vida y el bienestar de las personas” y la equidad en el acceso oportuno a las prestaciones paliativas que se deberán garantizar tanto en el sistema público de salud como en las obras sociales y prepagas.

 

Cuando haya enfermedades amenazantes y/o limitantes para la vida (aquellas en las que existe riesgo de muerte) se deberá prevenir y aliviar el sufrimiento, y brindar asistencia integral (física, psicológica, social y espiritual).

 

Se creará un Observatorio Nacional de Evaluación de Cuidados Paliativos.

 

El debate en el recinto

 

Mónica Fein (PS, Sta.Fe): Dijo que los cuidados paliativos hablan de “una actitud humanizada de la medicina, pero basada en un método científico”. Afirmó que hay una profunda inequidad en el acceso a los cuidados paliativos y que se estima que en el mundo sólo un 14% de las personas tienen acceso a ellos, lo mismo pasa en Argentina, añadió. “Los cuidados paliativos no son un privilegio, deben ser considerados un derecho de toda la ciudadanía”.

 

Rubén Manzi (CC, Catamarca): “La función del médico es curar, pero también cuidar”. “Este proyecto fortalece ese paradigma: el rol de cuidado del sistema de salud”. “El paciente no se puede sentir abandonado por quién no pudo curarlo”.

 

Susana Landriscini (FdT, Río Negro): “Si esta ley se aprueba de manera unánime va a reflejar el máximo respeto por la vida humana”. Exhortó a trabajar para que las provincias adhieran y la ley sea efectiva en todo el territorio.

 

Gabriela Lena (UCR, Ente Ríos): “Los cuidados paliativos emergen de la dignidad intrínseca de todos los enfermos incurables”. Puntualizó que su provincia sancionó una ley de cuidados paliativos en el 2010 y que aún no se reglamentó.

 

Alejandro Vilca (FIT, Jujuy): Adelantó el apoyo del Frente de Izquierda y criticó la “precariedad” del sistema de salud.

 

Paula Omodeo (CREO, Tucumán): Celebró que estuvieran tratando una ley que le sirva a la gente. Habló del respeto a la vida “desde la concepción y hasta la muerte natural”. “Salud, educación, seguridad; allí queremos al estado”, enfatizó.

 

Guillermo Carnaghi (Fdt, Neuquén): Habló de los escasos servicios que se brindan en su extensa provincia y estimó que la ley va a ser una herramienta eficaz para que esos servicios se extiendan.

 

Luis Di Giácomo (Juntos Somos Río Negro): Consideró que esta ley le va a dar empuje a los equipos multidisciplinarios de salud y que va a resaltar el trabajo de todos sus miembros. Subrayó que lo más importante de los cuidados paliativos son los recursos humanos y abogó por la capacitación de equipos. 

 

Paola Vessvessian (Fdt, Sta. Cruz): Estimó que esta ley tiene que ver con la mirada que se tiene hacia el paciente y su familia. Mencionó que sólo hay 5 países con leyes de cuidados paliativos, por lo que ésta sería “una ley de avanzada”.

 

Jimena López (FdT, BsAs): Situó a los cuidados paliativos en el marco de los derechos humanos y llamó a humanizar las prácticas en el sistema de salud. “No hay que institucionalizar más de lo necesario y hay que contener a los grupos familiares”.

BIDEN


lanza una campaña global contra la «terapia de conversion»


By Stefano Gennarini, J.D. | June 23, 2022 (C-Fam)

 

La Casa Blanca de Biden anunció una campaña global para erradicar todo tipo de terapia y conseja para ayudar a las personas que luchan contra la atracción al mismo sexo o disforia de género.

 

«Mi decreto usará toda la fuerza del gobierno federal para evitar prácticas inhumanas de terapia de conversión», dijo Biden la semana pasada al firmar llamando a todas las terapias o asesoramiento que no confirmen la homosexualidad y el transgenderismo «peligrosas y sin crédito».

 

El decreto lleva al Secretario de Estado a desarrollar un plan de acción para combatir las terapias de conversión y «promueve el final de su uso en todo el mundo» incluyendo el uso como palanca de la asistencia extranjera de los USA y promoviendo iniciativas contra «las terapias de conversión» en la O.N.U.

 

«Libramos una batalla por la autentica alma de esta nación y esto no es una hipérbole» dijo Biden antes de firmar el decreto culpando a la «agenda MAGA» de su predecesor el Presidente Donald Trump de incitar a la violencia contra las personas que se identifican como homosexual o transexual.

 

Biden ha señalado las acciones de Florida contra Disneyland por promover la educación  trans de niños como «perseguir a Mickey Mouse». Y dijo que las acciones del Gobernador de Texas Greg Abbot de imputar a padres que ayudan a sus hijos pequeños a cambiar de sexo como una forma de abuso infantil eran una forma de acoso.

 

«El orgullo vuelve a la Casa Blanca» dijo Biden al firmar el decreto.

 

El decreto alinea al gobierno de los USA con varios funcionarios y cuerpos de la ONU que recientemente han hecho campaña contra la así llamada «terapia de conversión»

 

La alta comisionada para los derechos humanos, Michelle Bachelet de Chile, la pasada semana llamó a la terapia de conversión un «abuso de los derechos humanos» .

 

Víctor Madrigal-Borloz de Costa Rica, el experto independiente de la ONU en Orientación sexual e identidad de género, emitió un informe pidiendo una prohibición global de todas las terapias y formas de asesoramiento que no animen a quien experimenta inclinaciones homosexuales a actuar según sus inclinaciones o que no reafirman a los individuos que experimentan confusión acerca de sus cuerpos y sexos.

 

El término «terapia de conversión» no se refiere a un método de terapia establecido o asesoramiento. Es una etiqueta derogatoria aplicada por políticos y activistas a cualquier forma de terapia verbal o asesoramiento para ayudar a personas a tratar su no deseada atracción al mismo sexo o disforia de sexo. Este tipo de terapia y asesoramiento son ofrecidos por psicólogos y terapeutas.

 

Psicólogos que llevan a cabo este tipo de terapia verbal dicen que los resultados están basados en la motivación del paciente y su voluntad de cambio de sus pensamientos y acciones. Dicen que el 30% de los altamente motivados abandonan la atracción por el mismo sexo, otro 30% continúa la lucha pero resisten a la actividad con los de su mismo sexo mientras que los restantes vuelven a sus prácticas previas.

 

Los críticos de este tipo de terapia verbal dicen que causa daño. Una revisión de 79 estudios encontró que ayudar a individuos a tratar o superar la atracción por el mismo sexo o la disforia de sexo no supone ningún riesgo mayor que otros tipos de asesoramiento.

 

El decreto también dirige a las agencia federales a luchar contra la terapia de conversión domésticamente y a desarrollar estrategias para erradicarla, junto con otras políticas para promover la homosexualidad y el transgenderismo en el sistema judicial, escuelas, sanidad así como en la policía y las agencias gubernamentales.

 

Por ejemplo, el lenguaje del decreto dirige al Departamento de Salud y servicios humanitarios a desarrollar políticas que aseguren que parejas homosexuales e individuos trans sean capaces de adoptar niños u obtenerlos mediante subrogación y otras tecnologías reproductivas en igualdad de condiciones con  hombres y mujeres casados.

LEGISLACIÓN IDEOLOGIZADA

 

 

SE SANCIONÓ LA NUEVA LEY DE SIDA


NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1294, 30 de junio de 2022

 

Con 60 votos positivos y uno negativo el del misionero Humberto Schiavoni (presidente del bloque del PRO) el Senado le dio sanción definitiva a la nueva Ley de Sida (C.D.- 2/22) que contaba con al aval de Diputados desde el pasado 5 de mayo (Notivida Nº 1287).

 

El proyecto aprobado declara de “interés público nacional” la respuesta integral e intersectorial a la infección por VIH, las Hepatitis Virales, la Tuberculosis y las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS). Es decir, “los medicamentos, vacunas, procedimientos y productos médicos para la prevención, diagnóstico, tratamiento y cura” “serán de acceso universal, oportuno y gratuito”, en el ámbito público y en el privado.

 

Las personas con SIDA o hepatitis viral podrán jubilarse con 50 años de edad y 20 de aportes. Si están en condiciones de vulnerabilidad, desde los 18 años gozarán de una pensión no contributiva vitalicia compatible con otros beneficios sociales.

 

Se prohibirá la oferta y la realización de la prueba diagnóstica de VIH, Hepatitis Virales y otras ITS en los exámenes médicos preocupacionales y se le garantizará a los enfermos la estabilidad laboral, no se los podrá despedir o suspender. Habrá sanciones para los infractores.

 

Se creará una Comisión Nacional de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS, integrada por funcionarios y miembros de organizaciones que trabajan en la temática. También un Observatorio Nacional sobre Estigma y Discriminación por VIH, Hepatitis Virales e ITS en la órbita del INADI para “visibilizar, documentar, disuadir y erradicar las vulneraciones a los derechos humanos de las personas afectadas”.

 

El debate en el recinto

 

Pablo Yedlin (FdT, Tucumán): “En Argentina hay 140.000 personas que conviven con el virus del SIDA, por año se detectan 4.500 nuevos casos” aseguró, y como miembro informante describió el proyecto en discusión.

 

Mario Fiad (UCR, Jujuy): adelantó su voto favorable, pero consideró que esta ley llega tarde. “Los pacientes tienen que recurrir a la justicia para exigir el cumplimiento de las leyes” afirmó, y mencionó normas en las que la reglamentación había tardado varios años, entre ellas la Ley del chagas (15 años) y la de Prevención del suicidio (6 años).

 

Silvina García Larraburu (FdT, Río Negro): sostuvo que la actual Ley de Sida, pionera en su momento, se centraba en un paradigma médico, mientras que la nueva ley tiene un “enfoque de derechos humanos y perspectiva de género”.

 

Nora Giménez (Fdt, Salta): mencionó a “Orgullo Salta”, una agrupación que viajó desde su provincia para acompañar la sanción de la Ley. “Esta ley amplía derechos”. “La población con VIH ha sido estigmatizada e invisibilizada”.

 

Silvia Sapag (FdT, Neuquén): habló de la “desolación” de los que reciben un diagnóstico positivo y de la conmoción que provoca decidir si se comunica o se oculta, porque “están muy estigmatizados los que tienen VIH”.

 

Ma. Eugenia Catalfamo (FdT, San Luis): leyó una carta de los jóvenes LGBT de su provincia que narra una historia personal y exige la sanción de la ley.

 

Sandra Mendoza (FdT, Tucumán): “Esta ley es una reparación histórica para todas las personas que sufrieron discriminación por VIH”. “Nadie contrae esta enfermedad porque quiere, el virus lo sorprende”. “Esta ley va a hacer una sociedad más justa y solidaria”.

 

Ma. Eugenia Duré (FdT, Tierra del Fuego): “Estamos hablando de ampliación de derechos”. “Con esta ley se van a salvar vidas todos los días”. “Se va a terminar el laberinto del terror que atraviesan los que tiene este virus y va a haber más estado para todas, todos y todes”.