Ni los autoriza en su
derecho interno ni los reconoce en el derecho internacional privado
Por Carlos ÁLVAREZ
COZZI (•)
Yendo en dirección
contraria a ola que pretende imponerse en Latinoamérica, impulsada por algunos
organismos internacionales y por el lobby LGTB, en el Código de Derecho
Internacional Privado de la República de Panamá, aprobado en 2013, se prohíbe
expresamente el matrimonio homosexual. Se trata de una norma de derecho interno
pero que fue incluida en dicho Código.
En Argentina y
Uruguay, entre otros paises, ya se han legalizado dicho tipo de uniones y en
Chile la presidenta Bachelet, que fue presidenta de ONU Mujeres, de clara
orientación de ideología de género, ha anunciado la intención de su gobierno de
recorrer el mismo camino.
También se preceptúa
en la nueva normativa panameña de derecho internacional privado, que no se
reconocerán en el país uniones similares realizadas en el extranjero. Lo cual
es totalmente lógico y coherente porque considera que una unión entre personas
del mismo sexo o bien está fuera del alcance extensivo de la categoría
matrimonio o bien contraría los principios innegociables de su orden público
internacional.(••)
Dicha legislación fue
dictada en la época del presidente Ricardo Martinelli, aunque va en consonancia
con el pensamiento del nuevo presidente Juan Carlos Varela.
Tatiana Álvarez,
integrante de la Fundación panameña Vida y Familia, indicó que esta resolución
"reafirma la soberanía de nuestro país".
En efecto, en el
Código de Derecho Internacional Privado de la República de Panamá, publicado en
la Gaceta Oficial el 8 de mayo de este año, se prohíbe expresamente el
matrimonio homosexual y se señala que no se reconocerán en el país uniones similares
realizadas en el extranjero.
El Código de Derecho
Internacional Privado, aprobado en marzo de 2013, busca llenar vacíos legales
en la legislación panameña, entre ellos temas referentes a la familia, y
determina la competencia de los tribunales panameños en casos jurídicos
internacionales.
El artículo 40 de la
ley señala expresamente que "se prohíbe el matrimonio entre individuos del
mismo sexo”. Líneas después se indica que "no se aplicará la ley
extranjera cuando sea contraria al orden público panameño”.
En declaraciones a
ACI Prensa el 14 de mayo, Tatiana Álvarez, integrante de la Fundación Vida y
Familia, indicó que esta resolución "deja por sentada la protección a la
familia panameña". Además, indicó, el documento "reafirma la
soberanía de nuestro país".
Esta legislación, por
tanto, proviene de la etapa de Ricardo Martinelli al frente de la Presidencia
panameña. Pues, como se sabe en Panamá, recientemente el candidato del partido
político Pueblo Primero, Juan Carlos Varela, se impuso en las elecciones
presidenciales del 4 de mayo y sucede a Martinelli.
No obstante, la
citada reforma legal va en consonancia con la forma de pensar de Varela, pues,
según informó el periódico panameño La Prensa, el nuevo presidente panameño se
opone a la legalización del aborto, del matrimonio homosexual y de la
marihuana.
Así Panamá se
consolida como un bastión contrario al Nuevo Orden Mundial, ese consenso
político, social y mediático que pretende imponer en el mundo -y ahora de
manera especial en Hispanoamérica-, mediante una re-ingeniería social, leyes
contrarias a la ley natural.
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(•) Catedrático
universitario uruguayo de Derecho Privado.
(••)“Reconocimiento
legal de las uniones homosexuales. Incluyente el mal llamado “matrimonio
homosexual”, de Carlos Álvarez Cozzi, Revista “LA LEY URUGUAY”, AÑO III, NO.
11, NOVIEMBRE DE 2010, D 3536/2010.