Una cuestión de
justicia en Uruguay
Por Carlos
Alvarez Cozzi
Hace unos días en mi
país el Poder Legislativo aprobó la Ley Integral para personas Transexuales.
La misma busca
supuestamente compensar a las personas que integran ese colectivo, los daños
por discriminaciones que han sufrido. Para lo cual se establece el derecho de
los integrantes de ese colectivo que tengan una determinada edad, a cobrar una
pensión que servirá el Estado por los supuestos perjuicios que tuvieron los
mismos en época de dictadura hace más de 33 años.
Entre las
disposiciones más discutidas de la ley estaban las referidas a la hormonización
de personas que quieren cambiar de sexo, y el tema de si necesitaban o no la
autorización de los padres, en el caso que fueran menores.
Pero no no queremos
detener en ello sino en el tema de si esta ley persigue efectivamente la
igualdad de las personas ante la ley o como expresaron legisladores de la
oposición, lo que consagra son beneficios que atentan justamente contra el
principio consagrado en el art. 8 de la Constitución de la República de
Uruguay. Y si se trata de una norma que persigue el bien común o en cambio fue
creada para beneficar a un grupo minísculo de la población.
En primer lugar cabe
destacar que la ciencia ha demostrado que se nace varón y mujer y que no
esisten genes trans. Que se trata de una decisión personal que toman esta clase
de personas y que en muchos casos ese impulso cesa y la persona abandona la
idea de cambiar de sexo.
Pero otro tema fundamental
es el marco de la política del Estado. Y si no aprecien este hecho:
El Estado alega que
carece de recursos presupuestales para pagar medicamentos caros a pacientes que
los necesitan. A pesar de ello, muchas sentencias judiciales han condenado al Estado
a proporcionar medicamentos costosos a pacientes que los necesitan y que está
en riesgo su vida.
Lo que salta a la
vista es que no parece equitativo ni lógico que sea el mismo Estado que pagará
pensiones a personas trans el que a la vez argumente que carece de recursos
para pagar medicamentos caros a personas comunes y corrientes que padecen
enfermedades que los requieren.
Una y otra vez el
Miisterio de Salud Pública ha afirmado que no debe ser el Poder Judicial el que
fije las políticas de salud, en referencia a los fallos que condenan al Estado
a suministrar a los pacientes medicamentos de alto costo. Lo que no advierte el
gobierno es que el derecho humano a la vida y a la salud están en juego. Por
ello es que desagrada ver como para un colectivo como el de personas trans sí
hay recursos estatales para pagarles cirujía mamaria, tratamientos
hormonales y pensiones que son mayores a
algunas jubilaciones de personas que trabajaron toda su vida y merecen un
retiro digno para vivir.
El Estado no debería
de contradecirse porque porne en juego el principio de justicia, la persecución
del bien común y el principio de igualdad ante la ley.
Es claro que el peso
del colectivo LGBTI causa temor en algunos legisladores que no quieren dejar de
ser “políticamente correctos”. Pero con esa misma lógica pseudo
antidiscriminatoria mañana las personas obesas podrían solicitar al Estado que
les pague lipoaspiraciones porque está en juego su salud. O como sucedió
recientemente, que los celíacos no consigan importar alimentos libres de
impuestos porque el Estado se ha negado a desgravar los mismos porque ello
supondrìa una renuncia fiscal!. Acaso no está en juego la salud y la vida de
los celíacos, colectivo mucho más amplio que el de personas trans. Será que
estos colectivos no son relevantes para los legisladores porque no tienen
lobbys que presionen o porque no se trata de temas que hagan a lo políticamente
correcto?.
Por eso lo del
título: legislar para el bien común es una cuestión de justicia. Hasta que no
se entienda eso seguiremos con estas injusticias que claman al cielo de verdad!