El Tribunal del
Estado de la Ciudad
del Vaticano emitió esta mañana la siguiente sentencia en el proceso a Paolo
Gabriele, imputado de robo con agravantes.
“El imputado Paolo
Gabriele, es declarado culpable del delito previsto en el artículo 404, primer
apartado cum 1.c.p., por haber efectuado -con abuso de confianza derivado de
las relaciones de oficio relacionadas con su prestación de trabajo- la
sustracción de cosas que debido a esas relaciones se dejaban o exponían a la
buena fe de su persona”.
“Por lo tanto el
Tribunal lo condena a la pena de tres años de reclusión”.
“En vista del
artículo 26 de la ley del 21 de junio de 1969, y teniendo en cuenta la ausencia
de antecedentes penales, los resultados del estado de servicio en época
antecedente a los hechos en cuestión, la convicción subjetiva - si bien
errónea- indicada por el imputado como motivo de su conducta, además de su
declaración sobre el haber tomado conciencia de que ha traicionado la confianza
del Santo Padre, disminuye la pena a un año y seis meses de reclusión y lo
condena al pago de los gastos procesales”.
Firmado: Giuseppe Dalla Torre, presidente; Paolo Papanti-Pellettier;
Venerando Marano y Raffaele Ottaviano, canciller suplente.
Ciudad del Vaticano,
6 de octubre de 2012 (VIS).-