por Mónica del Río
Los proyectos
presentados -más o menos restrictivos- en tanto reglamentan e intentan
legitimar la práctica del aborto son todos inmorales e inconstitucionales. La
comisión de Salud iniciaría su estudio el próximo martes 4 de septiembre a las
13.30 hs.
Proyectos presentados:
…….
Expte. 842-D-2012 de
Helio Rebot (PRO).
Toda mujer capaz y
mayor de 18 años podrá solicitar un aborto cuando exista peligro para su vida o
su salud, que no pueda ser evitado por otros medios, o en caso de que acredite,
mediante declaración jurada, que el embarazo ha sido producto de una violación.
Para menores y/o incapaces la solicitud la realizarán sus representantes
legales. Los profesionales de la salud podrán hacer objeción de conciencia y el
Ministerio de Salud garantizará la práctica.
Expte. 878-D-2012 de
Carmen Polledo y Lía Rueda (ambas del PRO)
Toda mujer mayor de
18 años podrá solicitar un aborto cuando el embarazo implique un peligro para
su vida o su salud, que no pueda ser evitado por otros medios; o cuando
provenga de una violación, acreditada mediante declaración jurada. En el caso
de las menores, como en el de las declaradas legalmente incapaces, se requerirá
el consentimiento de sus representantes legales. El médico tratante podrá
convocar un equipo interdisciplinario pero en ese equipo no podrá participar
ningún objetor de conciencia. Si todos los médicos de un centro de salud fueran
objetores de conciencia el establecimiento lo notificará al Ministerio de Salud
de la Ciudad quien
deberá arbitrar los medios para garantizar el aborto.
Expte.
1147-D-2012 de José Luis Acevedo y
Daniel Lipovetzky (ambos del PRO)
Exige, para practicar
un aborto en caso de violación, que la declaración jurada sea confeccionada con
la asistencia de la
Dirección General de Atención y Asistencia a la Víctima de la Subsecretaría de
Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que
“prestará asistencia jurídica, psicológica y social primaria” a la mujer
violada.
Expte. 1564-D-2012 de
Victoria Morales Gorleri (PRO). Cofirmantes: los macristas Sergio Bergman, José Luis Acevedo, Rogelio Frigerio, Diana Martínez
Barrios, Marta Varela, Bruno Screnci, el denarvaísta Daniel Amoroso y los
diputados de Bases para la
Unión Juan Pablo Arenaza y Adriana Montes.
Las mujeres mayores
de 18 años cuyo embarazo se encuentre “dentro de los casos previstos en los
incisos 1 y 2 del artículo 86º del Código Penal” podrán solicitar el aborto “en
el Sub Sector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad ”, mientras “la edad
gestacional no supere las 12 semanas”. Si fueran menores de 18 años o
declaradas judicialmente incapaces el requerimiento lo deberán efectuar sus
representantes legales. En el caso de peligro para la vida o la salud de la
gestante, que no pueda ser evitado por otro medio, el diagnóstico, “expedido
por el médico interviniente y el equipo interdisciplinario de profesionales de
la salud, será informado por escrito al Jefe de Servicio quien lo deberá elevar
siguiendo la vía jerárquica correspondiente”. Se le deberán informar a la mujer
y/o a sus representantes legales, los riesgos asociados al aborto. En los casos
de violación exige denuncia penal o policial. La mujer violada y su entorno
familiar recibirán “asistencia jurídica, psicológica y social” de la
Dirección General de Atención a la Víctima de la Subsecretaría de
Derechos Humanos del Gobierno de la Ciudad. Prevé la objeción de conciencia de los
profesionales de la salud pero la práctica será garantizada por el Ministerio
de Salud de la Ciudad.
NOTIVIDA, Año XII, Nº
847, 2 de septiembre de 2012