La otra cara del conflicto
Deborah Huczek
LA NACION, 25 DE NOVIEMBRE DE 2016
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En todos los casos las mujeres son, y así debe ser,
acreedoras de protecciones especiales, que como medidas precautorias dictan los
jueces para resguardarlas. Y qué pasa con esos otros casos donde se denuncia a
los hombres no porque exista una situación violenta, sino como instrumento para
sacarlo del medio y lograr la libertad en ciertos aspectos (crianza de los
hijos, por ejemplo).
Muchas mujeres saben que tienen en sus manos un arma
potente para usar, y entonces dependerá de su idoneidad y de su buena fe el uso
que hagan de ella.
La mujer conoce que con la sola denuncia puede excluir
a su esposo o pareja del hogar conyugal, separarlo de la crianza de sus hijos,
dejarlo en la nada. Y es ahí donde los jueces deben equilibrar, analizando cada
caso, las medidas cautelares que se otorgan, especialmente su razonabilidad y
tiempo de duración, para que dichas medidas no pierdan el sentido protectorio
por el que se las ha concebido.
Resulta inadmisible que en pos de esa protección, la
denuncia equivalga a la condena y que se prive a los hombres de las garantías
procesales que conservan vigencia en nuestro país. Todo denunciado debe
mantener su presunción de inocencia y la justicia debe buscar mecanismos de
solución de los conflictos, sin basarse únicamente en un rol paternal respecto
de las denunciantes. Se trata de un trabajo diario: encontrar el equilibrio
entre protección al más desvalido y tutela judicial.
Un Estado de Derecho debe
velar por el cumplimiento de la ley y evitar, por su exagerado uso, los abusos.
Especialista en Derecho Penal, máster internacional en
Juicio Oral