DON BOSCO

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"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

MURIÓ MARCELO DIEZ Y NO HIZO FALTA VERDUGO


El caso

Marcelo Diez quedó en estado vegetativo por una infección intrahospitalaria que contrajo en el Hospital de Neuquén, al que arribó tras un accidente de tránsito hace 20 años. Hasta hace pocos días se alojó en LUNCEC, recibiendo el afecto de la gente que a diario lo higienizaba, lo paseaba en silla de ruedas y lo integraba en las actividades del resto de los pacientes.

Las hermanas -sus curadoras judiciales- pidieron en el 2011 que se le retire el soporte vital (alimentación, hidratación e higienización) y cese el suministro de medicamentos, visitas y demás cuidados que recibía.
La semana pasada contrajo neumonía, razón por la cual lo internaron en el Cmic donde habría fallecido por un paro cardio-respiratorio.

El obispo de Neuquén, Mons. Virginio Bresanelli volvió a afirmar hoy que “Marcelo gozaba de ‘conciencia mínima’ que le permitía también una mínima percepción de la realidad, que por momentos se leían en su rostro y veíamos en sus limitadas reacciones”, tal como se puede observar en el video.

El giro judicial que provocó la ley de “muerte digna”
La justicia neuquina de primera y segunda instancia no permitió que maten a Marcelo Diez, pero en abril de 2013 -y a partir de la mal llamada “ley de muerte digna”- el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén dispuso que no se requiere de autorización judicial para el retiro, cese y abstención de todas las medidas de soporte vital. La sentencia fue apelada por el Defensor Oficial y el Curador ad litem, razón por la cual llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ayer la Corte confirmó la sentencia del Tribunal Superior neuquino con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda que interpretaron mal una ley de por sí inicua, de modo tal de hacerla aún más expresamente violatoria del orden natural y del orden constitucional.

La eutanasia, sea pasiva o activa, es de suyo perversa, siempre alude al ejercicio de un derecho no disponible, cual es el de la vida. El caso de Marcelo Diez evidencia, además, que usualmente se ejecuta sobre aquellas personas que un despiadado criterio utilitarista considera inútiles, improductivas o gravosas para la sociedad.
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NOTIVIDA, Año XV, Nº 978, 8 de julio de 2015