¿Han
quedado en desuso los institutos de la patria potestad y la tutela?
¿Es legal la
tendencia del Derecho comparado, en nombre de los derechos de los niños y adolescentes
vulnerar la protección que otorgan los institutos de la patria potestad y la
tutela?
Por Carlos Alvarez Cozzi (1)
I)
EL
MUNDO DE LA INFLACION DE LOS DERECHOS E INCLUSO DE CONCEPTUACIÓN DE TALES QUE
NO LO SON.
El mundo posmoderno que nos ha tocado vivir,
en las primeras decenas de años del Siglo XXI, se caracteriza por la
exacerbación de los derechos legítimos pero a la vez de la consideración de
otros supuestos que no son tales sino meros deseos. Concomitantemente,
asistimos al olvido o menosprecio, al parecer, de las obligaciones. Lo que lleva naturalmente a un serio
desequilibrio dañino para las personas, las familias, las sociedades y los
Estados.
Todos los seres humanos tenemos derecho
a la vida? Sí, naturalmente, derivado del Derecho Natural y también de los
tratados internacionales de derechos humanos y de la Constituciones de los
países, que simplemente los reconocen como preexistentes. Pero esto vale
también, para que se pueda afirmar, por ejemplo, que todos los seres humanos
tienen derecho a ser ricos y famosos? Evidentemente que en este caso la
respuesta es no. No todo deseo, aunque sea legítimo es un derecho humano.
Tienen los seres humanos derecho a tener
un hijo, a como de lugar? Y también en este caso la respuesta es no.
Cuando se habla eufemísticamente de los “derechos
sexuales y reproductivos” que engloba el derecho al aborto, se pretende que se
trata de un derecho humano del mismo rango que el derecho a la vida, libertad,
honor, seguridad, trabajo o propiedad, por parafrasear el art. 7 de la
Constitución de la República Oriental del Uruguay. Y la respuesta en este caso
también es no. No existe un “derecho a matar” a otro ser humano inocente, bajo
ningún concepto, por más que algunas legislaciones hayan despenalizado en
ciertos casos el crimen del aborto.
En materia de Derecho de Familia se
presentan otros muchos casos en que algunas legislaciones establecen como
derecho a que un adolescente, menor de edad, por tanto no capaz totalmente para
el Derecho Civil, pueda decidir hacerse un aborto, en el caso de una chica, sin
conocimiento siquiera de sus padres. O solicitar una operación para cambiar de
sexo externo o incluso para impetrar el suicidio asistido, como hace poco lo
previó Holanda.
Ni que hablar en materia educativa,
cuando en algunos países se aprueban supuestas “Guías de Educación Sexual”, la
mayoría de las cuales son de simple anatomía y fisiología, complementadas por
enseñanzas de masturbación, contracepción, y un largo etc., inmbuídas de la
ideología de género como dogma oficial de Estado. Y ello también sin concultar
a los padres o tutores de los niños y adolescentes, que son los primeros
responsables de la educación de sus hijos o pupilos, sobre todo en el tema de
valores de la afectividad, como los referidos. Y esto vale tanto para la
enseñanza pública como para la privada!.
Uruguay es un ejemplo reciente, con los
intentos oficiales de imponer una “Guía de Diversidad Sexual”, sin consultar
con las Asociaciones de Padres ni a las autoridades de la Enseñanza. Se ignora
así la función subsidiaria del Estado en la educación, que surge claramente de
los arts. 40 y 41 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay.
II)
VIOLACIÓN
DE LOS DERECHOS DE LA PATRIA POTESTAD Y DE LA TUTELA.
De lo que se viene de narrar es obvio que
se pasa claramente por encima de los institutos de la patria potestad y de la
tutela, previstos en las legislaciones civiles y de familia de los Estados,
regulados justamente en protección de los menores.
Y esto hay que decirlo claramente porque
nadie o casi nadie reacciona antes estos fenómenos, contrarios a la naturaleza
de las relaciones de familia pero también violatorias de la legislación y de
las normas constitucionales.
Esto sucede por una combinación de
indiferencia e ignorancia en la mayoría de la población, que muchas veces
tampoco quiere ser “políticamente incorrecta”,
pero siempre teñida de ideología por parte de los que elaboran estos
programas o guías o en su caso de los legisladores que aprueban ciertas leyes.
Y así, con esa forma de proceder se
violan flagrantemente los institutos de la patria potestad de los padres en
relación a sus hijos menores de edad o de la tutela de los tutores en relación
a sus pupilos. Institutos vigentes y necesarios para que los padres y tutores
defiendan los derechos de sus representados. Y cuando haya una posible colición
de voluntades, por ejemplo para cuando el menor desee contraer matrimonio o
quiera practicarse una operación que pueda afectar su vida o salud, siempre las
legislaciones prevén que el menor podrá presentarse ante la Justicia para que
ésta resuelva el confflicto de voluntades entre representados y representates,
si el mismo tiene lugar.
Se han aprobado incluso leyes en algunos
Estados que, sin derogar estos institutos de protección de menores, han
establecido el supuesto derecho de los niños y adolescentes a abortar, cambiar
se sexo o pedir el suicidio asistido, SIN CONOCIMIENTO ni consulta de sus
representantes legales. Lo cual es un despropósito total.
Este tipo de legislación es alentada,
lamentablemente, por algunos organismos internacionales que inmbuídos por la
ideología de género por ejemplo, presionan a los gobiernos de los países con la
agenda conocida: legalización del aborto, uniones entre personas del mismo
sexo, cambio de sexo registral., etc. Que en el caso de mayores, podría gustar
o no la misma pero que es indudable que es inadmisible que menores de edad
puedan resolver cuestiones tan graves en directo desconocimiento de los
institutos de protección como la patria potestad y la tutela.
III)
CUAL
ES EL ORIGEN DE ESTE PROBLEMA? Y COMO
VOLVER A LA SENSATEZ Y LA RESPONSABILIDAD.
Estamos convencidos que todos estos conflictos narrados, que van en perjuicio de los propios menores, y que no los benefician en nada sino todo lo contrario, se derivan de decisiones de autoridades y gobiernos que están poseídos por la “cultura de la desvinculación”, por la “sociedad desvinculada”. Así le llama Josep Miró (2) a la cultura de la sociedad posmoderna. Ante la más mínima diferencia viene el conflicto, la separación, nadie respeta los reales derechos de los demás, nadie quiere escuchar que además de derechos existen deberes u obligaciones que son la contracara de los primeros!!! Y de allí surge en forma espontánea una ideología relativista y supuestamente pragmática que termina consagrándose en la mismísima legislación muchas veces. Un buen amigo un día me dijo : “se han construido tantos monumentos a la libertad, y ello es bueno, pero ya no será hora de construir alguno a los deberes humanos, a la responsabilidad!”
Y la respuesta no puede ser otra que un
SI ENORME!!! Aquí entonces radica la clave para volver la sociedad y la
legislación a su centro natural: el respeto a los verdaderos derechos pero
también de los deberes humanos, esos que se derivan de la naturaleza racional,
espiritual y gregaria de nosotros, los seres humanos!!!
(1) Experto
uruguayo en Bioderecho internacional.
(2) “La
sociedad desvinculada”, Josep Miró, 2014.