By Stefano Gennarini, J.D.
(C-Fam), 6-12-15
Un
desconcertante fallo de un tribunal de Irlanda del Norte declaró que las leyes
del país que protegen del aborto violan un tratado europeo de derechos humanos.
Incluso las agrupaciones proabortistas se
sorprendieron cuando el juez Mark Horner declaró el lunes que el Convenio
Europeo de Derechos Humanos exige a los estados partes permitir a las madres
abortar a sus hijos en gestación cuando estos tienen pocas probabilidades de
sobrevivir después del nacimiento o fueron concebidos mediante un delito
sexual.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, máxima
autoridad sobre el tratado, ha dicho tajantemente que en él no hay un derecho
al aborto. El tribunal con sede en Estrasburgo ha recibido múltiples casos
relacionados con el aborto en los últimos años, pero se ha rehusado a
reivindicar cualquier consenso europeo vinculante en relación a este tema.
El juez Horner no tuvo ningún reparo en declarar que
ha detectado un «consenso» tal.
«El consenso europeo indicaría que el derecho al
aborto a ambos lados del límite de Irlanda debe ser extendido», escribió Horner
en su dictamen.
El magistrado irlandés calculó el consenso sumando las
leyes europeas de aborto restrictivas y promediándolas. El resultado de este
cálculo es que la ley de Polonia (que permite el aborto para los casos en los
que peligra la vida de la mujer, «anomalía fetal mortal», violación e incesto)
debería ser legislación modelo para los países que desean restringir el aborto
en Europa, ya que es más restrictiva que la de Malta y San Marino, pero menos
que la de Irlanda e Irlanda del Norte.
Aunque su retórica es de largo alcance, el fallo
estuvo por debajo de las aspiraciones de los grupos proabortistas, que lo
calificaron de «paso» hacia cambios legislativos inmediatos, porque su alcance
es limitado y en cierto sentido debilita las reivindicaciones de dichas
agrupaciones.
Horner descubrió «una corriente de apoyo» para las
excepciones a la prohibición del aborto en recomendaciones no vinculantes de
órganos de la ONU que dicen que debería ser despenalizado en todos los casos.
En su dictamen, Horner incluso mencionó un proyecto provisional del Comité de
Derechos Humanos de la ONU que
actualmente está considerando si declara o no abiertamente que el aborto
es un derecho humano en algunas circunstancias.
No obstante, el juez Horner dijo que no hay un derecho
al aborto en el acuerdo europeo y el fallo solo determinó estrictamente que el
artículo 8 del tratado sobre privacidad y vida familiar exige excepciones para
leyes de aborto en casos de «anormalidad fetal mortal», violación e incesto
«hasta el día en el que el feto se vuelve capaz de existir independientemente
de la madre». En la actualidad, Irlanda del Norte permite a las madres abortar
a sus hijos por nacer solo si ella corre el riesgo de perder su vida o salud.
Es más, Horner dijo que permitir el aborto basándose
en la discapacidad «parece eugenesia» y que no puede considerarse que las
prohibiciones al aborto constituyan tortura conforme al tratado europeo.
Los tribunales del Reino Unido no pueden revocar
leyes, pero están facultados para interpretarlas con la finalidad de hacerlas compatibles
con los derechos humanos si ellas no se pronuncian o son ambiguas en algún
punto. Cuando esto no es posible, pueden emitir una declaración de
incompatibilidad que solicite a la legislatura la modificación de la ley.
El efecto inmediato de la sentencia está por
determinarse. El ministro de Salud Simon Hamilton hizo circular un proyecto de
nuevas directrices sobre ley y práctica del aborto. El Fiscal General John
Larkin dijo que está «considerando los fundamentos para la apelación».
Es probable que el caso sea apelado ante el tribunal
supremo en Irlanda del Norte, y posiblemente en la Corte Suprema del Reino
Unido. Más allá de eso, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos podría querer
decir algo.
Traducido por Luciana María Palazzo de Castellano