DON BOSCO

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"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

URUGUAY: VICTORIA DE LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA

 CONTRA LAS ILEGALES LIMITACIONES QUE INTRODUCÍA EL DECRETO REGLAMENTARIO DEL GOBIERNO A LA LEY DE ABORTO.


Por Carlos Alvarez Cozzi                         


Los medios de prensa locales e internacionales en el día de hoy están informando que el gobierno perdió un juicio ante un grupo de unos 100 ginecólogos que presentó hace dos años un recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) para impugnar 11 de los 42 artículos del decreto que reglamentó la ley de interrupción voluntaria del embarazo. Los médicos sostenían que el decreto restringía "ilegítimamente el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia del personal de salud", según establece la sentencia a la que accedió el matutino uruguayo “El Observador”. El TCA falló a favor de siete de esos 11 artículos.

El fallo definitivo, -informa el diario-, permite a todos los ginecólogos –no sólo a los que presentaron el recurso–  abstenerse de participar en cualquiera de los pasos que una mujer deba seguir para realizarse un aborto, por no estar de acuerdo con la práctica, lo que se considera objeción de conciencia.

En el decreto reglamentario de la vigente Ley de Aborto, los médicos objetores de conciencia sólo podían manifestarse contrarios a practicar un aborto al momento de coordinar el procedimiento, es decir realizar el legrado o recetar el medicamento para abortar.

Pero estaban obligados a participar de la primera consulta de la mujer con un equipo interdisciplinario y a firmar el formulario de interrupción voluntaria del embarazo. El TCA sostiene que "quien firma este formulario está participando activa y directamente en el proceso de interrupción del embarazo, a lo cual no permite objetar, sino que se obliga a intervenir".

A partir de la anulación de determinados artículos e incisos, concluye el diario, los médicos no estarán obligados a derivar a otro especialista a una paciente que quiera practicarse un aborto pero sí estarán obligados a informar sobre las alternativas disponibles ante un aborto, como la adopción, o la existencia de organizaciones que colaboran con las mujeres embarazadas, según explicaron al matutino los Dres. Gianni Gutiérrez y Agustín Amonte, abogados de los médicos.

De manera que la prédica del Dr. Briozzo, ex viceministro de Salud de Uruguay, de limitar y dificultar el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, encuentra un freno en la Justicia, que reconoce que este derecho no puede ser limitado por el decreto cuando la ley no le establece limitaciones. 

Queda claro pues, que la conciencia de los ginecólogos no se puede regimentar o limitar y que no depende, como no puede ser de otra manera, de decretos ni de la ideología del gobierno sino de la ética médica, del juramento hipocrático y de la “lex artis”. El embarazo no es una enfermedad y el médico tiene por misión salvar vidas, no eliminarlas. Y también resurge el hecho evidente que el ginecólogo tiene dos pacientes: la madre y el bebé. Una derrota del gobierno y un triunfo de la libertad y de la conciencia. A festejar, la noticia lo justifica!!!