afecta el
Derecho de Familia y los vínculos biológicos de padres con sus hijos.
Una lesbiana gana la
presunción de paternidad sobre los hijos que tuvo su ex pareja cuando
convivían.
Por Carlos Alvarez
Cozzi (*)
Lo que muchos
temíamos sucediera con la legalización de las uniones homosexuales con rango de
matrimonio ha comenzado a acaecer.
“En su marcha hacia
la supremacía de los derechos de la identidad sexual, los defensores de los
nuevos privilegios constitucionales y legales para las parejas del mismo sexo
han llegado a la fase post-matrimonio de su viaje. La conquista del matrimonio
civil fue una breve parada. El destino último aún no se sabe claramente cuál
es, pero no hay duda ahora de que para alcanzarlo es necesario debilitar a los
tribunales o a los legisladores o, incluso, abrogar la seguridad legal del
derecho fundamental del niño a tener una madre y un padre”, afirma el profesor
Adam Mac Leod, de la Facultad de Derecho de la Faulkner University
El Tribunal Supremo
de Massachusetts ha aprobado recientemente que una mujer que vive con otra
mujer en el momento de la concepción y el nacimiento [de los hijos] tiene el
derecho a ser reconocida como la segunda madre aunque no tenga una vinculación
biológica con ellos y no se haya casado nunca con la otra madre.
La demandante del
caso, Karen Partanen, presentó una demanda de equiparación pidiendo al tribunal
de primera estancia de Massachusetts que la declarara progenitora también a
ella. El tribunal de primera instancia rechazó la demanda de Partanen según un
fundamento muy claro: Partanen no estaba casada con la madre de los niños y,
además, no era su madre biológica.
Pero el Tribunal
Supremo de Massachusetts ve a la familia de modo distinto y argumentó que no
son necesarios el matrimonio y ser el progenitor biológico para ser legalmente
una familia. En cambio, estar "implicados juntos en la vida de los
niños" convierte a cualquier pareja en progenitores de esos niños.
La presunción de paternidad ha quedado totalmente
deformada.
La presunción de
paternidad se estableció en el derecho consuetudinario como un modo de
preservar la forma y estructura de la familia natural por el bien de los niños
allí donde fuese necesaria una ficción jurídica, sigue afirmando el profesor
citado. Como el Derecho de Familia ha cambiado, primero para reflejar y luego
para afirmar una variedad cada vez mayor de opciones sexuales de los adultos,
la presunción de paternidad y otras adaptaciones a la realidad de la ruptura de
la familia han incrementado la importancia de las leyes maritales y parentales
de las que proceden.
Sin embargo, fue a
partir de la redefinición del matrimonio (con el fin de eliminar la distinción
entre lo que es el matrimonio natural y lo que no lo es) cuando la presunción
de paternidad se convirtió en una amenaza para los derechos y deberes
fundamentales y pre-políticos de la familia natural, asegura Mac Leod. Mientras el matrimonio natural y la paternidad
biológica fueron considerados como el ideal, y las estructuras familiares y
situaciones parentales alternativas como menos ideales, las alternativas podían
imitar racionalmente a los matrimonios y a las familias naturales y sanas. Pero
si el matrimonio natural y la paternidad biológica ya no son nada especial,
entonces las distinciones basadas en el matrimonio y la biología parecen
artificiales, incluso arbitrarias y, por lo tanto, constitucionalmente
sospechosas.
Consideremos bajo
esta luz las argucias legales que las parejas del mismo sexo han utilizado, con
éxito, para eliminar de los certificados de nacimiento los datos vinculados a
la paternidad natural. En una sociedad que ha aceptado los nacimientos fuera
del matrimonio y la reproducción artificial utilizando donantes de gametos como
una opción válida de estilo de vida, la casilla para el nombre del padre en el
certificado [de nacimiento] a menudo está en blanco o cubierta con una ficción
plausible. Pero la lógica del matrimonio entre personas del mismo sexo implica
que la pérdida de la mitad de la identidad biológica del niño debe ser ocultada
por una ficción inverosímil. Todos debemos aceptar y pretender que un niño
puede realmente nacer de dos madres sin la implicación de un hombre. En estos
casos no se consulta al niño, agrega el profesor de la Universidad Faulkner.
Paso siguiente: patria potestad única
No es difícil ver por
dónde irán las cosas a partir de aquí. Según noticias recientes, la abogada
principal de Partanen ha reconocido abiertamente que "cree que la ley
afecta también a los padres heterosexuales". Y ha concedido que es posible
que un progenitor no biológico "pueda intentar obtener la patria potestad
única", rompiendo los últimos lazos entre un niño y sus padres biológicos.
Los dos pasos de la
doble maternidad son una marcha forzada. El fin que se quiere obtener parece
ser una mayor realización personal de los adultos. Pero si llegamos a eso, ¿que
habrá quedado del derecho de los niños?.
Toda esta deformación
atroz del Derecho de Familia está forzada por los cambios que a la legislación
se le han hecho en varios Estados, impelidos no por la realidad sino por la
ideología de género, por el relativismo legislativo que es su expresión
positiva, y que no se basa en datos científicos sino en pura ideología.
Las dos graves
secuelas de esta tesis son la violación de los derechos de los niños a saber
quines son sus padres, reconocido por la Convención de los Derechos del Niño y
por los códigos de familia de los Estados, en el caso del Uruguay lo dispuesto
por el art. 23 CNA. ( CAPÍTULO VII
I - De la filiación
Artículo 23
. (Derecho a la filiación).- Todo niño y adolescente tiene derecho a
conocer quiénes son sus padres. )
Y en segundo término,
la violación de los derechos de los padres biológicos a tener un vínculo con
sus hijos.
Estos derechos elementales
son obviados por las legislaciones que privilegian los derechos de los
homosexuales y de los llamados “modelos alternativos de familia”, a los
derechos de los niños y de los padres.
Porque para esta
concepción, los padres, en este caso “las madres” tienen derecho a tener hijos
a cualquiler costo, pasando por encima de los derechos naturales de los niños a
conocer la identidad de ambos padres y no al revés, que es como debe ser: que
los niños tengan derecho a nacer de un padre y de una madre, a conocerlos y a
tener, en lo posible, vínculos familiares y no ser unas “mónadas” manejadas a
su antojo por parejas de personas del mismo sexo que buscan ocultar por todos
los medios, como estas lesbianas, que el niño conozca quién es su padre.
Desligada ya la vida de
los niños de la institución del matrimonio se llega sin solución de continuidad
ahora a desligar la vida de la filiación y de la paternidad.
Se ha convetido en
algunas legislaciones como la comentada, en una pálida sombra de lo que es en
la realidad.
A este punto hemos llegado.
(*) Jus privatista nacional e internacional uruguayo, Catedrático
universitario de Derecho Privado y experto en Bioderecho.