INCLUYE LA ALIENACIÓN PARENTAL EN LA CLASIFICACIÓN DE ENFERMEDADES
Por Carlos Alvarez Cozzi
Aquí está la gran noticia:
Cuando hace algún tiempo escribimos
nuestro trabajo sobre el tema (https://www.pensamientocivil.com.ar/doctrina/2674-comenzamos-hablar-alienacion-parental), primero
en doctrina nacional uruguaya, aunque publicado en Argentina, las
organizaciones feministas radicales de género nos dijeron de todo. Pero de
todo!
Negaron que tal alienación parental
existiera, que el síndrome siquiera existiera, y nos denostaron en forma
académica y también de la otra, básicamente por twitter.
En particular una organización que se
autodenomina “red de psicólogas feministas” (sic).
Ahora, a pesar de la carta que las
feministas radicales enviaron a la OMS para que tal consideración del SAP como
enfermedad y maltrato infantil no tuviera lugar, lamentablemente para ellas y
afortunadamente para los niños y adolescentes, se ha producido lo esperado con
lógica que surge de la observación empírica.
“El impacto
emocional sufrido por niños que se vuelven huérfanos de padres vivos, tras la
separación de sus progenitores, está dentro de la Clasificación Internacional
de Enfermedades
Después de analizar más de 10 mil
propuestas de revisiones de equipos internacionales de investigadores de todas
las áreas de la medicina y salud mental, la OMS incluyó
la «Alienación Parental» en la nueva Clasificación Internacional de
Enfermedades (CIE).”, consigna textualmente el comunicado de la OMS.
La Alienación
Parental alude al maltrato psicológico a los propios hijos realizado por parte
de uno de sus progenitores para que odie al otro progenitor y rompa todos los
lazos con él y todo su entorno. Las consecuencias para los menores son
dramáticas en su desarrollo y su salud y el progenitor despreciado y odiado
sufre importantes problemas psicológicos.
A través de distintas metodologías de
investigación se ha asociado a psicopatología y conductas de riesgo a lo largo
de la vida como ansiedad, depresión, adicciones, impulsividad, violencia,
conductas sexuales de riesgo y suicidio, mayor probabilidad de incurrir en
conductas ilícitas y ser confinados en centros penitenciarios, así como un
estado de salud deficiente.
Según publica el Dr. Alejandro Mendoza Amaro del Hospital
Psiquiátrico José Torres Orozco de México, la Alienación Parental tiene las
mismas repercusiones que otras formas de maltrato infantil.
Así indica la campaña en la página
change.org -que recoge firmas para que causas solidarias sean presentadas ante
autoridades- que pedía el reconocimiento de la Alienación Parental por parte de
la OMS. Lograron 9.392 de las 10.000 firmas requeridas.
«Ahora, más
que nunca, es fundamental promover el conocimiento de esta enfermedad en todos
los estamentos de nuestra sociedad, abogados, jueces, políticos, psicólogos,
psiquiatras, periodistas, padres y madres, incluso niños, para poder establecer
las medidas protectoras y preventivas necesarias para terminar en nuestro país
(España) con más de 50,000 menores huérfanos de padres vivos que sufren hoy y
tendrán importantes secuelas en su edad adulta», agrega.
Este fenómeno también tiene impacto en el
continente americano. Por ello, al grito de «¡No
más hijos rehenes!», el domingo 24 de junio se reunieron integrantes de AAFANI
(Agrupación Argentina de Familias por los Niños) frente al Congreso de la
Nación Argentina para pedir justicia por las familias desvinculadas. La
agrupación sostiene que en Argentina hay 1 millón de personas afectadas por las
medidas que no garantizan la reunificación familiar en caso de separación
parental.
Por ello, las organizaciones afines
celebran que por fin la principal entidad de salud a nivel mundial haya
reconocido el impacto psicológico que sufren los niños que son separados
de sus padres .
En Uruguay “STOP ABUSO”, “Todos por
nuestros hijos”, “Borrando a papá y otras” y el blog “Amamos a nuestros hijos”,
con nuestro apoyo académico en solitario dentro de la doctrina nacional, nos
sentimos contentos porque se ha logrado cambiar la perspectiva de género de la
feministas radicales en este tema, que poco o nada les importan los niños, por
la “perspectiva del interés superior de los niños y adolescentes”, en un todo
conforme con la Convención de los Derechos del Niño, art. 9.
Así que el Uruguay,
luego de esta decisión de la OMS, deberá legislar para regular la alienación
parental y establecer las consecuencias en el Derecho de Familia (por ejemplo
pérdida de la tenencia o cambio de la misma) como en el Derecho Penal, la
previsión de la conducta como delito penal, siendo el bien jurídico tutelado el
interés superior de los niños y adolescentes.