"El espíritu
de la reforma es totalitario"
Por Germán
Masserdotti
A propósito del
dictamen de las comisiones de Educación y Familia de la Cámara de Diputados de
la Nación firmado el 4 de septiembre sobre el proyecto para reformar la ley de
"Educación sexual integral", La Prensa entrevistó a Sergio Raúl
Castaño, Doctor en Derecho Político (UBA), Doctor en Filosofía (Abat Oliba,
Barcelona) y Director del Centro de Estudios Políticos (Unsta) para comprender
mejor cuál es el intento de esta modificación.
- Como recuerda en
varios de sus trabajos, las leyes se justifican porque buscan el bien común
político. ¿En qué sentido podría una ley de "educación sexual
integral" contribuir al bien común de la República Argentina?
- El Estado no es
el primer educador. Comencemos por lo primero, aunque no resulte ser lo más
alto en rango normativo. O sea, comencemos por el derecho positivo (soy
consciente de que esta boutade es provocativa, pero en los tiempos que corren
nos conviene ir acostumbrándonos a pensar así y a cribar críticamente los
mandatos del derecho positivo vigente, que pueden llegar a contener disvalores
ético-jurídicos palmarios, ésos que no generan obligatoriedad -en sentido
estricto- alguna). La cúspide del ordenamiento jurídico en vigor en Argentina
reconoce y ampara el derecho de los padres a la educación de sus hijos. Pero
ante todo es por derecho natural que los investidos con el derecho a la
educación de los hijos; aquéllos en los que primariamente recae la obligación
de velar por la perfección de su carácter y de su inteligencia, sean los
padres.
- ¿Hasta dónde se
extiende la terea de los padres?
- Más específicamente:
ellos son titulares por derecho natural del derecho a elegir libremente
maestros y escuelas; a asociarse con otros para crear escuelas; a supervisar la
enseñanza de la escuela; a elegir educación diferenciada por sexo; a instruir a
sus hijos por sí mismos, si lo considerasen necesario; a reservarse la
educación sexual y la formación política; y a educar en la fe. Se trata de
derechos correlativos a deberes previos que los fundan -deberes originarios,
primarios e inalienables-, a su vez basados en la esencia y fin de la familia
como institución natural. Y conste que estos principios no son ajenos a los
instrumentos positivos que acabamos de enumerar. Ahora bien, es claro que queda
comprometida de raíz la juridicidad de una norma que transgrede la
constitución. Más aun: que desconoce la esencia de la comunidad política como
sociedad de sociedades y, al avasallar la función primordial de la familia,
niega derechos subjetivos naturales de peraltado rango.
- Las Comisiones
de Educación y Familia firmaron el 4 de septiembre un dictamen que, si
recibiera sanción en el Congreso, convertiría a la llamada ley de Educación
Sexual Integral en una normativa de orden público. ¿Cómo se explicaría la
incorporación de este concepto?
- Supongo que por
la voluntad del legislador de hacer más capilar el cumplimiento de la ley: que
nadie quede exento de someterse a ella.
- Llama la
atención que el dictamen señale que los estudiantes tienen derecho a recibir
educación sexual integral basada en conocimientos no sólo científicos sino
también laicos. ¿En qué quedaría la vigencia del ideario institucional de los
establecimientos educativos?
- Sí, está negado
algo más substancial que el llamado "ideario educativo", porque éste
no es sino la concreción institucional-educativa que permite se ejerza
efectivamente el derecho de los padres. Sin escuelas que respondan a las
convicciones de los progenitores -en el caso de las escuelas cristianas, que
reconozcan al verdadero Dios, sus enseñanzas y sus exigencias morales- no hay posibilidad
de que se ejerza efectivamente ese derecho.
- El dictamen
indica que el Ministerio de Educación de la Nación deberá implementar "un
sistema de monitoreo" para evaluar "el grado de aplicación y los
resultados" del programa de Educación Sexual Integral. Si fuera posible
una comparación literaria, ¿podría compararse con la novela "1984" de
George Orwell?
- El espíritu de
la reforma es totalitario, así que no extraña la idea de ese
"monitoreo". Y sí: el problema es que un escenario de ciencia ficción
(con sus presupuestos necesarios de abdicación de la racionalidad y
consiguiente inversión axiológica) hoy está cuajando en la realidad cotidiana.
De un modo vertiginoso, difícil de creer.
- Daría la
impresión que el Estado avanza y los padres retroceden. Si se aprobara el
proyecto de ley, ¿en qué quedaría la patria potestad?
- Hay un problema
más grave aun. Le doy una respuesta tomista; espero que nadie se ofenda. Cuando
los órganos de poder del Estado pretenden arrogarse el derecho a la educación
integral de los niños, se tiene un defecto ex auctore en la validez de la norma
que sustenta tal política pública. Pero hoy se está incoando legislativamente
una injusticia mayor: ahora el poder del Estado no sólo se extralimita
invadiendo la órbita de potestad de los padres, sino que parece pretender
hacerlo para imponer antivalores contradictorios con el bien humano objetivo
(invalidez jurídica ex fine, equivalente en este caso a ilegitimidad de
ejercicio). Es decir que el poder del Estado, además de exceder sus
competencias, ya no promovería el bien y evitaría el mal sino que buscaría
hacer lo contrario (malum est faciendum et bonum vitandum): fomentaría el mal,
obstaculizaría el bien, difundiría el error y prohibiría enseñar la verdad.
La Prensa, 29-9-18