Autorizan a una persona a no
figurar ni como hombre ni como mujer en su DNI
Clarín,17 de diciembre de
2019
La justicia de Tierra del
Fuego hizo lugar a un recurso de amparo y ordenó al Registro Civil provincial
inscribir a una persona con sexo “no binario”, es decir ni masculino ni
femenino, en lo que constituye el primer fallo judicial de esta clase en territorio
fueguino y uno de los primeros a nivel nacional, informaron hoy fuentes
oficiales.
Si bien la legislación de
identidad de género en la Argentina permite a los mayores de edad cambiarse el
nombre en función de la identidad “autopercibida”, la clasificación por “sexo”
(vinculada a características biológicas) sigue siendo entre dos únicas opciones
(varón/mujer) y no contempla la posibilidad de quedar fuera de ellas.
Con este argumento, el
Registro Civil de la provincia rechazó el último 19 junio el petitorio de una
persona de 25 años y progenitor/a de un niño de 6 años, quien requirió, por un
lado, cambiarse el nombre por el de Shanick Lucián Sosa Battisti (lo que está
aceptado por la norma) pero también que en el casillero de “sexo” figurara como
“no binario”.
Ante ello, y con el
patrocinio de abogados locales de la Organización No Gubernamental (ONG) “Red
Diversa Positiva”, Shanick se presentó ante el Juzgado de Familia y Minoridad 1
de Ushuaia, a cargo del juez Alejandro Ferreto, a través de un recurso de
amparo.
Después de analizar el caso
y de atender en el expediente tanto la postura de la parte demandante como del
Registro Civil, el magistrado hizo lugar al planteo.
El fallo ordenó al organismo
que “en un plazo de cinco días” expida “una nueva partida de nacimiento y un
nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI)” donde figure el cambio de nombre
y, “en el casillero correspondiente al sexo, se haga constar 'no
binario/igualitario'”.
Además, dispuso que el
Registro Civil rectifique la partida de nacimiento del hijo de Sosa Battisti, y
haga constar el nuevo nombre y “sexo” de su progenitor/a.
En la presentación judicial,
Shanick explicó que “no puede percibirse ni pensarse dentro de lo que las
estructuras sociales han denominado como hombre o mujer”.
“No me identifico en ninguno
de los dos casilleros bajo los cuales tengo la posibilidad de reconocerme en mi
documento. Esas posibilidades reducidas exceden mi autopercepción, y eso tiene
consecuencias sobre mi identidad legalmente reconocida”, puede leerse en la
demanda a la que accedió Télam.