Dos parejas homosexuales se disputan la tenencia de un niño concebido in
Vitro.
Por Carlos Alvarez Cozzi
En Estados Unidos de América
(http://www.religionenlibertad.com/concibieron-un-bebe-para-criarlo-entre-4-gays-y-ahora-se-44677.htm)
están en plena disputa judicial en una Corte de Nueva York, dos parejas,
masculina y femenina de gays que habían concebido in vitro a un niño con
donación de esperma de uno de los hombres, con el acuerdo de tener en forma
rotativa su tenencia cada tres meses, informan hoy las agencias de noticias.
Las dos parejas pretenden ahora la tenencia exclusiva del niño.
A nueve meses de nacido el pobre niño ahora
es “tironeado” por las parejas de gays. Es inútil, mientras que no se entienda
que los adultos no tienen “derecho” a tener un hijo a cualquier precio y que sí
en cambio los niños tienen derecho a tener un padre y una madre, lo del caso
que comentamos, seguirá sucediendo. Y ello porque los avances de la ciencia y
de la tecnología, cuando se hacen no a favor de la vida y la familia sino en
contra de ambas, generan aberraciones como la del título.
La Convención de los Derechos del Niño es
clara en cuanto a que todo niño tiene derecho a tener contacto con su madre y
con su padre así con sus respectivas familias, salvo casos excepcionales,
dispuestos por un juez y para tutelar el interés superior del menor (art.9º.).
Asimismo, en todos los Derechos internos, los Códigos de la Niñez, establecen
similar norma, como es el caso de Uruguay, en el art. 12 del Código de la Niñez
y la Adolescencia.
En la situación en examen, es evidente que el
niño se ha convertido en una “cosa producida” para satisfacción de sus “padres”
y a nadie parece importarles el bienestar del mismo. Cuando los niños no son
producto del amor, engendrados de manera natural entre una mujer y un hombre,
existe el serio riesgo de que sucedan estos lamentables episodios. El Derecho
de Familia es de orden público, por lo que este tipo de acuerdos, que se hacen
en ejercicio de la autonomía de la voluntad, son propios del Derecho
Contractual y nada tienen que ver con el Derecho de Familia. Por ello
coincidimos con el autor Fabrice Hadjajj que afirma que "una producción artificial ya no se
trata de medicina, sino de ingeniería. Lo que
sucede entonces es que el niño se convierte en un derecho que es
reivindicado..." Y agrega: »De este modo me parece
que falta totalmente lo que es, de manera
absoluta, propio de nuestra época; es decir, la revolución antropológica que se está llevando a cabo con la
transición de la familia a la empresa y del nacimiento a la fabricación – o si
se prefiere, de la concepción oscura en el vientre
de una madre a la concepción transparente en el espíritu del ingeniero…
Siempre en estos temas de relación entre
ciencia y ética recordamos el concepto de San Juan Pablo II que decía que
cuando la tecnología avanza sin observar parámetros éticos, es decir, cuando
van en forma desacompasada, suceden este tipo de situaciones.
Por ello, estamos convencidos que la ley
debería de prohibir este tipo de acuerdos que afectan sin lugar a dudas, el
interés superior de los menores. Se dirá, también hay conflictos en las
familias naturales, pero no pueden compararse esas situaciones con la insólita
del caso que comentamos, que por desgracia, según consignan las fuentes, serán
cada vez más comunes. El relativismo lamentablemente en lugar de poner
raciocinio y sensatez abona este tipo de engendros.