DON BOSCO

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"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

NACIONES UNIDAS PRETENDE




INTRODUCIR LA IDEOLOGIA DE GENERO EN TRATADO INTERNACIONAL POR PRESION DE LOS GRUPOS LGBTIQ.

Hacia la reingeniería social antinatural.


Por Carlos Alvarez Cozzi

Era algo que se esperaba de un momento a otro. Luego de la Conferencia de Beijing de 1995 que preanuncia los principios de Yogyakarta, por la que la organización comenzó a ser inficionada por algunos Estados pro ideología de género, se sucedieron otras instancias como la del CEDAW y declaraciones que no son tratados pero se invocan malintencionadamente como si tuvieran fuerza de tales por parte de los partidarios de la nefasta ideología.

Ahora el observador permanente ante las Naciones Unidas, C-Fam, dirigida por Austin Ruse, denuncia que se está proyectando un tratado a nivel de la organización que puede poner definitivamente a la ideología de género en el Derecho Internacional.


Sobre esto escribimos hace años


Y allí concluíamos: “En base a los hechos narrados, cabe concluir que la tendencia comenzada hace 20 años, que “iba por todo”, es decir, por conseguir una “reingeniería social antinatural”, se ha topado en este 2014 con varios frenos de los organismos internacionales más importantes como son la ONU, la OEA y la Unión Europea, por medio de la sentencia comentada de su Corte de Derechos Humanos. Y atribuimos esto al cansancio de parte de la mayoría de los Estados ante la agresiva presión del lobby LGTBI que ha despertado la conciencia de los funcionarios internacionales y advirtieron que no es el camino pretendido lo que garantiza la justicia en las relaciones interpersonales. Sobre todo cuando se quiera ir contra lo natural, que en definitiva, es la única realidad creada.”

En el tratado la ONU podría descartar la definición de los sexos como masculino y femenino que aparecen en los instrumentos internacionales y sustituirlos por los de género como algo social y culturalmente construido, lo que podría abrir la puerta a más de cien géneros en la norma vinculante.
Tan es así que la Comisión de Derecho Internacional de la ONU ha pedido a la Asamblea General que descarte la definición de los sexos masculino y femenino en el Derecho Internacional y adopte el concepto de género.

Pretenden fundar esto en el Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional que será revisado en ese mismo sentido para cambiar el concepto de sexo por el de género. El pretexto es que otros instrumentos internacionales sancionan la discriminación de las personas por su orientación sexual e identidad de género.
Pero es una jugada a dos bandas porque la modificación del Estatuto de Roma en el sentido apuntado determinaría la pretensión que los Derechos Nacionales también siguieran la misma línea. Se busca así introducir el concepto de género en el Derecho Internacional general.

Si esto se plantea en la Asamblea General va a producir controversias porque sólo una minoría de Estados parte estaría dispuesta a aceptar tal cambio. La mayoría de los Estados parte, al contrario, no consideran el género como una construcción social vinculante.
Basta apreciar que hasta este año solo siete países permiten el cambio de género basado solamente en la autopercepción de las personas, según lo reconoce “Amnesty Internacional”, que es totalmente pro LGBTIQ.
En otros cuarenta países donde las personas pueden asumir legalmente una identidad diferente de su sexo biológico, sus ordenamientos regulan quien puede hacerlo y en qué circunstancias.

En la mayoría enorme de países solo se permite luego de probada la disforia después de una constatación siquiátrica. Además muchos países exigen que quien cambio de sexo se divorcie de su cónyuge si está casado/a y no se lo permite a las personas que tengan hijos.
Ente el 28 de octubre y el 6 de noviembre se reunirá la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas con este fin.

Esperemos que la mayoría de los Estados parte no acepte esta imposición antinatural, producto del lobby de las organizaciones LGBTIQ, que busca consolidar la nefasta reingeniería social antinatural en el Derecho Internacional.