para
defender al doctor Rodríguez Lastra, perseguido por las pandillas promuerte
By: Juan Carlos
Monedero (h), mayo 6, 2019
Los hechos y el
objetivo del caso: escarmentar la defensa de la vida
La vida del
médico ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra cambió inesperadamente cuando –en el
mes de abril de 2017, en la ciudad de Cipolletti, Río Negro– recibió a una
joven embarazada de 5 meses que se había intentado practicar un aborto usando
un fármaco que le había dado clandestinamente una persona perteneciente a una
agrupación verde. Llegó al hospital con riesgo de morir, como relató el Dr.
Rodríguez Lastra en una entrevista reciente que le hizo Eduardo Feinmann[1]. La
joven peticiona el aborto, y la junta directiva del hospital decide que lo mejor
para ella y para su bebé es continuar el embarazo. Hoy, tanto la mujer como el
niño están sanos pero el Dr. Rodríguez Lastra será llevado a juicio oral a
partir del 13 de mayo.
Ni la chica ni
su familia sino la legisladora Marta Milesi impulsa la demanda contra Rodríguez
Lastra, acusado de “incumplimiento de los deberes del funcionario público”,
como si matar a un inocente pudiese ser un deber. “Lo volvería a hacer… sobre
mí no pesa la muerte de ningún chico” fueron las palabras de este hombre en la entrevista.
Se trata de un
caso que se pone en la palestra pública procurando seguramente escarmentar a
todo aquel médico que quiera cumplir su juramento hipocrático. Están en juego
muchas cosas, y tanto los medios como los activistas políticos necesitan de un
castigo ejemplarizador. Necesitan condicionar a la gente, al mejor estilo
Pavlov, para que a nadie se le ocurra salvar vidas. Meter miedo a uno para que
todos los demás se vean aterrorizados: por eso cabe decir que vivimos tiempos
de terrorismo.
Declaraciones de
la Academia Nacional de Medicina
La Academia
Nacional de Medicina ha repetido en numerosas ocasiones su posición contraria
al crimen del aborto. Lo dijo ya en 1994, lo ratificó en el 2010 y el año
pasado, ni bien comenzó el absurdo y criminal debate sobre si podemos matar a
un inocente –y cómo lo haríamos–, sostuvo categóricamente que “destruir a un
embrión humano significa impedir el nacimiento de un ser humano”[2]. Entre
otras declaraciones, también cabe mencionar aquella sobre las prácticas que
“deshumanizan” en Medicina, donde entre otras incluyó el aborto provocado[3].
La acusación
contra Rodríguez Lastra
Pero el cuadro
es aún más espinoso. Según informaron los medios, “Con su accionar, el médico
habría incumplido con lo normado por la Ley Provincial 4796 y el decreto
provincial 182/2016, entre otras normativas que regulan el derecho de las
víctimas de abusos sexuales que resultaran embarazadas producto de la violación
a acceder a la interrupción legal de su embarazo…” fueron las palabras de los
fiscales Santiago Márquez Gauna, Rita Lucía y Anabella Camporessi ante el juez
Julio Sueldo, según informó un medio de la propia ciudad de Cipolletti[4]. En
efecto, la ley 4796 de la provincia de Río Negro sostiene en su art. 3.
Pero ¿y si la
resolución no existiera? A veces, los mitos cobran la fuerza de las verdades de
puño. Son muchos los que creen –tanto celestes como verdes– en la existencia de
una resolución, emanada por el Ministerio de Salud de la Nación en el 2010, que
daría vía libre a la práctica del aborto no punible en los hospitales. Se cree
que Juan Luis Manzur activó en julio de ese año la Guía Técnica para la
Atención Integral de los Abortos no punibles, cuando ejercía el cargo de
Ministro de Salud, designado por el kirchnerismo. Es cierto que se realizaron
todos los pasos administrativos previos a la creación de la resolución pero
también lo es que la guía técnica para matar (colgada en internet) no tiene
resolución ministerial. Esto significa que la resolución 1184/2010 del
Ministerio de Salud no existe. No está y nunca estuvo en el boletín oficial.
Esto ya había
sido dicho por el propio Manzur el 21 de julio del 2010, 24 horas después de
que el protocolo para matar inocentes fuese colgado en la página de la cartera
del Ministerio de Salud. La portada del sitio, informó Página/12, rezaba: “Los
procedimientos previstos por esta Guía son de aplicación establecida por
Resolución Ministerial N° 1184 del 12 de julio de 2010”. Pero desde el
Ministerio se sostuvo públicamente que tal resolución no había sido firmada,
que sólo se había “actualizado” una guía ya existente. Por lo tanto, la guía
sigue vigente y la resolución no ha sido ni fue nunca firmada.
El 31 de julio
de ese mismo año, Página/12 visibilizó otro reclamo de las verdes, que exigían
la firma de la resolución por parte del ministro a fin de obtener el respaldo
definitivo:
Sin embargo,
Manzur fue denunciado penalmente bajo la acusación de “apología del delito,
incumplimiento de los deberes de funcionario público e instigación a cometer
delitos”[5], dado que el protocolo instiga a que los profesionales de la salud
cometan delitos.
Hasta tal punto
subsiste el equívoco (algunos creen que deliberado[6]) en gran parte de la
opinión pública –tanto celeste como verde– que la misma ley 4796 de la
provincia de Río Negro adhiere a esta guía alegando en su art. 3 la vigencia de
una resolución que nunca se firmó, como vimos al comienzo. Ahora bien, la
ciudad de Cipolletti está en Río Negro. ¿Se puede creer que es la misma
provincia donde el médico Leandro Rodríguez Lastra está siendo procesado por no
haber ejecutado a un bebé mediante un aborto?
Rodríguez Lastra
será llevado a juicio oral en una semana… por no haber realizado una práctica
que el sentido común reprueba como asesinato, que la Academia Nacional de
Medicina condena como anti médica, que la ley Argentina castiga como delito, en
el marco de una situación que no provocó él sino la propia mujer, cuando
intentó abortar… ¡Acusado de violentar una ley provincial cuyo art. 3 invoca
una resolución que jamás fue firmada!