DON BOSCO

DON BOSCO
"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

RINDE EL CENTRO DE CARIDAD SU INFORME ANUAL



Yucatan.com, 9 enero, 2020

“Todas las obras que hacemos las tratamos de hacer con amor de Dios”, expresó Eduardo Seijo Gutiérrez, quien es el presidente del Centro de Caridad San Francisco de Asís.

“Somos un instrumento. Buscamos acercar al que tiene con el que no tiene”, subrayó de la labor que realizan a través de cinco obras, con las que en 2019 sumaron 182,832 beneficiados.

Eduardo Seijo presentó ayer el informe del año 2019 en el Centro de Caridad, tal como se acostumbra, en los primeros días del mes en conmemoración del aniversario del inicio de las obras el 6 de enero de 1986.

Las obras son: Cáritas de Yucatán, Escuela de Doctrina Social de la Iglesia Juan Pablo II, Laicos Unidos para el Bien Común, Compartir Caridad y Laicos al Servicio de la Comunidad.

El programa incluyó una misa oficiada por los presbíteros Avelino Carvajal Gutiérrez y Alejandro Álvarez Gallegos.

Eduardo Seijo detalló que a través de las ocho filiales de Cáritas en puntos estratégicos del Estado se pudo atender a las personas en acciones caritativas.

Antes de la presentación del informe, el presidente del Centro de Caridad San Francisco de Asís dio a conocer el balance anual en el que resaltó que Laicos Unidos para el Bien Común crearon el Organismo promotor de Instituciones para la democracia, A.C., que tiene como objetivo contribuir al desarrollo político democrático de México comenzando en Yucatán.

La misión del Centro de Caridad es variado debido a las diferentes obras. Por ejemplo, la Escuela de la Doctrina Social de la Iglesia es para la promoción humana integral en la que se busca la transformación del corazón del hombre, sensible a las necesidades del desposeído.

“Los verdaderamente pobres son los que tienen un corazón egoísta para compartir, los que son adoradores del dinero, avaros, codiciosos, que concentran riqueza y no la comparten porque se han alejado del camino que llega a la gloria de Dios. Venimos sin nada y nos vamos sin nada y dejamos todo. ¿Qué sentido tiene acumular y no compartir?”, planteó.

“Hay muy buenos samaritanos pero hacen falta muchos más”, subrayó.

De acuerdo con el informe, Cáritas de Yucatán benefició a 177,277 personas con acciones, como el apoyo solidario a la educación, consultas médicas, cirugía y estudios clínicos, medicinas, aparatos ortopédicos y equipo clínico, despensas, leche, frutas, verduras, apoyos a la vivienda con construcción de techos, pisos y más.

La Escuela de Doctrina Social de la Iglesia Juan Pablo II organizó 309 eventos, entre ellos, el Curso de Doctrina Social de la Iglesia, el Diplomado en Formación Política y el Curso Historia de la Iglesia. En éstos participaron 5,008 personas.

En Laicos al Servicio de la Caridad tuvieron 26 eventos, como la conferencia en la Jornada Mundial de los Pobres. Por medio de esta obra atendieron 402 personas.

Eduardo Seijo indicó que en 2020 los principales desafíos serán: continuar con los cursos para la creación de las Cáritas Filiales en el ámbito parroquial y con la construcción de las filiales en el interior del Estado.— Claudia Sierra Medina

Capilla

Para este año, el Centro de Caridad San Francisco de Asís planea la construcción de la capilla San Francisco de Asís, para la cual ya tienen la Cruz de San Damián, un obsequio de un religioso salesiano.

Desafíos

Entre los desafíos para este año figuran fortalecer el número de voluntarios para el servicio de la caridad.

Oración

El informe incluye una oración que escribió Eduardo Seijo. hace tiempo y que reza: “Nosotros somos obreros de la viña, barro en manos del Alfarero, obra en proceso en la tarea de extender el Reino, sirviendo a nuestro prójimo, con la ayuda misericordiosa de Dios, por la cual damos gracias”.

BALANCE BIOÉTICO DE LA DÉCADA 2010-2019




Aica, 10 Ene 2020

Al culminar la década, el Centro de Bioética, Persona y Familia publicó un balance en materia de bioética, con una valoración de los distintos acontecimientos y desarrollos biotecnológicos que tienen como centro a la persona humana, su dignidad y derechos fundamentales, en la perspectiva del bien común, ocurridos en los últimos diez años.

Entre lo sucedido de 2010 a 2019, se encuentran la edición genética humana, el cuerpo humano como materia disponible, el retroceso del derecho a la vida, la ideología de género y la reconfiguración de la familia, y la dimensión social de la bioética. Cada punto del documento fue elaborado y desarrollado por Jorge Nicolás Lafferriere, y se detallan a continuación.

La edición genética humana

Uno de los mayores descubrimientos de la década es la técnica Crispr-Cas9, conocida como edición genética humana. Se trata de un mecanismo avanzado de ingeniería genética que permite cortar de forma precisa y al parecer segura segmentos específicos de ADN y reemplazarlos por otros especialmente elegidos. Descubierto en 2012 por Jennifer Doudna y Emmanuelle Charpentier, la edición genética puede utilizarse para células adultas y para células de la línea germinal. Mientras que en el primer caso se presenta como una técnica de poderosas y beneficiosas consecuencias si se aplica correctamente con fines terapéuticos, la edición genética de gametos y embriones genera mayores reparos bioéticos. La potencialidad eugenésica que encierra esa manipulación de la vida naciente, así como las desconocidas consecuencias que tiene modificar el genoma humano alterando la integridad de la especie, llevaron a la mayoría de los científicos implicados en este hallazgo a pedir una moratoria en su aplicación. Sin embargo, en 2018 un científico chino anunció el nacimiento de los primeros bebés genéticamente modificados. La condena a ese experimento fue casi unánime en la comunidad científica.

En la Argentina, con el nuevo Código Civil y Comercial que entró en vigencia en 2015, la edición genética de embriones se encuentra prohibida (art. 57 CCC).

Para profundizar el tema ver:
https://centrodebioetica.org/tag/edicion-genetica-humana/

El cuerpo humano como materia disponible

De la mano de la alianza cada vez más poderosa entre las biotecnologías y los sistemas de almacenamiento y procesamiento de datos, se expande la idea de que el cuerpo humano (como todo el fenómeno de la vida) es simple materia disponible, que puede ser modificada por los más diversos motivos. En esta década, estos debates fueron acompañados por el surgimiento de corrientes de pensamiento llamadas “transhumanistas” o “poshumanistas”, que se proponen la superación de los límites del cuerpo humano en la búsqueda de la maximización de las utilidades o del placer o bien de una visión absoluta de la autonomía.

Si bien muchos de estos planteos todavía permanecen en el terreno de la ciencia ficción, existen crecientes y cada vez más sofisticadas técnicas que permiten incidir en el cuerpo humano, tanto antes de su formación, como una vez que está formado. Estas visiones son, además, funcionales a nuevas formas de eugenesia, mucho más sutiles, que se han ido consolidando en estos años y que se traducen en la creciente búsqueda de elegir las características de la descendencia y el aborto sistemático de personas con discapacidad luego de diagnósticos prenatales cada vez más precisos y tempranos.

Para profundizar el tema ver:
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2824
http://uvadoc.uva.es/handle/10324/28089

El retroceso del derecho a la vida

Durante la segunda mitad del siglo XX, la reacción ante los horrores que significaron las guerras mundiales y la eliminación sistemática de personas humanas llevó a una fuerte toma de conciencia sobre la decisiva importancia del derecho a la vida. En estos primeros veinte años del siglo XXI puede observarse un progresivo retroceso del derecho a la vida, que es considerado como relativo y reglamentable. Así, el imperativo biotecnológico se impone para que el respeto a la vida ceda ante la expansión de una autonomía individual exacerbada.

Este retroceso se ha verificado en muchos debates sobre el aborto en todo el mundo en la última década, pero particularmente en América Latina. Podemos mencionar la sentencia “Artavia Murillo y otros c/Costa Rica” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que sostuvo que el embrión humano no era persona y que, durante el embarazo, tenía derecho a la vida sólo en forma gradual y relativa. En la Argentina, las sentencias “FAL” (2012) y “MAD” (2015) de la Corte Suprema se ubicaron en esta línea de admitir excepciones al principio de que no es lícito quitar la vida.

Para profundizar el tema ver:
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/9058

La ideología de género y la reconfiguración de la familia

La década que termina ha significado una consolidación de la ideología de género, que es una visión radicalizada y reduccionista de la persona humana, que considera que toda diferenciación sexual tiene exclusivamente origen en lo cultural. Así, al tiempo que se silencia al cuerpo y su lenguaje específico, se considera que todo es construcción. La ideología de género ha reconfigurado la noción de matrimonio, la de identidad personal, la filiación, la educación y otros diversos campos. Ciertamente, la mayor sensibilidad hacia la dignidad de la persona en todos los casos y su no discriminación es un valor importante, pero ello no se puede lograr si se impone una visión ideologizada de la persona que desconoce dimensiones fundamentales de la humanidad.

En la Argentina, desde la ley que legalizó como matrimonios las uniones de personas del mismo sexo (26618 de 2010), la ley de identidad de género (26743 de 2012), la legislación sobre fecundación artificial (ley 26862 de 2013) y el Código Civil y Comercial (2014), se produjo una transformación profunda del ordenamiento jurídico, que ha afectado centralmente al matrimonio y a la familia y ha tenido consecuencias que aún no podemos vislumbrar en relación a los niños. La imposición de la ideología de género se profundizó por las presiones de organismos internacionales, como quedó en evidencia con el préstamo que recibió la Argentina en 2018 para estos fines.

Para profundizar el tema ver:
https://centrodebioetica.org/category/nt/mujer-y-genero/

La dimensión social de la bioética

Junto con los debates en torno a la manipulación de la vida humana y la configuración de nuevas formas de eugenesia, se incorporó al debate bioético la problemática social. En efecto, la preponderancia que se ha dado al principio de autonomía ha ido configurando una mentalidad individualista, centrada en la potenciación de los propios intereses. Ese individualismo necesariamente conduce a nuevas formas de injusticia social. En efecto, si solo los más poderosos tienen las herramientas biotecnológicas para garantizarse una corporalidad potenciada, entonces surgirán nuevas diferencias sociales.

El debate también se ha planteado en torno a la justicia distributiva y el derecho a la salud, cuando se financian con fondos públicos prestaciones tales como la fecundación in vitro, mientras existen muchas personas que carecen de la atención de salud básica. Esas inequidades han despertado un debate en torno a la forma de priorizar las asignaciones en salud y el contenido de las canastas de prestaciones básicas universales.

En la Argentina, la década que termina estuvo signada por una expansión de la mentalidad individualista y subjetivista de la salud y un empobrecimiento de las condiciones generales de vida, con grave daño a la salud de muchas personas. El desafío de incorporar la dimensión colectiva de la salud se transforma así también en un desafío de la bioética.

Igualmente, esta dimensión social se advierte en temas como el aborto, donde la solución individualista de la autonomía es imponer el aborto como única solución, mientras que una respuesta más integral y completa supone reconocer que hay nuevas formas de vulnerabilidad que atraviesan a la maternidad y que hay que acompañar con políticas integrales, tanto desde la sociedad como desde el Estado.

Para profundizar el tema ver:
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5290447.pdf
www.maternidadvulnerable.com.ar.+

EL NIÑO POR NACER ESTÁ PROTEGIDO POR LA CONSTITUCIÓN



   
Por Pedro Javier María Anderegeen

Valores Religiosos, 10-1-20

El anuncio del presidente Fernández del envío de un proyecto de ley tendiente a la legalización del aborto, señalando que su finalidad es la de "garantizar la posibilidad de abortar a la que necesita y de tenerlo a quien quiera tenerlo", y sus anteriores afirmaciones de que "el aborto nunca debió haber sido un delito" hacen necesario su análisis a la luz de los principios constitucionales.

El artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño define: "Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad". A su vez, el artículo 6 reconoce que "todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida", sin contemplar exclusiones ni circunstancias en las que ceda este derecho. La posición abortista alega que no dice que se es niño desde la concepción, y que nuestro país al aprobarla por la ley 23.849 de 1990 no mandó efectuar una reserva, como sí lo hizo respecto de la adopción internacional. Solo dio -prosigue- un criterio interpretativo al establecer que rigiera desde aquella. En verdad lo que la ley dispuso es que, a la ratificación, se formularan conjuntamente "reserva y declaraciones".

Estas últimas son también un instituto del derecho internacional de los tratados. La que interesa dice: "Con relación al art. 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad".

Ello fue correcto, pues la convención no dispone que sea niño desde el nacimiento, se aplique solo a partir de este u otras fórmulas que la vedaran para el no nacido. Es acorde, además, con los propios considerandos, que tienen presente que "el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento". Luego, una reserva era improcedente, pues no quería impedirse la aplicación de una cláusula, sino todo lo contrario. Preciosismos rituales tan inconsistentes solo evidencian debilidad argumental frente a una valla constitucional que se presenta infranqueable.

En efecto, la reforma de 1994 de la Constitución Nacional ratificó este alcance al
incorporarla en el artículo 75 inciso 22, con la siguiente regla: "En las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional". Estas condiciones, de acuerdo con el derecho internacional, son las aprobadas por la ley 23.849.
El siguiente inciso, el 23, confirma su aplicación a los nonatos al disponer que se debe "dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia".

¿Cómo es posible que aquella postura sostenga la irrelevancia de esta norma cuando es la propia Constitución Nacional la que califica expresamente de "niño" al que todavía no ha nacido?
Dos veces utiliza el término "embarazo", uno refiriéndolo al "niño" y otro a la "madre", lo que evidencia que ambos son los sujetos de la protección: el primero "desde" el embarazo, la segunda "durante". Que desde la concepción ya se cursa el embarazo es innegable tanto desde las ciencias médico-biológicas como por más de cien años de tradición jurídica ininterrumpida, que tornan indudable que la Constitución lo empleó de este modo. Hacer un distingo que ella no efectúa, a partir de tal o cual semana, sería una indebida exclusión.

Que esta calificación sea hecha con ocasión de una referencia al dictado de un programa de seguridad social no la altera ni la impide: es absurdo por contradictorio ser "niño" a un efecto y no a otros. También alegar un uso inadvertido de ese término al incluir al no nacido. Por el contrario, es inequívoco su preciso sentido técnico concordante con la incorporación de la Convención sobre los Derechos del Niño en el inciso anterior.

Por ello, con independencia de cómo la interpreten organismos o tribunales internacionales, si para la Constitución Nacional el ser humano por nacer es un "niño", por imperativo de ella se le debe aplicar la convención respectiva, y legalizar una privación de su derecho intrínseco a la vida es siempre ilícito e inconstitucional.

No es posible derogar el delito de aborto cometido por la madre sin que, en lo sustancial, se produzca una supresión equivalente. Su tipificación es necesaria, no por la búsqueda de una estigmatización de la mujer, sino por la finalidad preventiva de la ley penal, dado que la amenaza de una pena se presenta, en el caso particular del aborto voluntario, como el único medio de protección del "niño", verdadero tercero que no puede ser perjudicado por las acciones de aquella conforme al artículo 19 de la Constitución Nacional. El derecho civil es, en estos casos, insuficiente como medio protectorio ya que no tendría aplicación ni siquiera por vía de daños y perjuicios y el derecho a la vida se convertiría así en una mera declamación normativa carente de contenido real.

Es evidente que existen límites constitucionales a la no punibilidad. Los delitos y las consiguientes penas no son accesorios discrecionales de la protección de los derechos: en determinados supuestos es absolutamente obligatoria la punición. Baste imaginar si no fuera delito el abuso sexual o se lo reprimiera de modo insuficiente, por ejemplo, con una simple multa. Se incurriría en grave responsabilidad interna e internacional por la falta de la protección que otorga la prevención general y especial del derecho penal. Por ello, cuando la Constitución Nacional manda dictar el Código Penal, el Congreso no puede hacerlo apartándose del propósito de "afianzar la justicia" ordenado en el Preámbulo
.
En consecuencia, la despenalización del aborto está viciada de inconstitucionalidad, pues implica la renuncia consciente del Estado a la protección real y efectiva de la vida del ser humano inocente, que es su primer y  esencial deber.

Posibilitar que por esa desprotección alguien tenga poder de disposición sobre otro, en cualquier etapa de su existencia, es contrario al derecho al trato digno que emana de la igualdad ante la ley, a la prohibición de actos crueles e inhumanos, a las garantías implícitas, artículos 16, 18 y 33 de la Constitución Nacional, y a la doctrina de su artículo 29. Este -calificado de terrible- dice así: "El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la  vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o  persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria".

Nótese que se fulmina no solo la concesión de facultades a los "gobiernos" por las que, entre otras, "la vida" quede a su "merced": también se lo hace explícitamente con una delegación de aquellas a "persona alguna". En estas condiciones constitucionales es indudable la invalidez de una ley, sentencia judicial o protocolo administrativo, que defieran a la mujer gestante, sea de derecho mediante la legalización o de hecho a través de la despenalización, la facultad de decidir si el ser humano por nacer -"niño" para la Constitución Nacional- vivirá o no.

* El autor es Presidente de la Corporación de Abogados Católicos

LA DOCTRINA DEL CRÉDITO SOCIAL



Milenko Bernadic
Infocatólica, 3.03.12

¿Es el estado el que controla el dinero o hay algo más? ¿Tiene que ver algo con la Doctrina Social de la Iglesia? ¿Cuál es la doctrina del Crédito Social? De esto y mucho más reflexionamos en este artículo.

Lo hiciste poco inferior a los ángeles,
lo coronaste de gloria y esplendor;
le diste dominio sobre la obra de tus manos,
todo lo pusiste bajo sus pies; Sal 8, 6-7

¿QUÉ ES EL CRÉDITO SOCIAL? UN POCO DE HISTORIA

Clifford Hugh Douglas (1879-1952), un oficial (mayor) del ejército británico, ingeniero mecánico e industrial, fue pionero del movimiento por el crédito social y la democracia económica. Llego a ser Ingeniero Jefe de la empresa postal británica (a cargo de su sistema subterráneo de transportes) y Asistente Jefe Superintendente en una de las fabricas de aviones militares de la RAF durante la Primera Guerra Mundial.
Mientras estaba reorganizando esa fábrica aérea Douglas notó que el “ingreso” o coste semanal total de los bienes producidos era mayor que los montos pagados como sueldos y salarios, costos de material y dividendos o intereses. Esto parecía contradecir la teoría propuesta por Adam Smith y el resto de los pensadores las escuelas clásicas que tales ingresos son redistribuidos inmediatamente, constituyendo así la base del poder de compra.

Intrigado por esta aparente desconexión entre lo que había aprendido y la realidad, Douglas decidió investigar a través de la aplicación de los métodos de la ingeniería al sistema económico.

Coleccionó datos e información de sobre cien grandes empresas británicas y descubrió que —a excepción de empresas que más tarde llegaron a la quiebra— todas mostraban ese mismo efecto: las sumas pagadas como gasto total eran siempre menores que las ventas totales por bienes y servicios. Esto es teóricamente imposible: el poder de compra de la población en su conjunto solo puede venir de (igualar) la suma total de lo que se vende. 
  
Dando cuenta de esta curiosa situación en un artículo que escribió en la revista English Review Douglas dice: “Estamos viviendo bajo un sistema de contabilidad que transforma la entrega de bienes y servicios por la nación a si misma en una imposibilidad técnica". Posteriormente —entre 1916 y 1920— escribió dos libros —Economic Democracy y Credit-Power and Democracy— ahondando en el tema y sus consecuencias.

De acuerdo a la Ley de los Mercados, cuando se produce un bien o servicio X se ha gastado lo necesario (comprando otros bienes o servicios) como para producir el dinero necesario para vender ese bien X. A nivel general, no hay otra fuente de ingresos y por lo tanto no hay dinero que exceda al generado por los gastos de producción. En otras palabras, hay un equilibrio monetario exacto entre lo que se vende y lo que se puede comprar y compra.

-----------------------------

Texto completo (39 pág.):

RENUNCIAN 35 PSICÓLOGOS



en clínica de tratamiento de disforia de género por sobrediagnósticos


(Bioeticablog/InfoCatólica) 17-12-19

Tal como informa The Telegraph, 35 psicólogos han renunciado en 3 años al Servicio de Desarrollo de Identidad de Género de Londres (GIDS) en el Tavistock and Portman NHS Foundation Trust en Inglaterra, debido a una alerta lanzada por algunos de ellos de sobrediagnóstico para niños con posible disforia de género.

Como recoge Bioeticablog:
«Los denunciantes afirmaron que demasiados niños estaban tomando medicamentos para bloquear su pubertad» , cuando en su caso no deberían haber tenido ese diagnóstico. Los ex empleados también admitieron que no podían evaluar adecuadamente a sus pacientes, «por temor a ser etiquetados como transfóbicos». Uno de los psicólogos que renunció testificó que temía haber estado «al frente de un escándalo médico».

Terrible aumento de niños tratados
Las cifras muestran que el número de niños tratados en GIDS ha aumentado de 77 a 2.590 en diez años. Los niños son menores de 18 años, e incluso algunos de ellos tienen 3 años. Casi la mitad de los pacientes seguidos en GIDS reciben tratamiento para bloquear su desarrollo hormonal y detener su pubertad. Este tratamiento, que interfiere con su producción hormonal natural, puede causar cambios de humor, aunque si se detiene, la pubertad puede reanudarse al cesar la medicación.

El siguiente paso es la prescripción de la terapia hormonal, «normalmente no se administra antes de los 16 años de edad, ya que es irreversible y puede hacer que los pacientes sean infértiles». La cirugía solo se realiza a partir de los 18 años.

Casos de arrepentimiento
Thomasin, que pasó la mayor parte de su adolescencia identificándose como hombre, volvió a ser mujer este año a la edad de 19 años. Tavistock le había diagnosticado disforia de género a los 17 años, pero nunca le recetaron medicamentos.
Thomasin hizo la transición este año después de darse cuenta de que estaba luchando con su sexualidad como lesbiana. Ella manifestó estar contenta por no haber tomado nunca medidas irreversibles para convertirse en hombre.

SEXO NO BINARIO



Autorizan a una persona a no figurar ni como hombre ni como mujer en su DNI

Clarín,17 de diciembre de 2019

La justicia de Tierra del Fuego hizo lugar a un recurso de amparo y ordenó al Registro Civil provincial inscribir a una persona con sexo “no binario”, es decir ni masculino ni femenino, en lo que constituye el primer fallo judicial de esta clase en territorio fueguino y uno de los primeros a nivel nacional, informaron hoy fuentes oficiales.


Si bien la legislación de identidad de género en la Argentina permite a los mayores de edad cambiarse el nombre en función de la identidad “autopercibida”, la clasificación por “sexo” (vinculada a características biológicas) sigue siendo entre dos únicas opciones (varón/mujer) y no contempla la posibilidad de quedar fuera de ellas.

Con este argumento, el Registro Civil de la provincia rechazó el último 19 junio el petitorio de una persona de 25 años y progenitor/a de un niño de 6 años, quien requirió, por un lado, cambiarse el nombre por el de Shanick Lucián Sosa Battisti (lo que está aceptado por la norma) pero también que en el casillero de “sexo” figurara como “no binario”.

Ante ello, y con el patrocinio de abogados locales de la Organización No Gubernamental (ONG) “Red Diversa Positiva”, Shanick se presentó ante el Juzgado de Familia y Minoridad 1 de Ushuaia, a cargo del juez Alejandro Ferreto, a través de un recurso de amparo.

Después de analizar el caso y de atender en el expediente tanto la postura de la parte demandante como del Registro Civil, el magistrado hizo lugar al planteo.


El fallo ordenó al organismo que “en un plazo de cinco días” expida “una nueva partida de nacimiento y un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI)” donde figure el cambio de nombre y, “en el casillero correspondiente al sexo, se haga constar 'no binario/igualitario'”.

Además, dispuso que el Registro Civil rectifique la partida de nacimiento del hijo de Sosa Battisti, y haga constar el nuevo nombre y “sexo” de su progenitor/a.

En la presentación judicial, Shanick explicó que “no puede percibirse ni pensarse dentro de lo que las estructuras sociales han denominado como hombre o mujer”.

“No me identifico en ninguno de los dos casilleros bajo los cuales tengo la posibilidad de reconocerme en mi documento. Esas posibilidades reducidas exceden mi autopercepción, y eso tiene consecuencias sobre mi identidad legalmente reconocida”, puede leerse en la demanda a la que accedió Télam.

TRAMADOL



 el opioide devastador

La Prensa, 14.12.2019

Por EMILY SCHMALL y CLAIRE GALOFARO
DESDE Kapurthala, India - AP


El panorama se hace cada vez más alarmante: Confiscan camiones llenos de pastillas, niños que toman las píldoras, encuentran pastillas en los bolsillos de terroristas muertos.

Se le dijo al mundo que las pastillas eran más seguras que el oxycontin, vicodin y los fentanilos, que han causado tantos estragos en Occidente. Pero ahora están en el epicentro de lo que las Naciones Unidas llama "la otra crisis de los opioides", una epidemia que no genera tantos titulares como la de Estados Unidos pero que está teniendo efectos devastadores en los países más vulnerables del planeta.
El abuso del opioide tramadol abarca continentes, desde la India hasta Africa y el Medio Oriente, creando un descalabro internacional que los expertos atribuyen a lagunas en las regulaciones de los narcóticos y a malas evaluaciones de los riesgos de la droga.

Se dijo que este opioide producido por el hombre podía aliviar los dolores sin generar abusos. A diferencia de otros opioides, el tramadol es de venta libre y no está sujeto a los controles internacionales de medicamentos más peligrosos. Pero el abuso es tan grave hoy que algunas naciones están pidiendo la intervención de las autoridades internacionales.

EL LABORATORIO
Grunenthal, la compañía que produjo originalmente el medicamento, quiere que las cosas queden como están. Dice que las regulaciones internacionales dificultan el acceso a las medicinas en países con sistemas de salud desorganizados y que incorporar al tramadol a la lista de sustancias restringidas privará a los pacientes de esa droga.
"Es un gran dilema de salud pública", dijo Gilles Forte, secretario del comité de la Organización Mundial de la Salud que recomienda qué sustancias deben ser reguladas. El tramadol está disponible en zonas de combate y en naciones pobres porque no está regulado. Y se lo usa ampliamente por las mismas razones. "Es muy difícil encontrar el equilibrio justo", afirmó Forte.

Tramadol no es tan letal como otros analgésicos, pero numerosos gobiernos se han dado cuenta de que de todos modos conlleva riesgos y están tratando de controlar su venta. Punjab, estado del norte de la India, acaba de sumarse a esa batalla. Hay pastillas por todos lados. Se vende en farmacias y también abundan las imitaciones en la calle.
Este año las autoridades confiscaron cientos de miles de pastillas, prohibieron la mayor parte de las ventas en las farmacias y cerraron centros de producción de pastillas falsas, lo que hizo que el precio de diez pastillas suba de 35 centavos a 14 dólares. El gobierno abrió una red de centros de atención, temerosos de que quienes se hicieron adictos empiecen a usar heroína en un acto de desesperación. Cantidades de personas buscaron ayuda para lidiar con intensos síntomas de abstinencia.

COMO LA COMIDA
Para algunos, el tramadol es tan vital como la comida.
"Si no comes, te sientes hambriento. Lo mismo te pasa con esto", dijo Deepak Arora, soldador de un taller mecánico de 30 años que llegó a consumir 15 pastillas diarias y a robarle a su familia para comprarlas. "Eres como un muerto".
Jeffrey Bawa, funcionario de la Oficina de las Naciones Unidas sobre Drogas y Delincuencia, se dio cuenta de lo que estaba pasando en el 2016.

La policía empezó a encontrar pastillas en los terroristas, que las trafican para financiar sus actividades, según Bawa.
La mayoría provenían de la India, que tiene una pujante industria farmacéutica impulsada por medicamentos genéricos baratos. Los laboratorios producen imitaciones y las distribuyen por todo el mundo, en dosis que exceden por mucho los límites permitidos.

Las autoridades dijeron en el 2017 que habían confiscado un cargamento de tramadol valuado en 75 millones de dólares que estaba destinado a la organización Estado Islámico. También interceptaron 600.000 pastillas para Boko Haram. Otros 3 millones fueron encontradas en una camioneta en Níger, en cajas que tenían el logo de la ONU para disimular. El organismo advirtió que el tramadol estaba teniendo "efectos desestabilizadores en la región".

Grunenthal, no obstante, hace fuerza para que el tramadol no sea regulado. Financió varios estudios según los cuales su regulación impediría combatir los dolores y envió gente a la OMS para exponer la tesis de que la pastilla es menos riesgosa que otros opioides.

El portavoz Stepan Kracala dijo que la regulación podría tener efectos contraproducentes y hacer que pacientes desesperados acudan al mercado negro si no hay opciones legales.
Eso es lo que pasó en la India, que reguló el tramadol en el 2018. Los reguladores dijeron que las exportaciones y el abuso a nivel interno mermaron. Pero reconocieron también que es prácticamente imposible contener el abuso y las exportaciones ilegales en un país con una industria farmacéutica enorme. Sigue siendo fácil encontrar tramadol.
Parada en la entrada de su casa, Jyoti Rani señaló hacia varias viviendas de su barrio de Kapurthala donde dijo que se vendía el medicamento. La adicción de Rani comenzó cuando falleció su hijo de 14 años y ella cayó en un estado de depresión.

"Me quería matar, pero terminé haciéndome adicta", manifestó entre lágrimas. Un médico le recetaba tramadol para combatir sus adicciones, y lo único que hizo fue generar una nueva adicción. Ahora es una de unas 30.000 personas de Punjab que van a clínicas del gobierno a recibir tratamiento diario.


Información del Proyecto Opioides en el Mundo: