Aica,
10 Ene 2020
Al
culminar la década, el Centro de Bioética, Persona y Familia publicó un balance
en materia de bioética, con una valoración de los distintos acontecimientos y
desarrollos biotecnológicos que tienen como centro a la persona humana, su
dignidad y derechos fundamentales, en la perspectiva del bien común, ocurridos
en los últimos diez años.
Entre
lo sucedido de 2010 a 2019, se encuentran la edición genética humana, el cuerpo
humano como materia disponible, el retroceso del derecho a la vida, la
ideología de género y la reconfiguración de la familia, y la dimensión social
de la bioética. Cada punto del documento fue elaborado y desarrollado por Jorge
Nicolás Lafferriere, y se detallan a continuación.
La
edición genética humana
Uno
de los mayores descubrimientos de la década es la técnica Crispr-Cas9, conocida
como edición genética humana. Se trata de un mecanismo avanzado de ingeniería
genética que permite cortar de forma precisa y al parecer segura segmentos
específicos de ADN y reemplazarlos por otros especialmente elegidos.
Descubierto en 2012 por Jennifer Doudna y Emmanuelle Charpentier, la edición
genética puede utilizarse para células adultas y para células de la línea
germinal. Mientras que en el primer caso se presenta como una técnica de
poderosas y beneficiosas consecuencias si se aplica correctamente con fines
terapéuticos, la edición genética de gametos y embriones genera mayores reparos
bioéticos. La potencialidad eugenésica que encierra esa manipulación de la vida
naciente, así como las desconocidas consecuencias que tiene modificar el genoma
humano alterando la integridad de la especie, llevaron a la mayoría de los
científicos implicados en este hallazgo a pedir una moratoria en su aplicación.
Sin embargo, en 2018 un científico chino anunció el nacimiento de los primeros
bebés genéticamente modificados. La condena a ese experimento fue casi unánime
en la comunidad científica.
En
la Argentina, con el nuevo Código Civil y Comercial que entró en vigencia en
2015, la edición genética de embriones se encuentra prohibida (art. 57 CCC).
Para
profundizar el tema ver:
https://centrodebioetica.org/tag/edicion-genetica-humana/
El
cuerpo humano como materia disponible
De
la mano de la alianza cada vez más poderosa entre las biotecnologías y los
sistemas de almacenamiento y procesamiento de datos, se expande la idea de que
el cuerpo humano (como todo el fenómeno de la vida) es simple materia
disponible, que puede ser modificada por los más diversos motivos. En esta
década, estos debates fueron acompañados por el surgimiento de corrientes de
pensamiento llamadas “transhumanistas” o “poshumanistas”, que se proponen la
superación de los límites del cuerpo humano en la búsqueda de la maximización
de las utilidades o del placer o bien de una visión absoluta de la autonomía.
Si
bien muchos de estos planteos todavía permanecen en el terreno de la ciencia
ficción, existen crecientes y cada vez más sofisticadas técnicas que permiten
incidir en el cuerpo humano, tanto antes de su formación, como una vez que está
formado. Estas visiones son, además, funcionales a nuevas formas de eugenesia,
mucho más sutiles, que se han ido consolidando en estos años y que se traducen
en la creciente búsqueda de elegir las características de la descendencia y el
aborto sistemático de personas con discapacidad luego de diagnósticos
prenatales cada vez más precisos y tempranos.
Para
profundizar el tema ver:
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2824
http://uvadoc.uva.es/handle/10324/28089
El
retroceso del derecho a la vida
Durante
la segunda mitad del siglo XX, la reacción ante los horrores que significaron
las guerras mundiales y la eliminación sistemática de personas humanas llevó a
una fuerte toma de conciencia sobre la decisiva importancia del derecho a la
vida. En estos primeros veinte años del siglo XXI puede observarse un
progresivo retroceso del derecho a la vida, que es considerado como relativo y
reglamentable. Así, el imperativo biotecnológico se impone para que el respeto
a la vida ceda ante la expansión de una autonomía individual exacerbada.
Este
retroceso se ha verificado en muchos debates sobre el aborto en todo el mundo
en la última década, pero particularmente en América Latina. Podemos mencionar
la sentencia “Artavia Murillo y otros c/Costa Rica” de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos que sostuvo que el embrión humano no era persona y que,
durante el embarazo, tenía derecho a la vida sólo en forma gradual y relativa.
En la Argentina, las sentencias “FAL” (2012) y “MAD” (2015) de la Corte Suprema
se ubicaron en esta línea de admitir excepciones al principio de que no es
lícito quitar la vida.
Para
profundizar el tema ver:
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/9058
La
ideología de género y la reconfiguración de la familia
La
década que termina ha significado una consolidación de la ideología de género,
que es una visión radicalizada y reduccionista de la persona humana, que
considera que toda diferenciación sexual tiene exclusivamente origen en lo
cultural. Así, al tiempo que se silencia al cuerpo y su lenguaje específico, se
considera que todo es construcción. La ideología de género ha reconfigurado la
noción de matrimonio, la de identidad personal, la filiación, la educación y
otros diversos campos. Ciertamente, la mayor sensibilidad hacia la dignidad de
la persona en todos los casos y su no discriminación es un valor importante,
pero ello no se puede lograr si se impone una visión ideologizada de la persona
que desconoce dimensiones fundamentales de la humanidad.
En
la Argentina, desde la ley que legalizó como matrimonios las uniones de
personas del mismo sexo (26618 de 2010), la ley de identidad de género (26743
de 2012), la legislación sobre fecundación artificial (ley 26862 de 2013) y el
Código Civil y Comercial (2014), se produjo una transformación profunda del
ordenamiento jurídico, que ha afectado centralmente al matrimonio y a la
familia y ha tenido consecuencias que aún no podemos vislumbrar en relación a
los niños. La imposición de la ideología de género se profundizó por las
presiones de organismos internacionales, como quedó en evidencia con el
préstamo que recibió la Argentina en 2018 para estos fines.
Para
profundizar el tema ver:
https://centrodebioetica.org/category/nt/mujer-y-genero/
La
dimensión social de la bioética
Junto
con los debates en torno a la manipulación de la vida humana y la configuración
de nuevas formas de eugenesia, se incorporó al debate bioético la problemática
social. En efecto, la preponderancia que se ha dado al principio de autonomía
ha ido configurando una mentalidad individualista, centrada en la potenciación
de los propios intereses. Ese individualismo necesariamente conduce a nuevas
formas de injusticia social. En efecto, si solo los más poderosos tienen las
herramientas biotecnológicas para garantizarse una corporalidad potenciada,
entonces surgirán nuevas diferencias sociales.
El
debate también se ha planteado en torno a la justicia distributiva y el derecho
a la salud, cuando se financian con fondos públicos prestaciones tales como la
fecundación in vitro, mientras existen muchas personas que carecen de la
atención de salud básica. Esas inequidades han despertado un debate en torno a
la forma de priorizar las asignaciones en salud y el contenido de las canastas
de prestaciones básicas universales.
En
la Argentina, la década que termina estuvo signada por una expansión de la
mentalidad individualista y subjetivista de la salud y un empobrecimiento de
las condiciones generales de vida, con grave daño a la salud de muchas
personas. El desafío de incorporar la dimensión colectiva de la salud se
transforma así también en un desafío de la bioética.
Igualmente,
esta dimensión social se advierte en temas como el aborto, donde la solución
individualista de la autonomía es imponer el aborto como única solución,
mientras que una respuesta más integral y completa supone reconocer que hay
nuevas formas de vulnerabilidad que atraviesan a la maternidad y que hay que
acompañar con políticas integrales, tanto desde la sociedad como desde el
Estado.
Para
profundizar el tema ver:
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5290447.pdf
www.maternidadvulnerable.com.ar.+