DON BOSCO

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"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

REFORMA DE LA ESI

 

 


 UN OBJETIVO PENDIENTE DEL TOTALITARISMO DE GÉNERO

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1238, 4 de marzo de 2021

 

Ingresó en Diputados un proyecto del presidente del bloque de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro que busca modificar la ley 26.150, de Educación Sexual Integral, convirtiéndola en una ley de “orden público”.

 

El expediente (69/2021) prevé a la ESI como un “derecho” de los estudiantes de las escuelas públicas y privadas, de todo el país (art. 1).

 

La ESI deberá ser “respetuosa de la diversidad sexual y de género”, “laica y basada en conocimientos científicos de forma congruente con los derechos reconocidos en las leyes vigentes” (art. 2).

 

A la legislación referida en la actual ley de ESI -cuyas disposiciones específicas habría que cumplir- se incorporan todas las leyes aprobadas a posteriori, aborto incluido (art. 3). Este crimen abominable debería ser mencionado como un “derecho” para ser “congruente” con la ley vigente.

 

El actual art.5 de la ley 26.150 que garantiza el respeto por los idearios institucionales sería reemplazado por uno que obliga a incluir “los contenidos que hacen a la aplicación de la presente y de las Resoluciones del Consejo Federal de Educación” (art 5). Aquellos contenidos que las comunidades educativas quieran “enfatizar” en función de “las convicciones de sus miembros y el proyecto institucional” “no podrán desconocer ni contradecir los objetivos establecidos en la presente ley” (art 6).

 

El proyecto crea “un sistema de monitoreo para evaluar en forma continua el grado de aplicación y los resultados del Programa de Educación Sexual Integral” en el área del Ministerio de Educación, que a su vez deberá enviar al Congreso un “informe semestral escrito y circunstanciado del cumplimiento de las disposiciones de la presente en cada una de las jurisdicciones” (art 9).

 

La propuesta desconoce -entre otros- la libertad de culto, el derecho a enseñar y aprender, los derechos de los padres, la autonomía de las escuelas de gestión privada y las facultades de las provincias.