DON BOSCO

DON BOSCO
"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

EL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO PENAL


 SE PRESENTARÁ EN MENDOZA

NOTIVIDA, Año XVIII, Nº 1075, 31 de enero de 2018

Es el último foro provincial que se realizará antes de que el Ejecutivo lo envíe al Congreso

La Comisión de reforma del Código Penal visitará Mendoza el 9 de febrero, será el último foro provincial que tendrá lugar antes de que los juristas que trabajan en la redacción del Anteproyecto lo envíen al Ejecutivo. Desde allí, y tras los últimos retoques, la iniciativa será girada al Congreso.
En Mendoza se hará una reunión con funcionarios en la Casa de Gobierno y después un encuentro que tendría lugar en el Hotel Intercontinental. En el último, las propuestas del nuevo código serían expuestas al público en general.

El Gobierno provincial intentará que se tipifiquen acciones como la matanza de los cóndores descubierta recientemente en Los Molles, al sur de la provincia. "Vamos a pedir que se tipifique como delito el hecho de poner en riesgo una especie y que la pena la decidan en el Congreso de la Nación. En España hay penas de hasta 40 años de prisión y se le llama ecocidio", anticipó al respecto el subsecretario de Justicia, Marcelo D`Agostino.

El oportuno reclamo del Gobernador Cornejo abre un nuevo interrogante ¿se pondrá el mismo empeño en defender a las personas por nacer? ¿o la matanza indiscriminada de aves se castigaría con mayor rigor que la eliminación sistemática de personas inocentes?

La Comisión para la Reforma del Código Penal ha anunciado “una redacción superadora” del artículo 86º del Código en la que subsisten -e incluso se amplían- las causales de no punibilidad del aborto; lo que contradice las directivas del Poder Ejecutivo Nacional que había señalado en los Considerandos del Decreto N° 103/2017, que la Comisión deberá tener en consideración, al redactar el Anteproyecto, entre otras cosas, que “…los instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, en los términos del artículo 75 inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL”. Y la Constitución Nacional tutela la inviolabilidad de toda vida humana inocente desde el instante de la concepción.


Resulta pues ineludible que se supriman las excusas absolutorias del artículo 86 del Código Penal de modo que sus disposiciones sean congruentes con los dispositivos constitucionales y con los tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional, por una parte, y, por otra, se impida que su indebida y extemporánea aplicación siga cobrando vidas humanas inocentes.