SE PRESENTARÁ EN
MENDOZA
NOTIVIDA, Año XVIII, Nº 1075, 31 de enero de 2018
Es el último foro provincial que se realizará antes de
que el Ejecutivo lo envíe al Congreso
La Comisión de reforma del Código Penal visitará
Mendoza el 9 de febrero, será el último foro provincial que tendrá lugar antes
de que los juristas que trabajan en la redacción del Anteproyecto lo envíen al
Ejecutivo. Desde allí, y tras los últimos retoques, la iniciativa será girada
al Congreso.
En Mendoza se hará una reunión con funcionarios en la
Casa de Gobierno y después un encuentro que tendría lugar en el Hotel
Intercontinental. En el último, las propuestas del nuevo código serían
expuestas al público en general.
El Gobierno provincial intentará que se tipifiquen
acciones como la matanza de los cóndores descubierta recientemente en Los
Molles, al sur de la provincia. "Vamos a pedir que se tipifique como
delito el hecho de poner en riesgo una especie y que la pena la decidan en el
Congreso de la Nación. En España hay penas de hasta 40 años de prisión y se le
llama ecocidio", anticipó al respecto el subsecretario de Justicia,
Marcelo D`Agostino.
El oportuno reclamo del Gobernador Cornejo abre un
nuevo interrogante ¿se pondrá el mismo empeño en defender a las personas por
nacer? ¿o la matanza indiscriminada de aves se castigaría con mayor rigor que
la eliminación sistemática de personas inocentes?
La Comisión para la Reforma del Código Penal ha
anunciado “una redacción superadora” del artículo 86º del Código en la que
subsisten -e incluso se amplían- las causales de no punibilidad del aborto; lo
que contradice las directivas del Poder Ejecutivo Nacional que había señalado
en los Considerandos del Decreto N° 103/2017, que la Comisión deberá tener en
consideración, al redactar el Anteproyecto, entre otras cosas, que “…los
instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional,
en los términos del artículo 75 inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL”. Y la
Constitución Nacional tutela la inviolabilidad de toda vida humana inocente
desde el instante de la concepción.
Resulta pues ineludible que se supriman las excusas
absolutorias del artículo 86 del Código Penal de modo que sus disposiciones
sean congruentes con los dispositivos constitucionales y con los tratados de
derechos humanos con jerarquía constitucional, por una parte, y, por otra, se
impida que su indebida y extemporánea aplicación siga cobrando vidas humanas
inocentes.