NOTIVIDA, Año XVIII, Nº
1074, 11 de enero de 2018
Cualquier aborto se
podría encuadrar dentro de las excusas absolutorias que se analizan y quedar
impune. El Código Penal debería ser al menos congruente con los
dispositivos constitucionales y los tratados de derechos humanos elevados a la
jerarquía constitucional.
El 1 de marzo -al inaugurar un nuevo período de sesiones
ordinarias en el Congreso- el presidente Macri oficializará la presentación del
Anteproyecto de reforma del Código Penal, que fue redactado por la Comisión que
encabeza el camarista de Casación Penal Mariano Borinsky. A partir de allí lo
estudiarán los legisladores.
Según anticipó Borinsky a Télam, la Comisión analiza
introducir en las -inconstitucionales, nulas y derogadas- excusas
absolutorias del actual art. 86 del Código, todos los casos de violación y el
peligro para la salud psíquica de la gestante, lo que equivaldría -en la
práctica- a la despenalización irrestricta del aborto.
Al incluir
todos los casos de violación, la Comisión se hace eco del inicuo
pronunciamiento de la Corte sobre el caso FAL, oportunidad en que el máximo
Tribunal creó pretorianamente una categoría especial de personas, las que han
sido concebidas a raíz de un abuso sexual, a las cuales -sin que calidad alguna
suya las distinga de otras- las priva del derecho a la vida del que es titular todo niño
por nacer.
En la otra
causal de no punibilidad (peligro para la vida o la salud de la madre) se
incluirían las posibles afecciones psíquicas de la gestante que son muy
difíciles de ponderar e incompatibles con la exigencia de que ese
peligro “no pueda ser evitado por otros medios”, como prevé el actual Código
Penal. En el caso de una real enfermedad psíquica hay
modos de tratarla sin sumarle al padecimiento de la gestante el trauma
postaborto. Por otra parte, descartar seriamente la posibilidad de curar una
enfermedad psíquica suele superar el plazo de un embarazo. El riesgo
para la “salud psíquica”, constituye una brecha sin límites y en los
países donde se contempla, la mayoría de los abortos declarados se acogen a
este supuesto.
Ambas causales son inmorales e
inconstitucionales; la Comisión olvida que el derecho a la vida tiene rango
constitucional de primer nivel y que ese derecho, en concreto, constituye el
interés superior del niño que las disposiciones constitucionales y legales en
vigencia obligan a proteger en primer término y en absoluto, es decir, sin
condiciones, por lo que está por encima de toda otra consideración y derechos
que, supuestamente, se vean afectados.
La Comisión ya estuvo en Salta y seguirá con las
rondas de presentaciones del Anteproyecto el próximo 7 de febrero.
Además de Borinsky integran la
Comisión: Carlos González Guerra (director nacional de
Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal),
Pablo Turano(fiscal), Carlos Mahiques (juez
de la Cámara Nacional de Casación Penal), Patricia Llerena (jueza
del tribunal oral Nº26 porteño), Daniel Erbetta (Ministro de
la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe), Víctor Vélez (de
la Federación Argentina de la Magistratura), Pablo López Viñals (procurador
general de Salta); Guillermo Yacobucci juez del tribunal oral
Nº6 porteño y profesor de la UBA y la UA); Fernando Córdoba (docente
de la UBA), Patricia Ziffer (secretaria letrada de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación), Yael Bendel (secretaria
nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social)
y Diego Richards en representación del Ministerio de
Seguridad.