ES
INCOMPATIBLE CON LA PROMOCION OFICIAL POR PARTE DE ÉSTE DE CUALQUIER IDEOLOGÍA
COMO SUYA.
Por Carlos Alvarez Cozzi
Por estos
tiempos es muy común en el Uruguay y en el mundo escuchar que los Estados,
invocando la supuesta defensa de los derechos humanos de algunos colectivos
minoritarios, como los LGBTI, pretenden institucionalizar la enseñanza de la
llamada ideología “gender” o de género en la Enseñanza Pública.
Pocas
voces se han levantado contra ello, seguramente por desconocimiento del tema.
Sin embargo hay paises en donde la reacción contraria de las familias y de los
padres se ha hecho escuchar, en particular en América Latina, los casos de
Perú, Paraguay y México.
Otros, con
conciencia, prefieren no hacerlo para que no se los tilde de “políticamte
incorrectos”. Pero es necesario hablar claro en estas cuestiones a fin de
evitar males mayores.
Como
sabemos, la de género, se trata de una ideología que no respeta la realidad
objetiva de la naturaleza, porque niega la existencia de los sexos y de sus
diferencias evidentes, entre hombres y mujeres. Diferencias que los hace
complementarios y no enemigos. En esta ideología está presente el pensamiento
marxista que toma al varón como supuesto opresor y a la mujer como supuesta oprimida,
reproduciendo a nivel familiar la dialéctica materialista de la lucha de
clases. Es notorio que Marx y Engels anunciaron que la familia debería
desaparecer para asegurar la extinción de las diferencias de clases en el mundo.
Gramsci se encargaría luego de invocar la penetración cultural como medio para
conseguir esos fines.
Nadie
podrá estar en contra de la justa instrucción a los educandos y a la sociedad
en general, en cuanto a la igual dignidad entre varón y mujer y a la legítima
igualdad de derechos, lo que es muy distinto a lo arriba expuesto.
Ahora bien. Cuando a nivel de la
Enseñanza Pública se han introducido temas político- partidarios o religiosos
proselitistas, nadie ha dudado en Uruguay en calificar esos intentos como de
violación de la debida laicidad estatal. Sin embargo parece no tenerse el mismo
criterio cuando de ideología de género
se trata. Cuál es la razón? Porque el Estado que no sostiene religión o credo
filosófico alguno no debe usar sus aulas en la Enseñanza Pública para enseñar
una ideología como la de género, porque también ello viola y groseramente la
laicidad.
Y decimos que viola la laicidad porque el Estado no tiene derecho a
imponer a nadie, desde las aulas, ninguna visión determinada sobre el hombre,
la mujer y su sexualidad.
Recordemos
los intentos del MIDES de que ANEP difundiera una supuesta guía de la
diversidad sexual grosera y tendenciosamente realizada, para abusar de la mente
inocente de los niños y adolescentes, con el fin de adoctrinarlos en un
pensamiento único, que es erróneo desde el punto de vista científico y además
que no consulta la voluntad de los representantes legales, padres y tutores de
los menores educandos, como debería de hacerlo por ser éstos los primeros
educadores de sus hijos y pupilos, según claramente lo establece la
Constitución de la República de Uruguay, como veremos seguidamente.
Recordemos
qué establecen las normas constitucionales del Uruguay vigentes vinculadas con
este tema:
“Artículo 40.- La familia es la base de nuestra sociedad. El
Estado velará por su estabilidad moral y material, para la mejor formación de
los hijos dentro de la sociedad.
Artículo 41.- El cuidado y educación de los hijos para que éstos
alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social, es un deber y un
derecho de los padres. Quienes tengan a su cargo numerosa prole tienen derecho
a auxilios compensatorios, siempre que los necesiten.
La ley dispondrá las medidas necesarias para que la
infancia y juventud sean protegidas contra el abandono corporal, intelectual o
moral de sus padres o tutores, así como contra la explotación y el abuso.
Artículo 68.- Queda garantida la libertad
de enseñanza.
La
ley reglamentará la intervención del Estado al solo objeto de mantener la
higiene, la moralidad, la seguridad y el orden públicos.
Todo
padre o tutor tiene derecho a elegir, para la enseñanza de sus hijos o pupilos,
los maestros e instituciones que desee.”
De
manera que resulta claro que el Estado uruguayo debe respetar y promover la
familia. Debe respetar que los padres determinen que tipo de enseñanza quieren
para sus hijos, por ende, también en lo afectivo-sexual.
Debe
respetar la laicidad consustancial al Estado, absetiéndose de imponer un credo,
una filosofía o una ideología como oficial. De manera tal, que así como si en
las aulas se impusiera una religión o un credo filosófico como oficiales se
estaría violando la laicidad, también ello acontencerá si desde la Enseñanza se
les pretendiera instruir a los niños, niñas y adolescentes que los sexos no
existen, que las diferencias físicas y síquicas entre varones y mujeres no
existen, que todo es un tema cultural y que por ello lo verdadero es el género.
Con las consecuencias conocidas que se derivan de ello como difundir la
supuestas bondadas de la homosexualidad, la bisexualidad, la transexualidad, y
un largo etcétera.
El
pretendido argumento que esto es un tema de derechos humanos, y que el Estado
no puede desentenderse, se desmorona muy rápidamente cuando se advierte que
debe afirmarse y defendeser la igualdad de derechos entre las personas, con
independencia de su sexo, como lo establece la Constitución, promoviendo a la
mujer en sus legítimos derechos; pero eso no supone la necesidad ni mucho menos
de tener que adoptar la ideología de género para la defensa de esa igualdad,
porque termina destruyendo a la propia mujer y sus derechos!!!