Por Mónica del Río
El 26 de abril, el
Ministerio de Salud de la
Provincia de Buenos Aires publicó una gacetilla en el Portal
de educación permanente en ginecología y obstetricia, con el título Ampliación
de Derechos en Salud Sexual y Reproductiva, tras mencionar el “Protocolo de
Atención Integral de los Abortos No Punibles” provincial, agregaba:
“Como puede verse la normativa es
muy amplia y permisiva, pero a pesar de ello podemos observar en la practica
diaria muchas barreras por parte de los profesionales que se escudan en la
objeción de conciencia, siendo que muchas veces estas objeciones no son tales.
La norma establece tiempos y responsabilidades para asegurar la intervención,
pero a pesar de ello muchas veces la misma no se realiza. En la actualidad,
luego de creado el Protocolo, el Ministerio de Salud está buscando una
herramienta adecuada para regular la objeción de conciencia, ya que es
inadmisible que todo un Servicio se decrete objetor, e inclusive el propio Jefe
de ese Servicio”.
Tras el anuncio hecho
por el Ministro de Salud Bonaerense Alejandro Collia, el 4 de agosto ppdo., se
coligió que unidades u hospitales móviles eran la “buscada herramienta” que sortearía las objeciones de
conciencia calificadas previamente como “barreras inadmisibles”. Esta
interpretación fue desmentida por el propio Gobernador Scioli, “pero la
coordinadora del Programa de Salud Sexual y Procreación provincial, Marisa
Matia, pretendiendo aclarar el punto, sin lograrlo, expresó: ‘No se trata de
hospitales móviles, sino de equipos de profesionales preparados para intervenir
en casos controversiales’. La respuesta resultó insatisfactoria e
insuficiente”. (Editorial La
Nación , 18/08/2014).
En la reunión que el
Ministro Collia mantuvo con organizaciones provida el 12 de agosto sólo remitió
al aborto frustrado en abril en Moreno, obviando mencionar, por ejemplo, el que
se perpetró en la Plata
a fines de julio. En ese caso reciente la Dra. Adelaida Soria
-Jefa del Servicio de Obstetricia del Hospital Interzonal San Martín- y su
personal se declararon objetores de conciencia y el aborto lo practicó un
médico proveniente de otro hospital (laplataya, 28/07/2014).
Lo que abona la
respuesta de Matia, arroja luz sobre la posición del Ministerio de Salud
bonaerense y ratifica la postura que el movimiento provida sostuvo frente al
Ministro: la solución no pasa por reemplazar los abortorios móviles por
aborteros móviles sino por la derogación de la inmoral e inconstitucional
Resolución 3146/2012 que Collia dictó (Vid Notivida Nº 939, 13/08/2014).
En tanto el Protocolo
de Collia siga vigente, los directores de los hospitales bonaerenses deberán
arbitrar los recursos para que el aborto se practique. Con móvil o sin móvil,
le cabe a ellos la responsabilidad de responder “sin dilaciones” al
requerimiento de la gestante. Disposición ministerial que garantiza el aborto y
limita injustamente la carrera profesional de los médicos provida.
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NOTIVIDA, Año XIV, Nº
940, 18 de agosto de 2014