EN EL CÓDIGO PENAL
NOTIVIDA, Año XIX, Nº 1168,
16 de agosto de 2019
El oficialismo intenta
consensuar la parte general del Código antes de las elecciones de octubre. Las
disposiciones generales incluyen una pauta de agravamiento para los delitos
cometidos en el contexto de “violencia de género”.
En una reunión de la
Comisión de Justicia -que no alcanzó el quórum- los senadores presentes
acordaron esta semana debatir la primera parte del Código Penal (arts 1 a 78),
antes de las elecciones de octubre.
En esa primera parte, que
contiene las disposiciones generales, se le asigna a la “violencia de género”
un rol preponderante respecto de determinados institutos. (Notivida Nº 1161).
Actualmente la única norma del Código Penal que prevé expresamente la cuestión
de género es el femicidio, con la reforma se incorporarían pautas de
agravamiento para aquellos delitos que -sin llegar al homicidio- se verifiquen
en un contexto de “violencia de género”.
La expresión “violencia de
género”, que el Código proyectado no define pero incorpora en varios artículos
(10, 40, 71, 74 y 281), tiene una carga ideológica que lleva a ocultar la
violencia que ejerce la mujer –contra varones o contra otras mujeres-.
El concepto de “violencia de
género”, sólo considera la violencia ejercida por varones, no obstante la mujer
-que en muchos casos es víctima- a veces es victimaria; porque para eso no hace
falta tener un determinado sexo, alcanza con poseer algún tipo de poder y que
su ejercicio degenere en abuso. Por eso hay mujeres que ejercen violencia
contra sus hijos llegando incluso a matarlos -antes o después de nacer- o
contra su pareja –heterosexual o lesbiana- (Notivida Nº 358, 4/06/2006).
El riesgo de padecer un acto
de violencia no surge del sexo de una persona sino de su vulnerabilidad.
Una de las violencias que el
Código proyectado seguiría “invisibilizando” es la violencia en parejas
lesbianas, aunque de ella hable, desde hace años, Fabiana Tuñez, actual titular
del Instituto Nacional de la Mujer (INAM). Esa forma de violencia se ignora
porque no responde al patrón: hombre maltratador / mujer víctima, que el
feminismo ha instalado socialmente y quiere terminar de plasmar en el nuevo
Código Penal.
En el año 2004, en la 23ª
Jornada de ATEM “25 de Noviembre”, Tuñez ya denunciaba que cierto activismo
LGBT, para lograr sus reclamos, oculta los vínculos de maltrato en las
relaciones gay-lésbicas, porque da “mala prensa”.
Decía la activista feminista
en aquella oportunidad: “La violencia hacia las mujeres está en la agenda de
todas las organizaciones, pero las lesbianas seguimos sin existir en ningún
capitulo y mientras esto suceda seguirán sufriendo muchas compañeras, muriendo,
o suicidándose otras, y nadie se enterará salvo el entorno ... De eso nadie habla,
ni siquiera nosotras las feministas”.
El nuevo Código Penal
seguiría discriminando injustamente la violencia conforme al sexo del agresor y
el agredido.