NOTIVIDA, Año XXI,
Nº 1297, 22 de julio de 2022
Diputados de
Juntos por el Cambio instan
al Ejecutivo a suscribir y ratificar la “Convención Iberoamericana de los
Derechos de los Jóvenes” (CIDJ) adoptada el 11 de octubre del 2005 en la ciudad
española de Badajoz -en el marco de la Organización Iberoamericana de la
Juventud-, y su “Protocolo Adicional”, firmado el 25 de octubre de 2016 en
Cartagena de Indias, Colombia.
La “Convención
Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes” (CIDJ), junto a su Protocolo
Adicional, constituyen el “Tratado Internacional de Derechos de la Juventud”
(TIDJ), un Tratado que hasta el momento sólo ha ratificado Ecuador, durante el
gobierno de Lenín Moreno.
El proyecto de
declaración (expte. 3659/2022) que insta a suscribir y ratificar el TIDJ, fue
presentado por la diputada Virginia Cornejo (PRO, Salta).
La CIDJ, en su
artículo 5° establece el principio de no discriminación basado en la
“orientación sexual”, entre otras categorías y en el art. 6° garantiza el
“derecho a la igualdad de género”.
El art. 14
reconoce el “derecho” a la “propia identidad, consistente en la formación de su
personalidad, en atención a sus especificidades y características de sexo”,
entre ellas, la “orientación sexual”.
El art. 23
garantiza el “derecho a la educación sexual” en todos los niveles educativos y
el art. 25 el “derecho” de los jóvenes a la “confidencialidad” “en lo relativo
a su salud sexual y reproductiva”.
La adopción de la
Convención por parte de los gobiernos iberoamericanos en 2005, fue alentada por
un “auge neomarxista –‘progresista’-, que tiene en común con la derecha
políticamente correcta su pansexualismo” (Noticias Globales 740, 7/10/2005).
En el año 2008,
cuando este tratado entró en vigor, el P. Juan Claudio Sanahuja, escribía:
“Esta Convención es un instrumento más de la reingeniería social anticristiana
apadrinado desde su gestación principalmente por el Fondo para la Población de
las Naciones Unidas (FNUAP-UNFPA) y por el Partido Socialista español (PSOE).
Entre los supuestos derechos que “consagra” el documento aparecen: salud sexual
y reproductiva (aborto encubierto), orientación sexual (homosexualidad),
perspectiva de género, educación sexual, confidencialidad en temas de
sexualidad (abolición de la patria potestad en cuestiones que se refieren a la
sexualidad de los menores), etc”. (Noticias Globales 897, 4/06/2008).
Esas advertencias
-hechas antes incluso de que la CIDJ fuera adoptada- quedaron explicitadas a
fines del 2016 con el “Protocolo Adicional”, que “actualiza” la Convención,
“ampliando” y “especificando” los “derechos” reconocidos en ella. Por ejemplo,
el art.3 del Protocolo puntualiza:
1. Las personas
jóvenes tienen derecho a elegir y expresar libremente su orientación sexual e
identidad de género.
2. Los Estados
Parte se comprometen a prevenir y sancionar todas las formas de discriminación
contra las personas jóvenes por motivos de orientación y/o identidad de género
3. Los Estados
Parte se comprometen a fomentar programas de educación y concientización para
las personas jóvenes en cuestión de orientación sexual e identidad de género.
Si bien Argentina
tiene leyes que contemplan la “orientación sexual” y la “Identidad de género”,
no ha suscripto hasta el presente ningún tratado internacional que las incluya
y sería grave que lo haga, ya que, a partir de la reforma de 1994, la
Constitución Nacional le reconoce a los tratados una jerarquía superior a la de
las leyes (art. 75 inc 22).
Sorprende que
Virginia Cornejo remate los fundamentos generalizando: “los Diputados de Juntos
por el Cambio, consideramos útil y necesario en extremo, que a los efectos
prácticos el presente proyecto sea suscripto a la brevedad”, cuando su espacio
político se negó a firmar el Tratado porque, “tanto a nivel universal como
regional, ya existen normas que protegen los derechos de estas personas”. Según
consta en la nota que la Cancillería -que por entonces encabezaba Jorge Faurie-
elevó al Congreso (PE387/19) en respuesta a un Pedido de Informe presentado por
la Senadora kirchnerista Eugenia Catalfamo (S-2581/18).
Entre los motivos
por los que el Gobierno de Cambiemos no iba a suscribir el TIDJ, la Cancillería
apuntaba: “La posición tradicional de nuestro país en la materia ha sido la de
evitar desagregar y/o reglamentar el contenido de las normas de derechos
humanos universalmente reconocidas a través de nuevos instrumentos
internacionales”.