DON BOSCO

DON BOSCO
"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

Jornada Mundial de la Paz




MENSAJE DE SU SANTIDAD
BENEDICTO XVI



1 DE ENERO DE 2012



EDUCAR A LOS JÓVENES EN LA JUSTICIA Y LA PAZ




1. El comienzo de un Año nuevo, don de Dios a la humanidad, es una invitación a desear a todos, con mucha confianza y afecto, que este tiempo que tenemos por delante esté marcado por la justicia y la paz.

¿Con qué actitud debemos mirar el nuevo año? En el salmo 130 encontramos una imagen muy bella. El salmista dice que el hombre de fe aguarda al Señor «más que el centinela la aurora» (v. 6), lo aguarda con una sólida esperanza, porque sabe que traerá luz, misericordia, salvación. Esta espera nace de la experiencia del pueblo elegido, el cual reconoce que Dios lo ha educado para mirar el mundo en su verdad y a no dejarse abatir por las tribulaciones. Os invito a abrir el año 2012 con dicha actitud de confianza. Es verdad que en el año que termina ha aumentado el sentimiento de frustración por la crisis que agobia a la sociedad, al mundo del trabajo y la economía; una crisis cuyas raíces son sobre todo culturales y antropológicas. Parece como si un manto de oscuridad hubiera descendido sobre nuestro tiempo y no dejara ver con claridad la luz del día. (....)

Texto completo en:

Sobreseimiento para todos

Por Ricardo Roa: EDITOR GENERAL ADJUNTO DE CLARIN

Si se guía por la estadística, Ricardo Echegaray, el poderoso jefe de la AFIP, puede dormir tranquilo. En los últimos cinco años, sobre un total de 750 casos por corrupción, sólo se condenó a 15 personas, casi todos funcionarios de segunda línea. En promedio, estas causas duran una eternidad: 14 años.

Y dos de cada diez prescriben.

Es lo que acaba de ocurrir con la famosa Escuela Shopping, un escándalo que estalló cuando Carlos Grosso era intendente.

En la madrugada del 30 de diciembre de 1990, el Concejo Deliberante adjudicó 17 locales comerciales a construir en la planta baja de un colegio. El expediente pasó por las manos de ocho jueces. Resultado obvio: se cayó todo.

También fue una causa larguísima la que se le siguió a Claudia Bello, otra ex funcionaria y figura arquetípica del menemismo.

Contrató en forma directa una campaña sobre el cambio del milenio, el llamado efecto Y2K. Gastó nada menos que 9 millones de dólares.

La semana pasada fue absuelta.

Ese mismo día, el sobreseimiento para todos alcanzó a la propia Presidenta: el juez Ercolini sostuvo que no era incompatible con la función pública haber alquilado un hotel de su propiedad en El Calafate a un empresario contratista del Estado. Los alquileres sumaron más de $ 12 millones entre 2007 y 2008 y fueron uno de los argumentos de los Kirchner para justificar parte del fenomenal aumento de su fortuna.

Echegaray es otro fiel testimonio de que la caridad bien entendida empieza por casa. Está investigado, entre otras cosas, por subsidiarse a sí mismo cuando manejaba la ONCCA.

Con fondos públicos, se entiende. Y ahora aparece salpicado en una denuncia contra una de sus principales colaboradoras, una subdirectora de la AFIP (Ver: AFIP: una colaboradora de Echegaray, investigada por negocios paralelos).

Si la Justicia va a paso de tortuga, el Congreso corre a la velocidad de un tren bala: de un saque aprobó 12 leyes, todas muy importantes y todas sin tocarles una coma. Jueces que no sancionan la corrupción y legisladores que levantan la mano sin chistar.

Es la sintonía fina institucional.

Clarín, 2-1-12

Un estudio jurìdico asegura que el P. Grassi es inocente



La Conferencia Episcopal Argentina le encargó al jurista Marcelo Sancinetti, uno de los más reputados penalistas del país, un análisis de la causa de Julio César Grassi, que concluyó que el sacerdote es inocente de los cargos de abuso sexual contra menores a su cargo, por los que fue condenado a 15 años de prisión.

Así lo revelaron fuentes judiciales, que precisaron que la tarea fue encomendada durante el mandato del cardenal Jorge Bergoglio y se tradujo en dos libros, uno vinculado con los "hechos referidos a HOJ" y el otro con los "referidos a OA", las iniciales de las dos presuntas víctimas de Grassi.

El abogado querellante en la causa, Juan Pablo Gallego, confirmó la existencia de esos trabajos y denunció que fueron "allegados a distintos escritorios de magistrados" de la Suprema Corte bonaerense, "con el fin evidentemente de provocar presión a la hora de decidir" sobre la condena al sacerdote.

En declaraciones al canal digital 360 TV, Gallego describió que se trata de "un libro muy bien ilustrado... que indica que no están dispuestos a aceptar ningún fallo del Estado Secular y que la justicia kirchnerista es la justicia más parcial desde el regreso de la democracia".

"Las presiones que se han ejercido y se ejercen sobre la justicia, hoy sobre la corte provincial que se apresta a decidir, hablan de un poder que no sabemos hasta donde llega. Pero hay recursos ingentes e interminables para defenderlo", añadió.

Esta agencia pudo constatar la existencia de ambos libros, titulados "Estudios sobre el 'caso Grassi'", sin pie de imprenta visible, fechado en "Buenos Aires, 2010" y con la aclaración de que se trata de una "versión provisional, sujeta a modificaciones y complementaciones", elaborada a modo de "edición privada para los comitentes: la Conferencia Episcopal Argentina".

La contratapa de uno de esos volúmenes aclara textualmente: "La Conferencia Episcopal Argentina encomienda la realización de un dictamen al profesor Marcelo A. Sancinetti, consistente en un estudio del procedimiento en el que fue perseguido penalmente, enjuiciado y condenado respecto de dos hechos de abuso sexual (referidos a un denunciante) y absuelto por muchos otros (referidos a otros dos denunciantes), el Reverendo Padre Julio César Grassi".
"El cometido fue entendido en el sentido de que se emitiese una opinión objetiva y según el leal saber y entender del jurista -es decir, una opinión científicamente fundamentable, según los principios del Estado de Derecho y las normas de Derecho penal material y procesal aplicables al caso- sobre la regularidad del procedimiento que concluyó en el juicio", explica el documento.

El texto manifiesta la voluntad de conocer "especialmente acerca de si la sentencia parcialmente condenatoria y parcialmente absolutoria, confirmada en la instancia de casación, es consistente tanto en lo uno como en lo otro, incluido en este cometido especialmente la valoración de la prueba".

Sancinetti, uno de los juristas "de nota" más reconocidos en el fuero penal de la Argentina, había realizado un trabajo similar sobre la situación del fallecido empresario Alfredo Yabrán, y defendió en el proceso de juicio político al ex juez de la Corte Suprema Antonio Boggiano, un hombre de fuertes lazos con la Iglesia Católica.

En febrero pasado, la procuradora general ante la Suprema Corte bonaerense, María del Carmen Falbo, emitió un dictamen -que trascendió en los últimos días- en el que aconsejó al máximo tribunal provincial condenar a Grassi por todos los hechos por los que había sido acusado, y no sólo por los dos por los que fue condenado.

La Suprema Corte debe pronunciarse sobre el fallo condenatorio, pero no tiene plazos establecidos para ello.

DyN

diario7.com.ar/

Bielsa al SEDRONAR,



en medio de la crisis con el GAFI


Por Alexis Di Capo para el Informador Público

La designación de Rafael Bielsa como nuevo titular de la SEDRONAR, sorpresiva como es del gusto de CFK, tiene múltiples lecturas. Durante casi seis años, Aníbal Fernández y el antecesor de Bielsa, José Granero, protagonizaron un interminable duelo. El primero, junto con la fiscal Mónica Cuñarro, fue el portaestandarte de la despenalización del consumo de drogas, en tanto que Granero, más identificado con las posturas de la DEA, se sostuvo en su cargo como una excepción al discurso progresista que en este tema es bastante uniforme.

De más está decir que Bielsa, por su alto conocimiento público, levantará el perfil de un área que hasta ahora el gobierno ha preferido no publicitar demasiado. Es que las estadísticas de los últimos tres años, que colocan a la Argentina en el mismo porcentaje de consumo de cocaína que los EEUU, son tan negativas como la escalada del narcotráfico en el territorio nacional. El aumento de las incautaciones de droga por las fuerzas de seguridad es una prueba contundente de ello. Lejos de ser una buena noticia, esto significa que el tráfico sigue en aumento, porque la proporción entre éste y las cantidades de droga secuestradas es más o menos estable.

En materia de internas, el rescate de Bielsa, que se fue de la cancillería en el 2005 en malas relaciones con el matrimonio Kirchner, también tiene su significado. Si le va bien en su nuevo cargo, el ex canciller podría ponerse una vez más en carrera para la gobernación de Santa Fe en el 2015, luego de ser derrotado en mayo de este año por Agustín Rossi en la interna abierta del Frente para la Victoria. En este sentido, Rossi no tendría ningún motivo para festejar la designación de Bielsa. Tampoco en la Jefatura de Gabinete sería muy bien recibido el nuevo titular de la SEDRONAR. Bielsa fue un destacado lobista de intereses mexicanos en el país y rivalizó con Juan Manuel Abal Medina padre en negocios relacionados con Carlos Slim. Estas diferencias se traspasaron al plano personal y ambos protagonizaron un escándalo con insultos cruzados en el comedor del hotel Plaza tres años atrás.

Presiones desde el primer día

No es casual que en este momento quede a cargo de la política antidroga un diplomático como Bielsa. La tensión entre la Casa Rosada y el GAFI no cedería tan fácilmente. Y hasta habría indicios de que el organismo antilavado una vez más no estaría conforme con la nueva ley antiterrorista que es criticada tanto por izquierda como por derecha.

Es previsible que Bielsa se convierta entonces en un equilibrista en el juego internacional de este tema, pero también en el marco interno. Como describe la nota que publicamos a continuación, ya empezaron las presiones sobre Bielsa por parte del lobby que dirige Horacio Verbitsky, generándose entonces previsibles reacciones.


Emilio Ruchansky (vocero de Horacio Verbitsky) presiona a Rafael Bielsa desde Página 12


Por Claudio Izaguirre
Asociación Antidrogas de la República Argentina

El Señor Ruchansky es conocido por su postura pro liberalizadora de las drogas, y ha venido hostigando a todas aquellas personas que luchamos contra el narcotráfico. Lo ha hecho, a partir de la confección y el montaje de escenarios dialécticos, tanto en el diario Página 12 como en la revista THC. El activista liberalizador ha elegido no ejercer el periodismo ecuánime y cuidado, para convertirse en columnista de la droga libre, tal cual se lo sugiere su patrón Horacio Verbitsky. Este ya había utilizado -estratégicamente para idéntico menester- a Román Lejman y Hernán López Echagüe en otros momentos.

Es evidente que Emilio Ruchansky no pudo sacar de boca de Rafael Bielsa ninguna promesa referida a la liberalización de las drogas durante la escueta comunicación telefónica que mantuvieron hace pocas horas. Finalmente, aprovechó el tema para hacer una semblanza del saliente Dr. José Ramón Granero, dejándolo involucrado en la importación de efedrina, cuyo control real siempre estuvo bajo la órbita del ahora senador Aníbal Fernández. El legislador -como es públicamente conocido- es el verdadero estratega en la despenalización de la tenencia de drogas.

En un claro tono de amenaza, advirtió Ruchansky: “Granero venía nadando a contracorriente del cambio de paradigma que el Gobierno Nacional planteó en la cumbre realizada en Viena”. Así, condiciona al ex Canciller a reencauzar su programa de acción, que podría dejarlo enfrentado con los periodistas de Pagina 12 y sus adláteres.

En el escrito, el periodista devenido en activista vuelve a presionar al ex Ministro de Relaciones Exteriores con una frase singular: “acérrimo opositor de la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal, que fue avalada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2009, Granero quedó aislado dentro del Gobierno Nacional, cuyos ministros prefirieron trabajar en otra dirección”.

En esta última sentencia, Emilio Ruchansky eligió la mentira para dar fuerza a sus dichos al declamar que “los ministros prefirieron trabajar en otra dirección” y que “Granero quedó aislado”. Es el método que ha elegido para decirle a Bielsa, entre líneas, que ni se le ocurra pensar como su antecesor porque correrá idéntica suerte, siendo atacado desde los medios de comunicación liberalizadores.

Finalmente, el santafesino Rafael Bielsa ingresa a la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico, con condicionamientos impuestos desde el diario Página 12, por un activista que escribe bajo el ordenamiento estructurado de Aníbal Fernández y Horacio Verbitsky.

La nota puede accederse en:

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-184453-2011-12-30.html












Peligroso avance del totalitarismo gay



Por P. Juan C. Sanahuja

El 15 de diciembre, se conoció el primer informe de Naciones Unidas sobre los supuestos derechos humanos de lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT), que lleva por título: “Leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad de género”.



El informe incorpora la reinterpretación de la Declaración Universal de Derechos Humanos según la cual ésta incluye los supuestos derechos a la “orientación sexual” y a la “identidad de género”.
La reinterpretación fue anunciada, este año, por el Secretario General de la ONU, Ban ki-moon (vid. NG 1097) y plasmada por el Consejo de Derechos Humanos (vid. NG 1114). En su momento, la Santa Sede la rechazó enérgicamente porque alienta la persecución hacia quienes no aceptan el estilo de vida homosexual.



El texto reclama a los estados miembros evitar toda forma de trato objetivamente injusto, como los asesinatos, los secuestros, las privaciones arbitrarias de la libertad, etc, contra de las cuales, en todo país civilizado, existen normas jurídicas generales que protegen a todos los ciudadanos y no sólo a los homosexuales. Pero además, avanza exigiendo el reconocimiento de supuestos derechos con el propósito de imponer el estilo de vida gay en todo el mundo.



Impregnar de homosexualismo todos los ámbitos
Para dar cabida a los supuestos derechos de los gays, lesbianas y transexuales el informe reinterpreta todo el sistema de derechos humanos de la ONU, usando las numerosas observaciones generales y recomendaciones a estados particulares, emanadas de los comités de seguimiento de los tratados de derechos humanos, que tergiversan los textos de esos instrumentos internacionales, por ejemplo, los Pactos de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.



El informe reprueba el uso de términos como "delitos contra la naturaleza", "moralidad" o "libertinaje" aplicados al estilo de vida gay. En el texto aparecen menciones al “fundamentalismo”, a “extremistas religiosos, grupos paramilitares, neonazis y nacionalistas extremistas”, unificando así a todos los que se oponen -justa o injustamente- a las pretensiones de los grupos LGTB.



La enumeración de las supuestas discriminaciones abarca las siguientes áreas:
-Empleo: entre otras cosas, obligaría una escuela a no prescindir de un maestro travestido.
-Educación: entre otras cosas, no se podrá denegar el ingreso o expulsar a un alumno por su “orientación sexual o expresión de género”. “Las autoridades escolares y educativas deberán integrar los principios de no discriminación y diversidad en los planes de estudios y en el lenguaje utilizados en las escuelas. La educación sexual debe comprender el derecho a recibir información amplia, exacta y apropiada sobre la sexualidad humana para que los jóvenes tengan acceso a la información necesaria para llevar una vida sana, adoptar decisiones con conocimiento de causa y protegerse a sí mismos y proteger a los demás de las infecciones de transmisión sexual. Los medios de comunicación también tienen un papel que desempeñar eliminando los estereotipos negativos sobre las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans, en particular en los programas de televisión populares entre los jóvenes”.
-Salud: debe darse cabida a “las necesidades específicas de las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans”. Debe desecharse toda “terapia reparadora” de la condición homosexual, por “ser potencialmente perjudicial y contribuir al estigma”. Los trans deben contar con cirugía de reasignación de sexo gratuita. No podrá argumentarse con “presuntas amenazas a la salud pública, o a la moral” para restringir la información sobre la orientación sexual; ni acudir al concepto de "decencia", porque puede tener un efecto perjudicial en las iniciativas de salud pública, incluso en relación con la transmisión del VIH/SIDA.
-En la familia y en las comunidades: se deberá reconocer social y jurídicamente a las parejas homosexuales, lo que implica el “derecho” a la libertad matrimonial y al divorcio, que deberán ser reconocidos por las “entidades del sector privado, como los prestatarios de servicios de atención de la salud y las compañías de seguros”.
-Reconocimiento de la identidad género: Los trans deben poder “obtener el reconocimiento legal de su género preferido, incluida la modificación del sexo y el nombre en los documentos de identidad”.
Países “ejemplares”
El informe menciona elogiosamente a España y Honduras porque han nombrado fiscales especiales para investigar y enjuiciar casos de discriminación por orientación sexual e identidad de género; a Alemania, Brasil, Ecuador, Holanda y Uruguay, porque han utilizado los Principios de Yogyakarta “para orientar las respuestas de políticas a los incidentes de violencia y discriminación”; a Argentina por su protección a los trans y, por último, Brasil merece una segunda mención positiva: “En el Brasil, el Gobierno ha respaldado una campaña de educación pública bajo el eslogan ‘Brasil sin homofobia’".
Para terminar, vale la pena tener en cuenta las declaraciones de Charles Radcliffe, autor principal del informe y jefe de sección de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos: “todas las personas tienen libertad religiosa, pero las creencias religiosas o los valores culturales predominantes no pueden justificar despojar a otros de sus derechos básicos".
El informe será tratado por el Consejo de Derechos Humanos en marzo del próximo año.


NOTICIAS GLOBALES, 26-12-11

Otro ataque a la libertad religiosa



Por P. Juan C. Sanahuja


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, publicó el 21 de diciembre, el informe Acceso a la Información en Materia Reproductiva desde una Perspectiva de Derechos Humanos, recomendando a los estados americanos mejorar y profundizar la divulgación entre las mujeres de información sobre los servicios de salud sexual y reproductiva: métodos de planificación familiar, anticoncepción oral de emergencia, esterilización y aborto legal. El informe fue publicado gracias al apoyo financiero de España y Finlandia, según consta en la carátula del mismo.


El informe se basa en documentos de la misma CIDH y de los organismos de derechos humanos de la ONU, por ejemplo: del Comité de los Derechos del Niño, Observación General 3, El VIH/SIDA y los derechos del niño, 17-03-2003; Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), Recomendación General n° 24, La Mujer y la Salud; Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, Observación General n° 14, 11-08-2000; Informe del Relator Especial Paul Hunt, El derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, 16-02-2004; etc. Toda esta bibliografía forma parte de la reinterpretación de los derechos humanos, instrumento para la imposición de la reingeniería social anticristiana.


La objeción de conciencia
El informe reafirma la “autonomía reproductiva” de las mujeres, las jóvenes y las niñas, con absoluta independencia de los cónyuges, en el caso de las mujeres casadas, y de los padres, en el caso de las jóvenes y las niñas.
En este contexto el aborto es considerado un derecho, aún a costa de los dictados de la conciencia del personal de los servicios de salud y de los funcionarios del área de la salud pública. Citando el informe del ex-Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la salud, Paul Hunt, dice: “algunas opiniones tradicionales en materia de sexualidad obstaculizan a la prestación de servicios de salud sexual y reproductiva, como el suministro de información fiable, y tienen un efecto especialmente nocivo para los adolescentes”.


Por eso, lo que destaca de este informe como recomendaciones más inicuas son, en primer lugar, la recomendación de obligar al personal médico o farmacéutico objetor de conciencia a derivar (referir) a otros que los provean a las mujeres que demanden servicios de salud reproductiva que ellos no estén dispuestos a dar. Dice el informe: “si una mujer requiere información y servicios de planificación familiar y/o sobre otros servicios de salud reproductiva legales, y el profesional de la salud tiene sus propias convicciones respecto de la utilización de dichos servicios, está en la obligación de referir a la paciente a otro proveedor de salud que pueda proveer dicha información y servicios”, es decir, el objetor se convierte en cómplice del aborto, de la esterilización, o de la distribución de abortivos.


En segundo lugar, destaca la recomendación que dice: “la objeción de conciencia no es un derecho del cual son titulares las personas jurídicas o el Estado, sólo es posible reconocerlo a personas naturales”, es decir, se niega el derecho a no brindar “servicios” inmorales a hospitales, clínicas, compañías de seguros médicos. Si esta recomendación se hace efectiva las instituciones católicas de salud estarían en la disyuntiva de hacer abortos y distribuir abortivos o desaparecer. La imposición de Obama a los servicios de salud católicos de USA de proveer medios de salud reproductiva (aborto) a partir de 2012, y el cierre de las agencias católicas de adopción en ese país y en el Reino Unido por negarse a entregar niños en adopción a parejas homosexuales, son antecedentes a tener en cuenta.
El informe de la CIDH, es una manifestación más del avasallamiento a la libertad religiosa, que desde hace tiempo es objetivo del nuevo orden mundial.

NOTICIAS GLOBALES,29.12.11

La deuda pública y el Presupuesto 2012


Por Héctor GIULIANO (26.12.11).


El Congreso acaba de aprobar – sin modificaciones – el Proyecto de Ley de Presupuesto enviado por el Poder Ejecutivo para el Ejercicio 2012.

El objeto de este Trabajo es analizar qué aprobó específicamente el Poder Legislativo en materia de Deuda Pública para el año que viene a través de este presupuesto.


SUPUESTOS MACRO-ECONÓMICOS.

Hay tres variables que interesan en forma directa por su relación con la Deuda del Estado: el Tipo de Cambio, la Inflación (IPC) y el PBI.

En el Presupuesto 2012 el tipo de cambio Dólar está tomado a 4.13 $ para 2011 y 4.40 $ para 2012.

El IPC anual se estima en 9.7 % para 2011 y 9.4 % para 2012; con promedio anual 9.9 y 9.2 % respectivamente.

El PIB proyectado es de 1.771.700 M$ corrientes para 2011 (429.000 MD, al tipo de cambio 4.13 $/US$) y de 2.085.300 M$ para 2012 (474.000 MD al cambio de 4.40).

El aumento previsto del PBI – variaciones reales – es 8.3 % para 2011 y 5.1 % para 2012.

Todo esto, según las proyecciones o supuestos del Presupuesto aprobado.

En función de tales datos pueden hacerse algunas observaciones preliminares sobre estas pautas oficiales.

APRECIACIÓN REAL DEL PESO:

a) La Tasa de Devaluación prevista para 2012 es 6.5 % (4.40/4.13) y 5.6 % para 2011 (4.13/3.91), lo que supone una apreciación del Peso contra Dólar, habida cuenta de las proyecciones de Inflación Interna.

b) La devaluación real para fin de este año – tomando los datos actuales - sería ya nominalmente de 8.3 % (4.31/3.98), según el Índice Peso/Dólar con tipo de cambio 3.976 $ al 31.12.10.

c) Estos coeficientes muestran así una leve apreciación real del peso durante los dos Ejercicios (2011/2012) en función de la Inflación Oficial; pero dan una apreciación mucho mayor si se toma la Inflación más realista del Índice Congreso – que refleja los datos relevados por las provincias y estimaciones de consultoras privadas – y que se estima hoy en el nivel del 23 % anual.

d) El Dólar Futuro se pacta actualmente (cierre del 23.12.11) a 4.413 $ en el Mercado ROFEX (operaciones al 31.3.12) y a 4.786 $ en el MAE (para el 31.10.12), es decir, a importes superiores a las proyecciones presupuestarias.

e) El BCRA tendría una suma muy relevante de contratos de venta a futuro de dólares, del orden de los 12.000 MD.

f) La apreciación cambiaria constituye un componente importante de la capacidad de pago relativa frente a la Deuda Externa, ya que si se produjese una fuerte devaluación del peso la Argentina entraría de nuevo en peligro de default: más del 61 % de la Deuda se encuentra contraída en Moneda Extranjera (el 64 % – 118.200 MD – si se incluye también a los Holdouts), si bien ahora una parte de la misma está en manos de Agencias del propio Sector Público.

g) El año pasado – 2010 – la variación del tipo de cambio permitió mostrar una reducción por este concepto del stock oficial de la Deuda Pública Total de 1.760 MD. La mayor parte de esta variación favorable resultaría de la conversión de la Deuda en Pesos dada su apreciación contra el Dólar.

DEUDA INDEXADA POR INFLACIÓN:

h) Una Inflación Minorista del 9.7 % implica un aumento teórico de la base de Capital de los Bonos en Pesos que ajustan por CER de unos 3.600 MD este año que termina y de otros 3.900 MD el año próximo, medidos ambos sobre un stock de Deuda Indexada equivalente en la actualidad a 37.550 MD (al 30.9.11).

i) El aumento nominal del Principal de la Deuda ajustable por CER daría así aproximadamente 7.500 MD en el bienio 2011-2012.

j) La ONCP, en cambio, combinando los efectos Tipo de Cambio y CER, daba al 30.9.11 una Variación de la Deuda ajustable por CER para el acumulado del año a esa fecha de 530 MD.

k) La gran diferencia entre este acumulado y la estimación nominal anual citada – los 3.600 MD – puede deberse no sólo al efecto Tipo de Cambio sino también al simple hecho que la indexación sobre la mayoría de los títulos ajustados por CER se calcula recién a fin de año. En 2010 el aumento de la Deuda por este concepto de ajuste por Inflación fue de 2.200 MD.

l) Los Bonos indexados por Inflación tendrían una importante licuación de Deuda a favor del Estado en la medida que los Índices Oficiales - del INDEC - sean mucho más bajos que la Inflación calculada por Consultoras Privadas y Provincias Argentinas (que se refleja en el citado Índice Congreso).

m) Este efecto de licuación de Deuda – sobre Capital y consecuente pago de Intereses – es favorable para la Tesorería pero tiene como contrapartida el lucro cesante de los Acreedores de esos títulos en pesos indexados, que en un 65 % se encuentran en poder de Agencias del propio Estado (caso de la ANSES o el BNA).

CUPONES LIGADOS AL PBI:

n) Las altas Tasas de Crecimiento Económico de la Argentina – que obviamente constituyen un dato positivo para el país – producen, sin embargo, un grave problema financiero por el aumento acumulativo de los pagos por Cupones ligados al PBI (ULPBI), cuyo importe total a ser abonado para este año que termina es del orden de los 2.500 MD.

o) Estas cifras son fuertemente crecientes y mayores a la capacidad de atención de los Servicios anuales por parte del Gobierno, que actualmente utiliza Reservas Internacionales del BCRA para afrontar los pagos pertinentes.

La Deuda a pagar por las ULPBI no se computa oficialmente dentro del stock de Deuda Pública porque se la considera Deuda Contingente, si bien su pago es prácticamente seguro dado que se prevé un ritmo de crecimiento económico continuado no menor al 3 % anual, que es el piso de cálculo para el pago.


I. DEUDA Y PRESUPUESTO.

La Deuda Pública Argentina, a medida que van cayendo los vencimientos de Capital durante el año, no se cancela sino que se refinancia en su totalidad; y además se toma Nueva Deuda.

La refinanciación se realiza a través de Operaciones de Administración de Pasivos: Novación de Deudas con el mismo Acreedor o pago al Acreedor contrayendo nueva Deuda con un Tercero (básicamente Agencias del Sector Público).

De esta manera, en los últimos años se ha venido pagando Deuda a Tenedores Privados de Bonos y a Organismos Multilaterales de Crédito a costa de aumentar fuertemente la Deuda Intra-Estado.

El aumento neto de la Deuda Pública se muestra en el Cuadro de Resultado Financiero del Presupuesto.

Para el Ejercicio 2012 el stock de Deuda aumentaría este año (2011) 12.200 MD - producto de Amortizaciones por 31.800 y toma de Nuevas Deudas por 44.000 MD - y el año próximo (2012) el aumento sería de 11.700 MD (40.100 contra 51.800 MD).

En el Presupuesto original para el 2011 las previsiones de aumento de la Deuda en el año eran de 9.400 MD (Nueva Deuda por 36.800 contra Amortizaciones por 27.400 MD). Ahora las estimaciones de aumento han pasado a 12.200.

Estos datos están corroborados por el último Informe de Deuda Pública – SF/ONCP, al 30.9.11 – que ya muestra un aumento acumulado anual del stock de la Deuda a esa fecha de 11.000 MD, de los que 3.000 todavía no aplicados.

Tales cifras demuestran que NO ES CIERTO QUE NUESTRO PAÍS SE ESTÉ DES-ENDEUDANDO: LA DEUDA PÚBLICA VIENE CRECIENDO Y LO HACE A UN RITMO DE MÁS DE 10.000 MD POR AÑO.


DEUDA EN MONEDA EXTRANJERA.

La Deuda Pública en Moneda Extranjera era de 109.000 MD al 30.9.11, es decir, un 62 % de la Deuda Total declarada por el MECON (de 176.000 MD, sin Holdouts ni Deuda no Registrada).

En el total de Deuda en Moneda Extranjera están la Deuda con Organismos Multilaterales de Crédito (OMC, que suma 17.500 MD), la Deuda Externa con los Países del Club de París (que el MECON registra por 6.500 MD aunque al país se le reclaman 9.000), la de otros Acreedores Oficiales y la Deuda en dólares Intra-Estado, que no se sabe cuánto es pero que solamente con el BCRA representa unos 31.300 MD por Letras emitidas a cambio de Reservas Internacionales.

El Presupuesto de Divisas para 2011 tiene un Resultado Financiero negativo de 5.000 MD (producto de Ingresos por 900 MD contra Gastos – prácticamente la totalidad en concepto de pago de intereses - por 5.900) y para 2012 está previsto en 6.400 MD (también negativo, producto de Ingresos por 1.000 MD contra Gastos por 7.400; todos ellos por pago de Intereses de la Deuda Externa).

Esto implica un aumento neto de la Deuda en Moneda Extranjera de 14.100 MD en el bienio 2011-2012.

Tomando Recursos Totales con Fuentes Financieras (Endeudamiento Público) menos Gastos Totales con Aplicaciones Financieras (Amortización de Deuda), el Balance de Divisas del Presupuesto muestra diferencias positivas de 2.700 MD en 2011 y 3.000 MD respectivamente.

Pero estos saldos a favor no derivan de excedentes propios de divisas sino de mayor endeudamiento externo.


DEUDA PÚBLICA POR CAPITAL.

Las Deudas por Capital o Principal – como ya se ha dicho - no se cancelan sino que se refinancian en su totalidad y, además, se toma Nueva Deuda.

El Gasto Público que figura como pago de Servicios de la Deuda – dentro del Gasto Corriente del Estado - corresponde sólo a Intereses, no Amortizaciones de Capital.

Los vencimientos de Capital del Ejercicio – que se refinancian a medida que van venciendo – son 40.000 MD en 2012 y pasan a 43.000 MD en 2013 y a 46.000 MD en 2014.

Además, estas cifras de la Deuda en materia de vencimientos de Capital y también de Intereses – que están tomadas del Proyecto de Presupuesto 2012 - son notablemente superiores a las que muestra la ONCP en sus Informes trimestrales de Deuda Pública, lo que acentúa la importancia de tales diferencias.


INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA.

Según el Presupuesto 2012 los pagos de Servicios por Intereses son de unos 9.000 MD para el año en curso y de 10.200 MD para el Ejercicio próximo. Pasan a 13.000 MD en 2013 y 17.000 MD en 2014.

El 60 % de esos Intereses (6.000 MD sobre el total de 10.200 MD en 2012) se pagan en Moneda Extranjera.

Los Intereses a Pagar que figuran en el Presupuesto no incluyen los Intereses que se capitalizan por Anatocismo, que sumarían otros 1.500 MD. En el año 2010 fueron 1.800 MD.

El pago de 10.200 MD durante el año que viene implica un promedio de 28 MD por día: 1.16 MD - casi 1.2 – que caen por hora que pasa de nuestra vida.


II. AUTORIZACIONES PRESUPUESTARIAS.

La Parte Dispositiva de la Ley de Presupuesto trata sobre las Operaciones de Crédito Público en el Capítulo VII del Título I (Artículos 42 al 59 inclusive), donde se establece básicamente lo siguiente:

El ART 42 autoriza Operaciones de Crédito Público – esto es, toma de nuevas deudas - por 138.200 M$ (equivalentes a 31.400 MD) y el ART 46 Operaciones Adicionales por 9.180 MD: un total de 40.600 MD.

Esta suma corresponde al grueso del endeudamiento previsto para 2012 (que en el Cuadro de Resultado Financiero figura por 40.100 MD).

Los 138.000 M$ corresponden a refinanciación de Servicios de Deuda por Capital que vencen durante el año y se prevé repactarlos a plazos de amortización relativamente cortos: 87.000 M$ a un año o menos, 22.000 a 2 años, 6.000 a 3 años y 23.000 M$ a 4 años. Lo implica que las reestructuraciones previstas no descongestionarían el perfil de vencimientos de las obligaciones del Estado a Corto y Mediano Plazo.

La nueva deuda por los 9.200 MD, en cambio, está prevista para el financiamiento de Obras Públicas, aunque también sus plazos son comparativamente cortos: la mayoría a un año y algunos a tres.

El ART 47 autoriza además Operaciones de Crédito Plurianuales futuras por 22.400 MD: 9.300 MD a contraer en 2013, 8.300 MD en 2014 y un resto de 4.800 MD a posteriori. Se trata también de préstamos para la financiación de proyectos de Obras Públicas e Infraestructura y sus principales plazos de vencimientos van de uno a cuatro años.

Estas sumas de operaciones aprobadas que exceden el Ejercicio 2012 lógicamente no se reflejan en las partidas del Presupuesto del año, pero quedarían ya autorizadas.

El ART 44 fija en 19.000 M$ el monto de Deuda a contraer a Corto Plazo por parte de la Tesorería.

El ART 45 faculta la colocación de Letras del Tesoro por otros 10.000 M$ para ser utilizadas como garantía de la compra de combustibles, importación de Energía Eléctrica, compra de aeronaves y componentes extranjeros/Bienes de Capital.

El ART 43 autoriza en el Ejercicio 2012 la suma de 5.700 MD para el denominado Fondo del Desendeudamiento Argentino (FDA), creado por Decreto 298/10. Este monto, integrado con Reservas Internacionales del BCRA, será destinado a cancelar servicios de Deuda Pública exclusivamente con Tenedores Privados, cosa que no está permitida por la Ley 23.928 de Convertibilidad modificada, que en su Artículo 6 sólo autoriza el uso de reservas para el pago a Organismos Multilaterales de Crédito (OMC).

Se trata de la utilización de Reservas de Libre Disponibilidad (RLD) - exactamente 5.674 MD – que se definen como Reservas que exceden la cobertura de la Base Monetaria.

Pero esta nueva integración del FDA para pago de Deuda Externa con Reservas en el 2012 – aparte del discutible modo de cálculo de esas “reservas excedentes” - presenta ahora un problema adicional: en la actualidad no existen RLD porque el stock de Reservas Internacionales (44.800 MD) es menor que la Base Monetaria que respaldan (49.600 MD), según datos del último Balance semanal del BCRA (al 15.12.11).

Ergo: EL CONGRESO ESTÁ APROBANDO EL USO DE RESERVAS QUE HOY NO EXISTEN y que, además, se han venido usando fuera de los términos de la Ley 23.928, para privilegiar el pago a Acreedores Privados.

En contrapartida por la toma de Reservas, la Tesorería entrega al BCRA Letras Intransferibles a 10 años de Plazo, con pago íntegro al vencimiento. Tales Letras no tienen capacidad de repago demostrada para cumplir en el futuro este tipo de operaciones.

El ART 50 mantiene abierta la Reestructuración de Deuda con los Tenedores de Bonos que no entraron en el Megacanje 2005.

El ART 51 autoriza al Poder Ejecutivo para negociar la reestructuración de las Deudas Externas de las Provincias, convirtiéndose el Gobierno Central en nuevo titular o garante de pago frente a los Acreedores; descontando luego dichos pagos de la Coparticipación Federal de Impuestos de las provincias respectivas.

El ART 52 autoriza Avales del Tesoro por un monto de 28.000 MD (exactamente 27.885). Se trata de nuevas operaciones de Deuda Indirecta - es decir, contraídas por Empresas del Estado, Entes Nacionales y/o Fondos Fiduciarios - para el financiamiento de Obras de Infraestructura y/o Equipamiento.

Comprende una serie de proyectos a cargo del Ministerio de Planificación Federal que suponen la toma de Deudas garantizadas por el Estado Nacional.

Estas deudas indirectas de la Administración Central no están incluidas dentro del Stock Total de Deuda Pública, que al 30.9.11 era oficialmente de 186.000 MD.

No se conoce, en cambio, cuánto es el monto consolidado de la Deuda Pública Indirecta del Estado Argentino.

Hasta aquí las autorizaciones más relevantes en materia de Deuda Pública aprobadas por el Presupuesto 2012


III. PRESUPUESTO Y DÉFICIT FISCAL.

Los comunicados oficiales del MECON últimamente informan el Superávit Fiscal Primario pero omiten destacar que el Resultado Financiero es negativo, es decir, que EL GOBIERNO TIENE DÉFICIT FISCAL.

Según el Presupuesto aprobado este déficit financiero (Recursos Totales menos Gastos totales) será de 11.800 M$ en 2011 y se tendría un leve superávit en 2012, de casi 1.500 M$ (1.446); aunque cabe recordar que el Proyecto de Presupuesto para el 2011 también era originariamente superavitario.

El Resultado Primario previsto para este año (2011) – Recursos menos Gastos, sin contar el pago de los Intereses de la Deuda Pública – es ahora – según el Mensaje del nuevo Presupuesto - de 24.400 M$; y para el 2012 sería de 44.800 M$.

Pero el Resultado Financiero del Ejercicio (Resultado Primario menos pago de Intereses), en cambio, es negativo este año (los 11.800 M$ citados) y prácticamente equilibrado en 2012 (1.500 M$).

Los resultados del Presupuesto, sin embargo, están totalmente condicionados por el problema de las Necesidades de Financiamiento del Estado; o sea, por la Deuda.

El aumento de los Recursos pasa de 413.500 M$ en 2011 a 506.600 en 2012 (22.5 % más) y los Gastos van de 425.300 M$ a 505.100 (18.8 % más); de modo que está previsto una leve desaceleración del incremento del Gasto Público en relación al de los Ingresos.

Esto da los Resultados Primario y Financiero antes citados.

Pero para llegar a estos resultados el Estado Argentino tiene que cubrir Necesidades de Financiamiento por 228.000 M$ (51.800 MD) en el 2012: 176.000 M$ (40.100 MD) para renovar vencimientos de Deuda durante el Ejercicio y 51.600 M$ (11.700 MD) de Nueva Deuda.

Es decir, se tienen que conseguir fondos equivalentes casi a la mitad del Presupuesto Público (228.000/506.600 = 45 %).

Lo que significa que, en ambos ejercicios, EL PRESUPUESTO CIERRA CON DEUDA.


CONSIDERACIONES FINALES.

La mayoría parlamentaria del Gobierno Kirchner le ha permitido lograr la rápida aprobación de la Ley de Presupuesto 2012, sin modificaciones y sin debate.

La Ley renueva las Facultades Especiales o “Superpoderes” del Ejecutivo en materia presupuestaria (ART 5, 8, 9 y 10), que son muy importantes en materia de Deuda Pública porque delegan funciones que la Ley 24.156 de Administración Financiera del Estado y la propia Constitución Nacional reservan al Congreso de la Nación.

A su vez, la existencia ahora de una Ley para el nuevo año convalidaría lo actuado en función del Presupuesto vigente del 2011, que fue dictado por Decreto del Poder Ejecutivo.

Conjuntamente con el Presupuesto, el Congreso sancionó también una batería de leyes conexas, entre las cuales: a) la prórroga del Impuesto al Cheque y otros gravámenes que mantienen la Presión Tributaria para poder sostener los ingresos fiscales, b) la prórroga de la suspensión de las Leyes 25.917 de Responsabilidad Fiscal y 25.152 de Solvencia Fiscal, que dejan sin efecto los topes de aumento del Gasto Público y de la Deuda Pública de Nación, Provincias y Municipios; y c) fundamentalmente, la nueva prórroga de la Ley de Emergencia Económica, que se viene renovando sistemáticamente desde la Crisis de Deuda del 2001.

Este paquete de leyes consagra así nuevamente el principio financiero de que EL PRESUPUESTO CIERRA CON DEUDA PÚBLICA. UNA DEUDA QUE NO TIENE CAPACIDAD DE REPAGO DEMOSTRADA.