El Congreso
aprueba la ley trans y la nueva ley del aborto
(Agencias/InfoCatólica)16-2-23
Los diputados han
dado luz verde este jueves a las enmiendas del Senado sobre la ley trans, que
será firmada por el Jefe de Estado, Felipe VI, y publicada en el Boletín
Oficial del Estado. Igual suerte correrá la nueva ley del aborto.
Ley trans
La ley trans, que
pasa a ser de las más radicales, si no la que mas, en el mundo, permite cambiar
el sexo en el Registro Civil para todos los mayores de 16 años sin necesidad de
requisitos más allá de la voluntad de la persona.
Los menoresentre
14 y 16 años podrán hacerlo con el consentimiento de sus padres o tutores
legales. En el caso de que este no exista dicho consentimiento se nombrará a un
defensor judicial que asista al menor en el proceso.
También
necesitarán autorización judicial para cambiar su sexo en el DNI los niños de
entre 12 y 14 años. Los menores de 12 no podrán cambiar su sexo registral, pero
sí su nombre «por razones de identidad sexual». En el colegio deberán «obtener
un trato conforme a su identidad en todas las actividades que se desarrollen en
el ámbito educativo».
Dado que vale la
simple voluntad de la persona, nadie está obligado a mostrar ningún informe
médico.Tampoco deberá recibir tratamientos médicos o quirúrgicos para cambiar
la apariencia física.
Tres meses para
ratificarse
En un máximo de
tres meses, se citará en el registro a la persona para que ratifique su
decisión y en un mes se dictará el cambio de sexo registral. A los seis meses,
la persona que haya solicitado el cambio de sexo en el registro podría revertir
la situación y que en su DNI conste su sexo anterior.
En cuanto a las
prácticas quirúrgicas de modificación genital, la ley prohíbe las destinadas a
menores de 12 años «salvo en los casos en que las indicaciones médicas exijan
lo contrario en aras de proteger la salud de la persona».
Para los menores
entre 12 y 16 años se permitirán cuando se considere que son lo suficientemente
maduros para llevarlas a cabo.
Terapias
prohibidas
La ley prohibe
cualquier terapia o programa «destinados a modificar la orientación o identidad
sexual o la expresión de género de las personas, incluso si cuentan con el
consentimiento de la persona interesada o de su representante legal».
Ley del aborto
Con la nueva ley
todas las mujeres, incluidas las menores de edad a partir de los 16 años,
podrán abortar durante las primeras 14 semanas de gestación. También se
contempla la posibilidad abortar entre las 14 y 22 semanas de gestación por
causas médicas como malformaciones o posibles riesgos para la salud de la
madre.
Además, elimina
los tres días obligatorios de reflexión y se concederá la baja laboral por la
práctica del aborto
En el caso de
desacuerdo entre una menor de 16 años y sus tutores respecto a la interrupción
del embarazo, se procederá a solucionar la cuestión por la vía civil y con
carácter urgente.
Límites a la
objeción de conciencia
Los objetores de
conciencia al aborto no podrán formar parte de los comités clínicos de médicos
encargados de dirimir la interrupción del embarazo a partir de las 22 semanas
de gestación.
Asimismo, los
profesionales sanitarios implicados en esta práctica que rechacen practicar
abortos por razones de conciencia tendrán que manifestar su decisión con
antelación y por escrito, sin que esto «pueda menoscabar el derecho humano a la
vida, la salud y la libertad de las mujeres que decidan interrumpir su
embarazo».