VIOLENTA DECISIÓN SOBERANA DE POLONIA Y SE CONTRADICE CON
SENTENCIAS DE LA CORTE EUROPEA DE DERECHOS HUMANOS.
Por
Carlos ALVAREZ COZZI
En una resolución aprobada por 455 votos a
favor, 145 en contra y 71 abstenciones, la Eurocámara hace gala de los
argumentos falaces típicos del lobby abortista, señalando que «se calcula que
unas 200.000 mujeres ponen fin a embarazos cada año en Polonia y se
ven obligadas a practicar abortos clandestinos» mediante el uso de
píldoras abortivas y sin supervisión médica profesional.
La resolución añade que «hasta 30.000
mujeres se ven obligadas a viajar cada año desde Polonia al
extranjero para (…) procurarse un aborto», según señala el texto, y
que este acceso «está vinculado al pago de servicios, lo que significa que no
son accesibles a todas las mujeres», con lo que «solo un grupo limitado
puede acceder al aborto seguro».
Los
eurodiputados han condenado enérgicamente la sentencia del Constitucional polaco y el «retroceso en materia
de salud y derechos sexuales y reproductivos» de esta decisión que,
consideran, «pone en peligro la salud y la vida de las mujeres» en el
país.
Además, también han
lamentado que la citada sentencia se dictara «en un momento en
el que las restricciones sanitarias» por el coronavirus «socavan
gravemente el debido proceso democrático» y que «fue pronunciada por jueces
elegidos por políticos de la coalición liderada por el partido Ley y
Justicia (PiS), de quienes dependen totalmente».
El texto
aprobado insta al Parlamento y a las autoridades polacas a que «se
abstengan de cualquier otro intento de restringir el acceso a la salud y a
los derechos sexuales y reproductivos», pues considera que tales medidas «son
contrarias al principio de no regresión con arreglo al Derecho Internacional de
los derechos humanos».
Polonia, estado soberano, no tiene obligación
alguna de acatar la resolución del parlamento europeo. La misma sirve
para constatar que las tesis del Nuevo Orden Mundial en relación con el
aborto son apoyadas por una mayoría aplastante en dicho Parlamento.
Esta posición inadmisible del Parlamento Europeo contra Polonia, se contradice con fallos de la Corte Europea de Derechos Humanos de la misma Unión
(https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002011000200019)
En uno de los fallos, a título de ejemplo, se expresa: “1ª) El derecho a la vida privada (art. 8º CR) no confiere el derecho a abortar (párrafo 214), pero la regulación estatal sobre interrupción del embarazo puede limitar ese derecho. Ahora bien, la terminación del embarazo es una decisión que no pertenece sólo a la vida privada de la mujer, porque está íntimamente conectada con el feto en desarrollo. De ahí que "el respeto al derecho de la vida privada de la mujer debe ser balanceado con otros derechos en conflicto, incluyendo los del niño no nacido" (p. 213).
A partir de
este planteamiento general, la Sentencia distingue los casos de A y B, de un
lado, y el de C, de otro. Las tres demandantes, A, B y C, residían en Irlanda
(A y B eran irlandesas; C, lituana), pero fueron a Reino Unido para abortar. La
diferencia entre las dos primeras y la última es que la situación de ésta podía
entenderse incluida en la única excepción que el ordenamiento irlandés prevé de
prohibición del aborto, la del riesgo para la vida de la madre (ya que estaba
enferma de cáncer), lo que no ocurría en el caso de A ni de B (por más que su
situación personal fuera dramática: embarazo no deseado, carencia de recursos
económicos, complicaciones de salud tras el parto, etc.) En consecuencia, la
Sentencia pasa a distinguir el caso de A y B, por una parte, respecto del de C,
por otra.
Vemos entonces como lo
“políticamente correcto” sigue invadiendo el mundo de las organizaciones
internacionales al servicio del nuevo orden mundial. Los Estados que no han
sucumbido a las presiones de Naciones Unidas ni de otros organismos
internacionales para legalizar el crimen del aborto son contados con los dedos
de una mano. Destacan y honran a sus gobiernos, el Paraguay, Polonia, algún
Estado de los Estados Unidos de América y poco más.
Por nuestra sub-región, la
Argentina se encamina quizás a legalizar el aborto de la mano del gobierno
actual del Frente de Todos del presidente Fernández y de la vice Fernández,
viuda de Kirchner. La plaga de la cultura de la muerte, sigue colonizando a los
Estados, como gusta decir Francisco, y los gobiernos ceden ante las presiones
de las organizaciones internacionales que muchas veces incluso llegan a
condicionar el otorgamiento de préstamos financieros a los Estados que no
aceptan ese colonialismo cultural, como los citados anteriormente.
(http://sotodelamarina.com/2018/02/Q2/20180219Carlos_Alvarez_Cozzi.htm)
Hemos escrito sobre esto, que se resume en
esta técnica para tratar de justificar lo injustificable, siendo el derecho a
la vida un derecho humano inalienable, reconocido por el “jus cogens
internacional”.
La lucha por el Derecho al decir de Ihering
continúa.