DON BOSCO

DON BOSCO
"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

Mons. Fernández acusa a la UNESCO de promover la homosexualidad


La UNESCO, organismo de la Organización de las Naciones Unidas, tiene programado para los próximos 20 años hacer que la mitad de la población mundial sea homosexual, denunció el obispo de Córdoba, monseñor Demetrio Fernández.
Durante la homilía que pronuncio en la misa por la solemnidad de la Sagrada Familia, el Prelado dijo que se enteró de esta política de la UNESCO por un comentario que le hizo el presidente del Consejo Pontificio para la Familia, cardenal Ennio Antonelli, durante un diálogo en Zaragoza.
Para lograr ese cometido, dijo que la UNESCO, a través de distintos programas, como el de Educación para la Ciudadanía, de España, irá implantando la ideología de género, que ya está presente en las escuelas españolas.
Monseñor Fernández explicó que para la ideología de género la persona no nace varón o mujer, sino que elige su sexo "según su capricho" y puede cambiarlo cuando quiera.

"He aquí el último ‘logro’ de una cultura que quiere romper totalmente con Dios, con Dios creador, que ha fijado en nuestra naturaleza la distinción del varón y de la mujer", señaló.

El obispo cordobés defendió la heterosexualidad del ser humano y pidió proteger el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, que se unen para formar una familia abierta "al nacimiento de nuevos hijos".
El Prelado advirtió que desde hace años España tiene uno de los índices de natalidad más bajos del mundo y que, gracias a la anticoncepción y al aborto, "los países occidentales tan orgullosos de su progreso caminan hacia su propia destrucción".
El Obispo de Córdoba dijo que los responsables de este "desierto demográfico" no son solo los legisladores y políticos que aprueban normas antinatalistas, sino también los católicos por haber ocultado o negado la doctrina de la Iglesia sobre la vida.

Córdoba (España), 31 Ene. 11 (AICA)



Cambio de nombre sin cambiar de sexo


La Justicia ordenó darle el DNI de mujer a otro travesti: tiene 20 años. De esta manera, Darío Ángel S. llevará en su documento nacional de identidad el nombre de "Paula Melina".
La decisión se inscribe en la nueva jurisprudencia de reconocer como del “género femenino” a los travestis.

El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital Federal, Guillermo Scheibler, ordenó adecuar los documentos de identidad de un travesti y modificar su nombre originario por otro de mujer, confirmaron fuentes judiciales.
La decisión del magistrado, que se inscribe en la nueva jurisprudencia de reconocer como del “género femenino” a los travestis, fue tomada ante la acción de amparo promovida por Darío Ángel S.
Basado en los elementos de prueba reunidos en el expediente, el juez concluyó que S. nació varón, pero su “identidad de género es femenina” y ordenó que se anotara el apellido precedido por los nombres "Paula Melina".

Darío Ángel S. acudió a la justicia de la ciudad luego de que el 4 de noviembre último la delegación del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas ubicado en Beruti 3.325 de esta Capital, se opusiera a anotar el cambio de nombre y sexo registral.
Darío Ángel S., de 20 años, quien para fundar su pedido invocó el derecho constitucional que impide que alguien sea privado de lo que la ley no prohíbe, expuso que nació en el conurbano bonaerense, donde se crió en un hogar tradicional junto a sus padres y tres hermanos.

El joven contó que "desde muy temprana edad sintió un deseo irrefrenable de vestirse y relacionarse conforme el sexo femenino" y que por eso "comenzó una serie de consultas médicos-psicológicas y un tratamiento de sustitución hormonal por ingesta autoindicada, al no encontrar respuesta en el servicio público de salud".
Ese tratamiento "produjo cambios apreciables y junto a la colocación de implantes mamarios logró su finalidad de alcanzar una razonable feminización física", relató el demandante.

"La posibilidad del cambio o modificación del nombre existe en la legislación y debe ser dispuesto por resolución judicial ante la presencia de “justos motivos” del particular, siempre y cuando no derive de ello una grave afectación de un interés colectivo", consignó Scheibler en su resolución.

El juez citó como ejemplo casos clásicos de cambios de identidad (como el de "Atilio" por "Ateo") y señaló que "se trata de subsanar situaciones en las que el nombre genera en quien lo lleva una situación de mortificación, sufrimiento o vergüenza".

diario7.com.ar/ 29-1-11

El drama político de las cuatro Argentinas


Eduardo Fidanza
(párrafos seleccionados)

Las tomas de tierra con final trágico ocurridas en los últimos días del año pasado provocaron una conmoción social. Esta semana se repitieron las ocupaciones. En diciembre, el Gobierno y la oposición carecieron de una respuesta inmediata e inteligente y, antes de darse cuenta de que debían encarar el problema con un mínimo de consenso, se acusaron de agravar el conflicto mediante la manipulación de los ocupantes.

A raíz de estos hechos recrudeció el debate entre los que afirman que el orden debe subordinarse a las necesidades insatisfechas y no puede restablecerse con represión, y los que sostienen que ante todo el Estado tiene que garantizar la tranquilidad pública y el derecho de los terceros.

Se reavivaron reduccionismos y sesgos ideológicos.
Dos dimensiones, que suelen confundirse, subyacen a estas polémicas. Una es el alcance y la naturaleza de lo legal; la otra es la formalidad o informalidad que poseen las organizaciones sociales. Sostendré que combinando estos términos pueden diferenciarse cuatro países distintos, a la vez imbricados y en dramático conflicto.

El primero es la Argentina legal y formal. El país oficial.
Lo ocupan las instituciones políticas y económicas sancionadas por la Constitución y los códigos. Sus principales agentes son el Estado, el Gobierno, los partidos políticos, los sindicatos, las empresas privadas y los ciudadanos que alcanzan los requisitos materiales y educativos para poseer ese estatus.

En la Argentina oficial se determinan las condiciones y estrategias que deben cumplirse para alcanzar el poder. Y se construyen los relatos sobre el modo apropiado de conducir la nación. Allí el populismo y el liberalismo político sostienen desde hace décadas un debate, nunca saldado e inconducente, acerca de lo que es la buena democracia y el buen capitalismo.

Solapado con la esfera institucional, se desarrolla el país formal e ilegal.
Esta Argentina, a la que llamaré corrupta, representa la contracara de la Argentina oficial. Es el ámbito de la parainstitucionalidad, como lo denomina Carlos March. Allí pululan las agendas ocultas y las prácticas ilegales de todo tipo, avaladas, por complicidad u omisión, por el poder formal público y privado. Si la Argentina oficial es el Dr. Jekyll, ésta es Mr. Hyde.

Por fuera de las instituciones, pero con refinados niveles de organización, existe un tercer país: el ilegal e informal.
Es la Argentina mafiosa. La que fabrica la inseguridad y el crimen. Hace pocos días, en este diario, Juan Tokatlian trazó un preciso diagnóstico de ella. A propósito del contrabando de drogas a España, describió la fatídica "triple P": una coalición de pandillas, policías venales y políticos corruptos, al servicio del delito. ¿Cómo funciona? La mafia hace sus negocios; la policía libera zonas para garantizarle impunidad a cambio de dinero; los políticos se benefician de las transacciones ilegales y las dejan pasar. Esta trama no es una originalidad argentina, recuerda Tokatlian, solo que aquí crece de manera desaforada ante un Estado ausente e ineficaz.

Otra Argentina, perturbadora y soterrada, completa el cuadro. La llamaré la Argentina emergente.
Es la que estalló en Villa Soldati. La conforman los que no se sienten representados por el país oficial y sus instituciones. La mayoría tiene necesidades básicas insatisfechas y severas carencias de salud, educación y vivienda. Son explotados y están expuestos a la manipulación. Se trata de nativos e inmigrantes informales, desprovistos de ciudadanía. Pero cabe preguntar: ¿son también ilegales a los que hay que aplicarles sin más la ley?

En rigor, de acuerdo con los hallazgos recientes de la sociología urbana, los emergentes crean su propia legalidad que cohabita, en tensión, con la lógica jurídica del Estado. El "pluralismo del derecho" o la "interlegalidad", de la que habla esta disciplina, es el producto de la coexistencia, en las grandes ciudades, de culturas y niveles sociales muy dispares.

Las cuatro Argentinas conviven e interactúan de manera circular: la Argentina oficial se desdobla en la Argentina corrupta; la Argentina corrupta tiene vasos comunicantes con la mafiosa; la Argentina mafiosa se infiltra en la emergente; la Argentina emergente presiona e interpela a la oficial.

La Nación, 30-1-11

Francia le dice no al matrimonio homosexual



El Consejo Constitucional francés ha decidido que la prohibición del matrimonio entre dos personas del mismo sexo no viola la Constitución del país, y solo el Parlamento puede decidir un cambio en la legislación, según la resolución publicada en su página web.

Los nueve "Sabios" que lo componen recordaron que según los artículos 75 y 144 del Código Civil, "el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer". Además el órgano francés indicó que el legislador, "en el ejercicio de su competencia, estimó que la diferencia de situación entre las parejas del mismo sexo y las parejas compuestas por un hombre y una mujer podría justificar una diferencia de trato en cuanto a las reglas de derecho de la familia".

"No corresponde al Consejo Constitucional substituir su apreciación (la del legislador) a la hora de tener en cuenta esta diferencia de situación", explicó refiriéndose al Parlamento.

La resolución viene por el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por una pareja de hecho de lesbianas contra esos dos artículos por la falta de seguridad jurídica de sus cuatro hijos.

Corinne Cestino y Sophie Hasslauer, que viven juntas desde hace 14 años, creen que el matrimonio "es la única solución para proteger a sus hijos, poder compartir la autoridad parental, regular los problemas de herencia y custodia ante el eventual fallecimiento de uno de las dos", según el diario Le Figaro.

Según un sondeo de TNS Sofres publicado por Canal +, el 58 por ciento de los franceses se muestran favorables al matrimonio homosexual, frente al 45 por ciento registrado en 2006. La adopción de niños por parte de una pareja homosexual consiguió la aceptación del 49 por ciento, frente al 30 por ciento de 2001.

El matrimonio homosexual está permitido en Europa en Bélgica, Países Bajos, Noruega, Suecia y España. En el resto del mundo, es legal en Sudáfrica, Argentina, Canadá y algunos estados de Estados Unidos.

PARÍS, 29 Ene. 11 (ACI/Europa Press)

Edad de punibilidad

Algunos datos comparativos para tener en cuenta:

Finlandia y Suecia: 15 años

Alemania y Austria: 14 años

Holanda y Grecia: 12 años

Inglaterra: 10 años

Deuda pública nacional

Casi la mitad de la deuda está en manos del propio Estado


El recurso de colocar papeles en organismos estatales –la ANSeS es sólo uno de ellos– para financiar los gastos del Gobierno hizo que casi la mitad de la deuda esté en manos del propio sector público : los últimos datos oficiales, a septiembre de 2010, revelan que sobre una deuda total de U$S 160.890 millones, US$ 76.500 millones están en cabeza del Banco Central, la ANSeS y el Banco Nación, entre otros.

Esto deriva en situaciones paradójicas. Por ejemplo, por el pago de intereses de los bonos que se ajustan por el crecimiento de la economía, este año habrá que pagar $ 36.265 millones. Un 20% de ese monto lo van a cobrar dependencias del propio Estado , como es el caso de la ANSeS y en menor medida el Banco Nación, por los bonos y letras que tienen en su poder. Esto se debe a esas dependencias tienen papeles cuyos intereses se capitalizan o rinden menos que los que están en poder de inversores privados.

Por el otro lado, cuando el INDEC manipula los índices de precios afecta a los bonos que se ajustan por la inflación que, en una gran proporción, ahora están en manos de la ANSeS. Ocurre que, justamente por esa manipulación, los acreedores privados se fueron desprendiendo de los bonos CER.

El mecanismo de financiarse con los excedentes de algunos organismos públicos avanzó en paralelo con la dependencia cada vez mayor del ahorro nacional respecto de la ANSeS. Según el Informe de Política Fiscal Nacional que publicó ayer la consultora Economía y Regiones, “analizando la composición del superávit por organismos públicos, se puede ver con claridad que tanto en 2009 como en 2010 el superávit de la ANSeS representó más del 60% del ahorro anual”.

Pero el trabajo advierte que “durante 2011 se observará una fuerte caída en este tipo de financiamiento , lo cual impactará significativamente en las cuentas nacionales”.

Así, prevé que “el flujo de intereses del Fondo de Garantía de Sustentabilidad apenas crecería 7,5% , alcanzando los 8.600 millones de pesos”. Esto se vincula con una caída interanual de 2 puntos en la suba de la recaudación impositiva, motivada por la desaceleración del crecimiento económico (+ 5,5% del PBI, según la consultora) ante una base de comparación más alta. Además, las utilidades del BCRA llegarían a $ 8.400 millones, apenas un tercio de los $ 23.500 millones devengados en 2010.

Clarín, 28-1-11

Vicio de la dignidad humana y del bien común



MENSAJE DE LOS OBISPOS DEL PERÚ ANTE LAS PRÓXIMAS ELECCIONES GENERALES 2011

Ante las próximas Elecciones Generales 2011, los Obispos del Perú, atentos a la voz de Jesucristo el Buen Pastor, que dice: “Yo he venido para que tengan vida y la tengan en abundancia” (Jn 10, 10), queremos ofrecer a todos los actores del proceso democrático -católicos y ciudadanos en general- algunas reflexiones que ayuden a ejercer el deber electoral con verdad y responsabilidad.

1.- La dignidad de la persona es el centro de la preocupación social de la Iglesia. Ella enseña que, para discernir lo que es más justo y adecuado en orden al bien común, debe tenerse en cuenta la primacía del ser humano, la promoción de sus derechos fundamentales y la inclusión de los más débiles en los proyectos de desarrollo. La Iglesia considera el ejercicio de la política como un servicio a la nación. Es fundamental que se analicen las propuestas de los candidatos para garantizar estos principios.

2.- El desarrollo social debe fundarse en el respeto y la promoción de los derechos humanos, el acceso a los servicios básicos de salud, nutrición, agua, educación, vivienda y seguridad ciudadana, especialmente de los más pobres. Las mejores condiciones económicas que el país experimenta deben llegar cuanto antes a los que todavía se encuentran en la pobreza o la marginación.

3.- El ejercicio de la democracia debe respetar los principios éticos y morales vinculados a la promoción del bien común. Por ello, sin expresar preferencia por ninguna de las propuestas electorales, tenemos el deber de orientar a los fieles en aquellos planteamientos que, por sus implicaciones religiosas y morales, contradicen las enseñanzas de la Iglesia (cfr. Compendio de la Doctrina Social de Ia Iglesia, n.424).

4.- Invitamos a estar alerta ante las propuestas que atentan contra la ley natural, el respeto a la dignidad humana, la verdad y la práctica de la justicia. Ir contra estos principios es desconocer nuestra realidad natural. Intentar cambiarlos traerá graves consecuencias para la sociedad, y los perjudicados siempre serán los más débiles. Por ello, el respeto y la defensa de la vida desde el primer instante de su concepción hasta su muerte natural es irrenunciable en todo planteamiento. No se pueden aceptar bajo ningún argumento el aborto, la eutanasia o la manipulación genética.

5.- El matrimonio es la base de la familia y de la sociedad y tiene una importancia fundamental para el auténtico desarrollo. Por su origen divino, posee unas características propias e irrenunciables. “Creó, pues, Dios al ser humano a imagen suya, a imagen de Dios lo creó; varón y mujer los creó” (Gen 1,27). El matrimonio no es una unión cualquiera entre personas. Es la unión estable e indisoluble de un hombre y una mujer que se complementan y se entregan recíprocamente en una relación abierta a la vida. “Lo que Dios ha unido que no lo separe el hombre” (Mt 19,6). También es reconocido así el matrimonio por las grandes culturas y por la Constitución Política del Perú. Ninguna otra realidad se le puede equiparar. Es responsabilidad de todas las instancias de la sociedad promover cuanto contribuya el bien del matrimonio y de la familia.

6.- El vicio de la corrupción continúa socavando el desarrollo social y político de nuestro pueblo. Ha faltado la voluntad tenaz y el compromiso ejemplar de nuestras autoridades, la vigilancia y la colaboración eficaz de todos los ciudadanos y sobre todo, nos está faltando una fuerte conciencia ética y moral (cfr. Iglesia en América, 23). El proceso electoral es una ocasión propicia para exigir la presentación de programas que enfrenten con valentía las diversas formas de corrupción, tanto en los poderes del Estado como en los ámbitos de la actividad pública y privada.

7.- Es preciso lograr un saludable equilibrio entre progreso económico y respeto a la naturaleza. Los planes de gobierno han de tener en cuenta la ecología y el uso racional de las riquezas de nuestro país, consultando oportunamente a los pueblos y a las comunidades en cuyo territorio se dan las concesiones de tierras y las licencias de explotación de los recursos naturales. Hay que prevenir así futuros conflictos y enfrentamientos que tanto dolor nos han causado y combatir abusos como el narcotráfico y la depredación de costa, sierra y selva.

8.- Los candidatos deben tener en cuenta que la violencia social no se genera solamente porque exista pobreza, sino porque existe desigualdad. Un reto para las autoridades elegidas es lograr un mayor desarrollo, pero que se vea reflejado en la vida de todos los peruanos, principalmente de los más desfavorecidos. Por eso, las propuestas de gobierno deben expresar un compromiso real con los más necesitados y así mantener la esperanza de nuestros pueblos.

9.- Es tiempo de un diálogo fecundo y alturado que genere espacios de armonía. La transparencia del proceso electoral exige que los electores sean escuchados por los candidatos y que entre estos haya un sereno intercambio de ideas. Así el elector podrá conocer no sólo los contenidos de los programas, sino también la preparación del candidato y la coherencia de su actitud. Por consideración al elector, se han de promover debates que le permitan formarse una opinión sólida y así poder ejercer libre y responsablemente su derecho a votar.

10.-El ciudadano merece respeto e información veraz. Es indigno tratarlo como un objeto que se puede manipular o engañar. La dignidad del votante exige que resplandezca la verdad como elemento esencial para la paz, la convivencia, la democracia y la vida institucional . “La verdad los hará libres” (Jn 8,32)

11.-Los periodistas y los medios de comunicación social han de participar con la máxima responsabilidad en el proceso. Los invitamos a ejercer la libertad de expresión buscando la verdad unida a la justicia y al bien común. Que su información sea objetiva, imparcial, abierta a todos los candidatos, a fin de que las propuestas sean conocidas de manera íntegra y veraz. Más allá de las lícitas actividades publicitarias de la campaña electoral y dejando de lado los cambiantes resultados de las encuestas, se debe privilegiar la correcta información para garantizar una verdadera participación ciudadana.

12.-Los Obispos Latinoamericanos dijimos en Aparecida: “Urge crear estructuras que consoliden un orden social, económico y político en el que no haya inequidad y donde haya posibilidades para todos. Igualmente, se requieren nuevas estructuras que promuevan una auténtica convivencia humana, que impidan la prepotencia de algunos y faciliten el diálogo constructivo para los necesarios consensos sociales” (Documento de Aparecida, 384)

En esta etapa decisiva para el futuro del país, pidamos a Dios que nos ilumine para elegir a los más capaces y con mayor vocación de servicio; que a las autoridades les conceda la sabiduría necesaria para velar por el bien común; y que todos, solidariamente unidos, estemos dispuestos a trabajar por el Perú.

Los Obispos del Perú
Lima, 26 de Enero de 2011

Benedicto XVI: Juana de Arco y el dulce nombre de Jesús



Queridos hermanos y hermanas

hoy quisiera hablaros de Juana de Arco, una joven santa de finales de la Edad Media, muerta a los 19 años, en 1431. Esta santa francesa, citada muchas veces en el Catecismo de la Iglesia Católica, es particularmente cercana a santa Catalina de Siena, patrona de Italia y de Europa, de la que hablé en una reciente catequesis. Son de hecho dos jóvenes mujeres del pueblo, laicas y consagradas en la virginidad, dos místicas comprometidas, no en el claustro, sino en medio de las realidades más dramáticas de la Iglesia y del mundo de su tiempo. Son quizás las figuras más características de esas “mujeres fuertes” que, a finales de la Edad Media, llevaron sin miedo la gran luz del Evangelio en las complejas vicisitudes de la historia. Podríamos colocarla junto a las santas mujeres que permanecieron en el Calvario, cerca de Jesús crucificado y de María, su Madre, mientras que los Apóstoles habían huído y el propio Pedro había renegado tres veces de él. La Iglesia, en ese periodo, vivía la profunda crisis del gran cisma de Occidente, que duró casi 40 años. Cuando Catalina de Siena murió, en 1380, hay un Papa y un Antipapa; cuando Juana nace, en 1412, hay un Papa y dos Antipapas. Junto a esta laceración dentro de la Iglesia, había continuas guerras fratricidas entre los pueblos cristianos de Europa, la más dramática de las cuales fue la interminable “Guerra de los cien años” entre Francia e Inglaterra.

Juana de Arco no sabía ni leer ni escribir, pero puede ser conocida en lo más profundo de su alma gracias a dos fuentes de excepcional valor histórico: los dos Procesos que se le hicieron. El primero, el Proceso de Condena (PCon), contiene la transcripción de los largos y numerosos interrogatorios de Juana durante los últimos meses de su vida (febrero-mayo de 1431), y recoge las propias palabras de la Santa. El segundo, el Proceso de Nulidad de la Condena, o de "rehabilitación" (PNul), contiene los testimonios de cerca de 120 testigos oculares de todos los periodos de su vida (cfr Procès de Condamnation de Jeanne d'Arc, 3 vol. y Procès en Nullité de la Condamnation de Jeanne d'Arc, 5 vol., ed. Klincksieck, París l960-1989).

Juana nació en Domremy, un pequeño pueblo situado en la frontera entre Francia y Lorena. Sus padres eran campesinos acomodados, conocidos por todos como muy buenos cristianos. De ellos recibió una buena educación religiosa, con una notable influencia de la espiritualidad del Nombre de Jesús, enseñada por san Bernardino de Siena y difundida en Europa por los franciscanos. Al Nombre de Jesús se une siempre el Nombre de María y así, en el marco de la religiosidad popular, la espiritualidad de Juana es profundamente cristocéntrica y mariana. Desde la infancia, ella demuestra una gran caridad y compasión hacia los más pobres, los enfermos y todos los que sufren, en el contexto dramático de la guerra.

De sus propias palabras, sabemos que la vida religiosa de Juana madura como experiencia a partir de la edad de 13 años (PCon, I, p. 47-48). A través de la “voz” del arcángel san Miguel, Juana se siente llamada por el Señor a intensificar su vida cristiana y también a comprometerse en primera persona por la liberación de su pueblo. Su inmediata respuesta, su “sí”, es el voto de virginidad, con un nuevo empeño en la vida sacramental y en la oración: participación diaria en la Misa, Confesión y Comunión frecuentes, largos momentos de oración silenciosa ante el Crucificado o ante la imagen de la Virgen. La compasión y el compromiso de la joven campesina francesa ante el sufrimiento de su pueblo se hicieron más intensos por su relación mística con Dios. Uno de los aspectos más originales de la santidad de esta joven es precisamente este vínculo entre experiencia mística y misión política. Tras los años de vida oculta y de maduración interior sigue el bienio breve, pero intenso, de su vida pública: un año de acción y un año de pasión.

Al inicio del año 1429, Juana comienza su obra de liberación. Los numerosos testimonios nos muestran a esta joven mujer con sólo 17 años como una persona muy fuerte y decidida, capaz de convencer a hombres inseguros y desanimados. Superando todos los obstáculos, encuentra al Delfín de Francia, el futuro Rey Carlos VII, que en Poitiers la somete a un examen por parte de algunos teólogos de la Universidad. Su juicio es positivo: no ven en ella nada de malo, sólo una buena cristiana.

El 22 de marzo de 1429, Juana dicta una importante carta al Rey de Inglaterra y a sus hombres que asedian la ciudad de Orléans (Ibid., p. 221-222). La suya es una propuesta de verdadera paz en la justicia entre los dos pueblos cristianos, a la luz de los nombres de Jesús y de María, pero es rechazada esta propuesta, y Juana debe empeñarse en la lucha por la liberación de la ciudad, que tiene lugar el 8 de mayo. El otro momento culminante de su acción política es la coronación del Rey Carlos VII en Reims, el 17 de julio de 1429. Durante un año entero, Juana vive con los soldados, realizando entre ellos una verdadera misión de evangelización. Son numerosos sus testimonios sobre su bondad, su valor y su extraordinaria pureza. Es llamada por todos y ella misma se define “la doncella”, es decir, la virgen.

La pasión de Juana comienza el 23 de mayo de 1430, cuando cae prisionera en las manos de sus enemigos. El 23 de diciembre es conducida a la ciudad de Ruán. Allí se lleva a cabo el largo y dramático Proceso de Condena, que comienza en febrero de 1431 y acaba el 30 de mayo con la hoguera. Es un proceso grande y solemne, presidido por dos jueces eclesiásticos, el obispo Pierre Cauchon y el inquisidor Jean le Maistre, pero en realidad enteramente conducido por un nutrido grupo de teólogos de la célebre Universidad de París, que participan en el proceso como asesores. Son eclesiásticos franceses, que habiendo tomado la decisión política opuesta a la de Juana, tienen a priori un juicio negativo sobre su persona y sobre su misión. Este proceso es una página conmovedora de la historia de la santidad y también una página iluminadora sobre el misterio de la Iglesia, que, según las palabras del Concilio Vaticano II, es “al mismo tiempo santa y siempre necesitada de purificación” (LG, 8). Es el encuentro dramático entre esta Santa y sus jueces, que son eclesiásticos. Juana es acusada y juzgada por estos, hasta ser condenada como hereje y mandada a la muerte terrible de la hoguera. A diferencia de los santos teólogos que habían iluminado la Universidad de París, como san Buenaventura, santo Tomás de Aquino y el beato Duns Scoto, de quienes he hablado en algunas catequesis, estos jueces son teólogos a los que faltan la caridad y la humildad de ver en esta joven la acción de Dios. Vienen a la mente las palabras de Jesús según las cuales los misterios de Dios se revelan a quien tiene el corazón de los pequeños, mientras que permanecen escondidos a los doctos y sabios que no tienen humildad (cfr Lc 10,21). Así, los jueces de Juana son radicalmente incapaces de comprenderla, de ver la belleza de su alma: no sabían que condenaban a una Santa.

La apelación de Juana a la decisión del Papa, el 24 de mayo, fue rechazada por el tribunal. La mañana del 30 de mayo recibe por última vez la santa comunión en la cárcel, y justo después fue llevada al suplicio en la plaza del mercado viejo. Pidió a uno de los sacerdotes que le pusiera delante de la hoguera una cruz de la procesión. Así muere mirando a Jesús Crucificado y pronunciando muchas veces y en voz alta el Nombre de Jesús (PNul, I, p. 457; cfr Catecismo de la Iglesia Católica, 435). Casi 25 años más tarde, el Processo di Nullità, abierto bajo la autoridad del Papa Calixto III, concluye con una solemne sentencia que declara nula la condena (7 de julio de 1456; PNul, II, p 604-610). Este largo proceso, que recoge la declaración de testigos y juicios de muchos teólogos, todos favorables a Juana, pone de relieve su inocencia y su perfecta fidelidad a la Iglesia. Juana de Arco fue canonizada en 1920 por Benedicto XV.

Queridos hermanos y hermanas, el Nombre de Jesús, invocado por nuestra santa hasta los últimos instantes de su vida terrena, fue como la respiración de su alma, como el latido de su corazón, el centro de toda su vida. El “Misterio de la caridad de Juana de Arco”, que tanto fascinó al poeta Charles Péguy, es este total amor a Jesús, y al prójimo en Jesús y por Jesús. Esta santa comprendió que el Amor abraza toda la realidad de Dios y del hombre, del cielo y de la tierra, de la Iglesia y del mundo. Jesús siempre estuvo en primer lugar durante toda su vida, según su bella afirmación: “Nuestro Señor es servido el primero”(PCon, I, p. 288; cfr Catecismo de la Iglesia Católica, 223).

Amarlo significa obedecer siempre a su voluntad. Ella afirmó con total confianza y abandono: “Me confío a mi Dios Creador, lo amo con todo mi corazón” (ibid., p. 337). Con el voto de virginidad, Juana consagra de forma exclusiva toda su persona al único Amor de Jesús: es “su promesa hecha a nuestro Señor de custodiar bien su virginidad de cuerpo y de alma” (ibid., p. 149-150). La virginidad del alma es el estado de gracia, valor supremo, para ella más precioso que la vida: es un don de Dios que ha recibido y custodiado con humildad y confianza. Uno de los textos más conocidos del primer Proceso tiene que ver con esto: “Interrogada sobre si creía estar en la gracia de Dios, responde: Si no lo estoy, quiera Dios ponerme; si estoy, quiera Dios mantenerme en ella” (ibid., p. 62; cfr Catecismo de la Iglesia Católica, 2005).

Nuestra santa vivió la oración como una forma de diálogo continuo con el Señor, que ilumina también su diálogo con los jueces y dándole paz y seguridad. Ella pidió con fe: “Dulcísimo Dios, en honor a vuestra santa Pasión, os pido, si me amáis, de de revelarme como debo responder a estos hombres de la Iglesia”(ibid., p. 252). Juana ve a Jesús como el “Rey del Cielo y de la Tierra”. De esta manera, en su estandarte Juana hizo pintar la imagen de “Nuestro Señor que sostiene el mundo” (ibid., p. 172), icono de su misión política. La liberación de su pueblo es una obra de justicia humana, que Juana cumple en la caridad, por amor a Jesús. El suyo es un bello ejemplo de santidad para los laicos que trabajan en la vida política, sobre todo en las situaciones más difíciles. La fe es la luz que guía ante cada elección, como testificará un siglo más tarde, otro gran santo, el inglés Tomás Moro. En Jesús, Juana contempla también la realidad de la Iglesia, la “Iglesia triunfante” del Cielo, y la “Iglesia militante” de la tierra. Según sus palabras “es un todo Nuestro Señor y la Iglesia” (ibid., p. 166). Esta afirmación citada en el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 795), tiene un carácter verdaderamente heroico en el contexto del Proceso de Condena, frente a sus jueces, hombres de la Iglesia, que la persiguieron y la condenaron. En el amor de Jesús, Juana encontró la fuerza para amar a la Iglesia hasta el fin, incluso en el momento de la condena.

Me complace recordar como santa Juana de Arco tuvo una profunda influencia sobre una joven santa de la época moderna: Teresa del Niño Jesús. En una vida completamente distinta, transcurrida en la clausura, la carmelitana de Lisieux se sintió muy cercana a Juana, viviendo en el corazón de la Iglesia y participando en los sufrimientos de Jesús para la salvación del mundo. La Iglesia las ha reunido como Patronas de Francia, después de la Virgen María. Santa Teresa expresó su deseo de morir como Juana, pronunciando el Nombre de Jesús (Manoscritto B, 3r), la animaba el mismo amor hacia Jesús y hacia el prójimo, vivido en la virginidad consagrada.

Queridos hermanos y hermanas, con su testimonio luminoso, santa Juana de Arco nos invita a un alto nivel de la vida cristiana: hacer de la oración el hilo conductor de nuestros días; tener plena confianza en el cumplir la voluntad de Dios, cualquiera que esta sea; vivir en la caridad sin favoritismos, sin límites y teniendo, como ella, en el Amor de Jesús, un profundo amor a la Iglesia. Gracias.

CIUDAD DEL VATICANO, miércoles 26 de enero de 2011 (ZENIT.org).-


La pobreza llega a ser cinco veces mayor fuera de la Capital


Oliver Galak

Ni la reducción de la pobreza que el país ha experimentado durante la última década por el crecimiento de la economía y el empleo, ni la instrumentación de planes sociales como la asignación por hijo alcanzaron para borrar las enormes desigualdades regionales que reflejan los índices de la realidad social. Un habitante del nordeste argentino, por ejemplo, tiene casi cinco veces más probabilidades de caer bajo la línea de la pobreza que sus compatriotas de la Capital Federal.

Esta situación desigual, que está ligada con los niveles de empleo, educación y formalidad laboral imperantes en cada región, también se reproduce a uno y otro lado de la General Paz: mientras que en la Capital Federal hay un 8,6% de pobres, en los 24 partidos del conurbano bonaerense la tasa asciende al 24 por ciento.

Esos índices corresponden a un informe del Centro de Estudios del Banco Ciudad, basados en estimaciones del costo de la canasta básica, hechas por la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL). Según estos cálculos, la pobreza en los centros urbanos de todo el país asciende al 23,3%, casi el doble del 12% que informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) en su última medición, pero menos de la mitad de los porcentajes que había en 2003. La tasa de indigencia, en tanto, se ubica en el 8,2% de la población (contra el 3,1% que informa el Indec).

Los índices del citado informe son, de todas formas, más reducidos que los estimados por centros de estudios privados. La consultora Ecolatina, por ejemplo, sostiene que son pobres el 30,9% de los habitantes de la Argentina.

Si las tasas estimadas por el Banco Ciudad se proyectan al conjunto de la población, habría unos 10 millones de pobres (9.911.934, 24,7 %), de los cuales 2,6 millones están en la zona metropolitana (con una proporción de casi 10 a 1 entre habitantes del conurbano y porteños) y otros 3 millones en el resto de la región pampeana.

"El norte argentino es la zona más castigada por el flagelo de la pobreza, con tasas superiores al 40% en el Nordeste y cercanas al 34% en el Noroeste. Esto marca que, tras ocho años de fuerte crecimiento, importantes zonas del país continúan socialmente relegadas", sostiene el informe elaborado por el centro de estudios económicos que dirige Luciano Laspina. El estudio postula que, a diferencia de lo que ocurría en los 90, la pobreza no crece ahora de la mano del desempleo, sino de la informalidad laboral y de la inflación.

Coincide en este punto Ernesto Kritz, de SEL Consultores. "En el NOA y en el NEA, hay un peso mayor de la informalidad, y los ingresos de los informales están bastante por debajo de los formales. El grueso de la pobreza hoy está en los que tienen ingresos informales", afirmó.

Más subsidios a la Capital
Curiosamente, las políticas de subsidios del gobierno nacional están más concentradas en el transporte y la energía de los habitantes de la región metropolitana que de las provincias del Norte, donde se paga más por los mismos servicios.

Respecto de las fuertes diferencias en el interior de la región metropolitana, Kritz recordó que los datos de pobreza, elaborados con la Encuesta Permanente de Hogares (EPH), se basan en el lugar de residencia de las personas, no en su lugar de trabajo. Ello significa que no es que en el conurbano la informalidad sea tanto más alta que en la ciudad de Buenos Aires, sino que quienes tienen los empleos formales tienden (con mayor frecuencia que los otros) a residir en la Capital Federal.

En este sentido, Jorge Colina, investigador jefe del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa), advierte que parte de la explicación también hay que buscarla en las diferentes tasas de empleo en los distritos. Así, mientras que en la ciudad de Buenos Aires la tasa de empleo es del 50,9%, en el conurbano cae al 42,7%. Y en el Nordeste sólo llega al 35,1 por ciento.

"Los peores indicadores laborales se dan en el NEA y el NOA. Las tasas de ocupación y de empleo asalariado formal también son inferiores al resto del país -afirma Colina-. La población en esas zonas tiene menores niveles de educación y de formación para el trabajo. Si es un hombre, se termina insertando en un empleo más precario o informal que en la zona metropolitana. Y si son mujeres, ni siquiera participan del mercado laboral."

Según el especialista, estas desigualdades se han mantenido estables en los últimos años. "Posiblemente, la única región que ha mejorado en la última década haya sido la Patagonia, porque la devaluación y el hecho de que tienen commodities con alta inserción internacional llevaron al desarrollo de la industria petrolera", explicó Colina. De hecho, del último censo surge que las zonas donde mayor inmigración hubo fueron las provincias del Sur.

La Nación, 25-1-11

El P. Aguirre continúa su prédica de confusión

En el día de la fecha, el citado sacerdote publica un artículo -que se reproduce a continuación- cuya lectura puede provocar dudas en los católicos con respecto a cuando comienza la existencia de las personas. En efecto, sostiene:
1) Que las autoridades eclesiásticas no deben "afirmar que Dios infunde el alma espiritual racional para ser persona en el instante de la concepción".
2) Que Pío XII en su encíclica "Humani generis", "no afirma el momento de tal infusión, ya que el mismo Tomás de Aquino opinaba que "podría ser cuando el feto tuviera forma humana", es decir, probablemente, desde la implantación del embrión".
3) "El Papa actual sólo recomienda que se trate al embrión "como si ya fuera persona", en forma pedagógicamente tutelar" (no cita la fuente).
Tenemos derecho a deducir que el P. Aguirre actúa de mala fe, pues omite mencionar el último documento de las autoridades eclesiásticas sobre bioética, que es la Instrucción Dignitas personae, de la Congregación para la Doctrina de la Fe, que fuera aprobado expresamente por Benedicto XVI el 20-6-2008.
En el documento mencionado -que se puede leer íntegramente en este blog (etiqueta Bioética)-, se define con precisión el tema que analiza el P. Aguirre:
"El cuerpo de un ser humano, desde los primeros estadios de su existencia, no se puede reducir al conjunto de sus células. El cuerpo embrionario se desarrolla progresivamente según un "programa" bien definido y con un fin propio, que se manifiesta con el nacimiento de cada niño.

Conviene aquí recordar el criterio ético fundamental expresado en la Instrucción Donum vitæ para valorar las cuestiones morales en relación a las intervenciones sobre el embrión humano: «El fruto de la generación humana desde el primer momento de su existencia, es decir, desde la constitución del cigoto, exige el respeto incondicionado, que es moralmente debido al ser humano en su totalidad corporal y espiritual. El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, a partir de ese mismo momento se le deben reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida» (4)".

"Esta afirmación de carácter ético, que la misma razón puede reconocer como verdadera y conforme a la ley moral natural, debería estar en los fundamentos de todo or¬den jurídico [7]. Presupone, en efecto, una verdad de carácter ontológico, en virtud de cuanto la mencionada Instrucción ha puesto en evidencia acerca de la continuidad del desarrollo del ser humano, teniendo en cuenta los sólidos aportes del campo científico.

Si la Instrucción Donum vitæ no definió que el embrión es una persona, lo hizo para no pronunciarse explícitamente sobre una cuestión de índole filosófica. Sin embargo, puso de relieve que existe un nexo intrínseco entre la dimensión ontológica y el valor específico de todo ser humano. Aunque la presencia de un alma espiritual no se puede reconocer a partir de la observación de ningún dato experimental, las mismas conclusiones de la ciencia sobre el embrión humano ofrecen «una indicación preciosa para discernir racionalmente una presencia personal desde este primer surgir de la vida humana: ¿cómo un individuo humano podría no ser persona humana?» . En efecto, la realidad del ser humano, a través de toda su vida, antes y después del nacimiento, no permite que se le atribuya ni un cambio de naturaleza ni una gradación de valor moral, pues muestra una plena cualificación antropológica y ética. El embrión humano, por lo tanto, tiene desde el principio la dignidad propia de la persona" (5).

Es de lamentar que los sacerdotes puedan contradecir públicamente la doctrina católica, sin que las autoridades eclasiásticas adopten ninguna medida al respecto, o, al menos, aclaren a los fieles la recta doctrina.

Córdoba, 24-1-11

Mario Meneghini

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Los jueces y los embriones

José Amado Aguirre (Sacerdote).

“Jueces no deben proteger embriones”, se publicó en La Voz del Interior . Y se añadió por parte del redactor: “la discusión de fondo es si éstos son o no personas”. Esta es la verdadera cuestión jurídica, al margen del tema de si se califica de “niño” al embrión. Dice el diccionario castellano: “La niñez es el período desde el nacimiento hasta la adolescencia”. Entonces queda al desnudo la gran cuestión no aclarada suficientemente ni por la competencia civil ni por la religiosa para tantos cristianos argentinos.

En la competencia jurídica civil, afirma el artículo 70: “Desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas.” Ergo, el embrión ya es persona para nuestro código, y si nace con vida se consolidan sus derechos; ( secus non ) si no, no. Aquí está el inicio de la persona humana. Y más adelante añade el artículo 103: “Termina la existencia de las personas por la muerte natural de ellas.”

Por lo tanto, se podrá discutir desde el ámbito civil si corresponde a algún juez tutelar de oficio o a solicitud de parte interesada la existencia de simples embriones en su condición de embriones (no nacidos).

Hasta se podría cuestionar la licitud del empleo de la pastilla del día después, aún en casos de violación y/o de peligro de muerte. Pero en este supuesto, dicha pastilla no causaría injuria al posible embrión, porque científicamente consta que se toma después del coito, que no significa de por sí que hubo concepción. Un 75 por ciento de embriones se eliminan naturalmente sin conocimiento ni voluntad de la embarazada.

En la competencia civil se incluye el artículo 86 del Código Penal, que despenaliza dos casos concretos de abortos. No se puede negar la licitud de algunos partidarios de legalizar otros casos de abortos. Tampoco se puede impedir que católicos antiabortistas proyecten democráticamente penar todos los abortos.

En cuanto a la competencia religiosa católica, las altas autoridades eclesiásticas no pueden ni deben aceptar la doctrina del artículo 70, puesto que tal calificación de persona se resuelve en el artículo 103. Y toda la doctrina católica afirma dogmáticamente la inmortalidad de la persona.

Tampoco puede ni debe afirmar que Dios infunde el alma espiritual racional para ser persona en el instante de la concepción. El Pontífice que habló más clara y específicamente sobre el origen del homo sapiens fue Pío XII en su encíclica “Humani generis”, donde admite como hipótesis la evolución del cuerpo humano, pero en cuanto al alma espiritual, dogmáticamente afirma la infusión divina a cada ser humano para ser persona. Sin embargo, no afirma el momento de tal infusión, ya que el mismo Tomás de Aquino opinaba que “podría ser cuando el feto tuviera forma humana”, es decir, probablemente, desde la implantación del embrión. El Papa actual sólo recomienda que se trate al embrión “como si ya fuera persona”, en forma pedagógicamente tutelar. Por consiguiente, se podría admitir religiosamente la pastilla del día después en las circunstancias ya señaladas, al menos.

Conclusión: a muchos clérigos no les gusta reconocer lo taxativamente determinado por el Vaticano II respecto a la autonomía de los laicos y sobre todo a la legítima competencia del poder civil sobre todo lo que corresponde al bien común de los ciudadanos. Además. nuestra fe católica ya no se puede imponer; solamente proponer razonable y amorosamente. El número 6 del Vaticano II sobre la libertad religiosa no puede quedar al margen de toda exposición religiosa. El tiempo de las inquisiciones y discriminaciones en nombre de Dios, es una injuria que debemos expiar.

La Voz del Interior, 24-1-11

Instrucción "Dignitas personae"


De la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre algunas cuestiones de bioética

INTRODUCCIÓN

1. A cada ser humano, desde la concepción hasta la muerte natural, se le debe reconocer la dignidad de persona. Este principio fundamental, que expresa un gran "sí" a la vida humana, debe ocupar un lugar central en la reflexión ética sobre la investigación biomédica, que reviste una importancia siempre mayor en el mundo de hoy. El Magisterio de la Iglesia ya ha intervenido varias veces, para aclarar y solucionar problemas morales relativos a este campo. De particular relevancia en esta materia ha sido la Instrucción Donum vitæ.[1] La celebración de los veinte años de su publicación ofrece una buena oportunidad para poner al día tal documento.

La enseñanza de dicha Instrucción conserva intacto su valor tanto por los principios que allí se recuerdan como por los juicios morales expresados. Sin embargo, las nuevas tecnologías biomédicas, introducidas en este ámbito delicado de la vida del ser humano y de la familia, provocan ulteriores interrogantes, en particular, dentro del sector de la investigación sobre los embriones humanos, del uso para fines terapéuticos de las células troncales (o células madre), y en otros campos de la medicina experimental. Esto ha planteado nuevas preguntas que requieren una respuesta. La rapidez de los progresos científicos y la difusión que se les da en los medios de comunicación social provocan esperanza y perplejidad en sectores cada vez más vastos de la opinión pública. Para reglamentar jurídicamente los problemas que van surgiendo a menudo se apela a los cuerpos legislativos e incluso a la consulta popular.

Estas razones han llevado a la Congregación para la Doctrina de la Fe a publicar una nueva Instrucción de naturaleza doctrinal, que afronta algunos problemas recientes a la luz de los criterios enunciados en la Instrucción Donum vitæ y reexamina otros temas ya tratados que necesitan más aclaraciones.

2. En la realización de esta tarea se han tenido siempre presentes los aspectos científicos correspondientes, aprovechando los estudios llevados a cabo por la Pontificia Academia para la Vida y las aportaciones de un gran número de expertos, para con­frontarlos con los principios de la antropología cristiana. Las Encíclicas Veritatis splendor [2] y Evangelium vitæ [3] de Juan Pablo II, y otras intervenciones del Magisterio, ofre­cen indicaciones claras acerca del método y del contenido para el examen de los problemas considerados.

En el variado panorama filosófico y científico actual es posible constatar de hecho una amplia y calificada presencia de científicos y filósofos que, en el espíritu del juramento de Hipócrates, ven en la ciencia médica un servicio a la fragilidad del hombre, para curar las enfermedades, aliviar el sufrimiento y extender los cuidados necesarios de modo equitativo a toda la humanidad. Pero no faltan representantes de los campos de la filosofía y de la ciencia que consideran el creciente desarrollo de las tecnologías biomédicas desde un punto de vista sustancialmente eugenésico.

3. Al proponer principios y juicios morales para la investigación biomédica sobre la vida humana, la Iglesia Católica se vale de la razón y de la fe, contribuyendo así a elaborar una visión integral del hombre y de su vocación, capaz de acoger todo lo bueno que surge de las obras humanas y de las tradiciones culturales y religiosas, que frecuen­temente muestran una gran reverencia por la vida.

El Magisterio quiere ofrecer una palabra de estímulo y confianza a la perspectiva cultural que ve la ciencia como un precioso servicio al bien integral de la vida y dignidad de cada ser humano. La Iglesia, por tanto, mira con esperanza la investigación científica, deseando que sean muchos los cristianos que contribuyan al progreso de la biomedicina y testimonien su fe en ese ámbito. Además desea que los resultados de esta investigación se pongan también a disposición de quienes trabajan en las áreas más pobres y azotadas por las enfermedades, para afrontar las necesidades más urgentes y dramáticas desde el punto de vista humanitario. En fin, quiere estar presente junto a cada persona que sufre en el cuerpo y en el espíritu, para ofrecerle no solamente consuelo, sino también luz y esperanza. Luz y esperanza que dan sentido también a los momentos de enfermedad y a la experiencia de la muerte, que pertenecen de hecho a la vida humana y caracterizan su historia, abriéndola al misterio de la Resurrección. La mirada de la Iglesia, en efecto, está llena de confianza, porque «la vida vencerá: ésta es para nosotros una esperanza segura. Sí, la vida vencerá, puesto que la verdad, el bien, la alegría y el verdadero progreso están de parte de la vida. Y de parte de la vida está también Dios, que ama la vida y la da con generosidad» [4].

La presente Instrucción se dirige a los fieles cristianos y a todos los que buscan la verdad [5]. Comprende tres partes: la primera recuerda algunos aspectos antropológicos, teológicos y éticos de importancia fundamental; la segunda afronta nuevos problemas relativos a la procreación; la tercera parte examina algunas nuevas propuestas terapéuticas que implican la manipulación del embrión o del patrimonio genético humano.


PRIMERA PARTE:

ASPECTOS ANTROPOLÓGICOS, TEOLÓGICOS Y ÉTICOSDE LA VIDA Y LA PROCREACIÓN HUMANA

4. En las últimas décadas las ciencias médicas han avanzado considerablemente en el conocimiento de la vida humana y de los estadios iniciales de su existencia. Se han llegado a conocer mejor las estructuras biológicas del hombre y el proceso de su generación. Estos avances son ciertamente positivos, y merecen apoyo, cuando sirven para superar o corregir patologías y ayudan a restablecer el desarrollo normal de los procesos generativos. Son en cambio negativos, y por tanto no se pueden aprobar, cuando implican la supresión de seres humanos, se valen de medios que lesionan la dignidad de la persona, o se adoptan para finalidades contrarias al bien integral del hombre.

El cuerpo de un ser humano, desde los primeros estadios de su existencia, no se puede reducir al conjunto de sus células. El cuerpo embrionario se desarrolla progresivamente según un "programa" bien definido y con un fin propio, que se manifiesta con el nacimiento de cada niño.

Conviene aquí recordar el criterio ético fundamental expresado en la Instrucción Donum vitæ para valorar las cuestiones morales en relación a las intervenciones sobre el embrión humano: «El fruto de la generación humana desde el primer momento de su existencia, es decir, desde la constitución del cigoto, exige el respeto incondicionado, que es moralmente debido al ser humano en su totalidad corporal y espiritual. El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, a partir de ese mismo momento se le deben reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida» [6].

5. Esta afirmación de carácter ético, que la misma razón puede reconocer como verdadera y conforme a la ley moral natural, debería estar en los fundamentos de todo or­den jurídico [7]. Presupone, en efecto, una verdad de carácter ontológico, en virtud de cuanto la mencionada Instrucción ha puesto en evidencia acerca de la continuidad del desarrollo del ser humano, teniendo en cuenta los sólidos aportes del campo científico.

Si la Instrucción Donum vitæ no definió que el embrión es una persona, lo hizo para no pronunciarse explícitamente sobre una cuestión de índole filosófica. Sin embargo, puso de relieve que existe un nexo intrínseco entre la dimensión ontológica y el valor específico de todo ser humano. Aunque la presencia de un alma espiritual no se puede reconocer a partir de la observación de ningún dato experimental, las mismas conclusiones de la ciencia sobre el embrión humano ofrecen «una indicación preciosa para discernir racionalmente una presencia personal desde este primer surgir de la vida humana: ¿cómo un individuo humano podría no ser persona humana?» [8]. En efecto, la realidad del ser humano, a través de toda su vida, antes y después del nacimiento, no permite que se le atribuya ni un cambio de naturaleza ni una gradación de valor moral, pues muestra una plena cualificación antropológica y ética. El embrión humano, por lo tanto, tiene desde el principio la dignidad propia de la persona.

6. El respeto de esa dignidad concierne a todos los seres humanos, porque cada uno lleva inscrito en sí mismo, de manera indeleble, su propia dignidad y valor. El origen de la vida humana, por otro lado, tiene su auténtico contexto en el matrimonio y la familia, donde es generada por medio de un acto que expresa el amor recíproco entre el hombre y la mujer. Una procreación verdaderamente responsable para con quien ha de nacer «es fruto del matrimonio» [9].

El matrimonio, presente en todos los tiempos y culturas, «es una sabia institución del Creador para realizar en la humanidad su designio de amor. Los esposos, mediante su recíproca donación personal, propia y exclusiva de ellos, tienden a la comunión de sus seres en orden a un mutuo perfeccionamiento personal, para colaborar con Dios en la generación y en la educación de nuevas vidas» [10]. En la fecundidad del amor conyugal el hombre y la mujer «ponen de manifiesto que en el origen de su vida matrimonial hay un "sí" genuino que se pronuncia y se vive realmente en la reciprocidad, permaneciendo siempre abierto a la vida... La ley natural, que está en la base del reconocimiento de la verdadera igualdad entre personas y pueblos, debe reconocerse como la fuente en la que se ha de inspirar también la relación entre los esposos en su responsabilidad al engen­drar nuevos hijos. La transmisión de la vida está inscrita en la naturaleza, y sus leyes siguen siendo norma no escrita a la que todos deben remitirse» [11].

7. La Iglesia tiene la convicción de que la fe no sólo acoge y respeta lo que es humano, sino que también lo purifica, lo eleva y lo perfecciona. Dios, después de haber creado al hombre a su imagen y semejanza (cf. Gn 1,26), ha calificado su criatura como «muy buena» (Gn 1,31), para más tarde asumirla en el Hijo (cf. Jn 1,14). El Hijo de Dios, en el misterio de la Encarnación, confirmó la dignidad del cuerpo y del alma que constituyen el ser humano. Cristo no desdeñó la corporeidad humana, sino que reveló plenamente su sentido y valor: «En realidad, el misterio del hombre sólo se esclarece en el misterio del Verbo encarnado» [12].

Convirtiéndose en uno de nosotros, el Hijo hace posible que podamos conver­tirnos en «hijos de Dios» (Jn 1,12) y «partícipes de la naturaleza divina» (2 Pe 1,4). Esta nueva dimensión no contrasta con la dignidad de la criatura, que todos los hombres pueden reconocer por medio de la razón, sino que la eleva a un horizonte de vida más alto, que es el propio de Dios, y permite reflexionar más adecuadamente sobre la vida humana y los actos que le dan existencia [13].

A la luz de estos datos de fe, adquiere mayor énfasis y queda más reforzado el respeto que según la razón se le debe al individuo humano: por eso no hay contrapo­sición entre la afirmación de la dignidad de la vida humana y el reconocimiento de su carácter sagrado. «Los diversos modos con que Dios cuida del mundo y del hombre, no sólo no se excluyen entre sí, sino que se sostienen y se compenetran recíprocamente. Todos tienen su origen y confluyen en el eterno designio sabio y amoroso con el que Dios predestina a los hombres "a reproducir la imagen de su Hijo" (Rm 8, 29)» [14].

8. A partir del conjunto de estas dos dimensiones, la humana y la divina, se entiende mejor el por qué del valor inviolable del hombre: él posee una vocación eterna y está llamado a compartir el amor trinitario del Dios vivo.

Este valor se aplica indistintamente a todos. Sólo por el hecho de existir, cada hombre tiene que ser plenamente respetado. Hay que excluir la introducción de criterios de discriminación de la dignidad humana basados en el desarrollo biológico, psíquico, cultural o en el estado de salud del individuo. En cada fase de la existencia del hombre, creado a imagen de Dios, se refleja, «el rostro de su Hijo unigénito... Este amor ilimitado y casi incomprensible de Dios al hombre revela hasta qué punto la persona humana es digna de ser amada por sí misma, independientemente de cualquier otra consideración: inteligencia, belleza, salud, juventud, integridad, etc. En definitiva, la vida humana siempre es un bien, puesto que "es manifestación de Dios en el mundo, signo de su presencia, resplandor de su gloria" (Evangelium vitæ, 34)» [15].

9. Las dimensiones natural y sobrenatural de la vida humana permiten también comprender mejor en qué sentido los actos que conceden al ser humano la existencia, en los que el hombre y la mujer se entregan mutuamente, son un reflejo del amor trinitario. «Dios, que es amor y vida, ha inscrito en el varón y en la mujer la llamada a una especial participación en su misterio de comunión personal y en su obra de Creador y de Padre»[16].



El matrimonio cristiano «hunde sus raíces en el complemento natural que existe entre el hombre y la mujer y se alimenta mediante la voluntad personal de los esposos de compartir su proyecto de vida, lo que tienen y lo que son; por esto tal comunión es el fruto y el signo de una exigencia profundamente humana. Pero, en Cristo Señor, Dios asume esta exigencia humana, la confirma, la purifica y la eleva, llevándola a la perfección con el sacramento del matrimonio: el Espíritu Santo infundido en la celebración sacramental ofrece a los esposos cristianos el don de una comunión nueva de amor, que es imagen viva y real de la singularísima unidad que hace de la Iglesia el indivisible Cuerpo místico del Señor Jesús»[17].

10. Juzgando desde el punto de vista ético algunos resultados de las recientes investigaciones de la medicina sobre el hombre y sus orígenes, la Iglesia no interviene en el ámbito de la ciencia médica como tal, sino invita a los interesados a actuar con responsabilidad ética y social. Ella les recuerda que el valor ético de la ciencia biomédica se mide en referencia tanto al respeto incondicional debido a cada ser humano, en todos los momentos de su existencia, como a la tutela de la especificidad de los actos personales que transmiten la vida. La intervención del Magisterio es parte de su misión de promover la formación de las conciencias, enseñando auténticamente la verdad que es Cristo y, al mismo tiempo, declarando y confirmando con autoridad los principios del orden moral que emanan de la misma naturaleza humana.[18]

SEGUNDA PARTE:

NUEVOS PROBLEMAS RELATIVOS A LA PROCREACIÓN

11. A la luz de los principios que se acaban de recordar conviene examinar ahora algunos problemas relativos a la procreación, que han aflorado y han sido mejor delineados en los años siguientes a la publicación de la Instrucción Donum vitæ.

Las técnicas de ayuda a la fertilidad

12. Con referencia al tratamiento de la infertilidad, las nuevas técnicas médicas tienen que respetar tres bienes fundamentales: a) el derecho a la vida y a la integridad física de cada ser humano desde la concepción hasta la muerte natural; b) la unidad del matrimonio, que implica el respeto recíproco del derecho de los cónyuges a convertirse en padre y madre solamente el uno a través del otro;[19] c) los valores específicamente humanos de la sexualidad, que «exigen que la procreación de una persona humana sea querida como el fruto del acto conyugal específico del amor entre los esposos».[20]

Las técnicas que se presentan como una ayuda para la procreación «no deben rechazarse por el hecho de ser artificiales; como tales testimonian las posibilidades de la medicina, pero deben ser valoradas moralmente por su relación con la dignidad de la persona humana, llamada a corresponder a la vocación divina, al don del amor y al don de la vida».[21]

A la luz de este criterio hay que excluir todas las técnicas de fecundación artificial heteróloga [22] y las técnicas de fecundación artificial homóloga [23] que sustituyen el acto conyugal. Son en cambio admisibles las técnicas que se configuran como una ayuda al acto conyugal y a su fecundidad. La Instrucción Donum vitæ se expresa en este modo: «El médico está al servicio de la persona y de la procreación humana: no le corresponde la facultad de disponer o decidir sobre ellas. El acto médico es respetuoso de la dignidad de las personas cuando se dirige a ayudar al acto conyugal, ya sea para facilitar su realización, o para que el acto normalmente realizado consiga su fin» [24]. Y, a propósito de la inseminación artificial homóloga, dice: «La inseminación artificial homóloga dentro del matrimonio no se puede admitir, salvo en el caso en que el medio técnico no sustituya al acto conyugal, sino que sea una facilitación y una ayuda para que aquél alcance su finalidad natural» [25].

13. Son ciertamente lícitas las intervenciones que tienen por finalidad remover los obstáculos que impiden la fertilidad natural, como por ejemplo el tratamiento hormonal de la infertilidad de origen gonádico, el tratamiento quirúrgico de una endometriosis, la desobstrucción de las trompas o bien la restauración microquirúrgica de su perviedad. Todas estas técnicas pueden ser consideradas como auténticas terapias, en la medida en que, una vez superada la causa de la infertilidad, los esposos pueden realizar actos conyugales con un resultado procreador, sin que el médico tenga que interferir directamente en el acto conyugal. Ninguna de estas técnicas reemplaza el acto conyugal, que es el único digno de una procreación realmente responsable.

Para responder a las expectativas de tantos matrimonios estériles, deseosos de tener un hijo, habría que alentar, promover y facilitar con oportunas medidas legislativas el procedimiento de adopción de los numerosos niños huérfanos, siempre necesitados de un hogar doméstico para su adecuado desarrollo humano. Finalmente, hay que observar que merecen ser estimuladas las investigaciones e inversiones dedicadas a la prevención de la esterilidad.

Fecundación in vitro y eliminación voluntaria de embriones

14. La Instrucción Donum vitæ puso en evidencia que la fecundación in vitro comporta muy frecuentemente la eliminación voluntaria de embriones [26]. Algunos han pensado que ese hecho se debía al uso de una técnica aún parcialmente imperfecta. En cambio, la experiencia posterior ha demostrado que todas las técnicas de fecundación in vitro se desarrollan de hecho como si el embrión humano fuera un simple cúmulo de células que se usan, se seleccionan y se descartan.

Es verdad que alrededor de un tercio de las mujeres que recurren a la procreación artificial llegan a tener un niño. Sin embargo, hay que notar que, considerando la relación entre el número total de embriones producidos y el de los efectivamente nacidos, el número de embriones sacrificados es altísimo [27]. Los especialistas de las técnicas de fecundación in vitro aceptan estas pérdidas como el precio que hay que pagar para conseguir resultados positivos. En realidad es extremadamente preocupante que la investigación en este campo se dirija sobre todo a conseguir mejores resultados en términos de porcentaje de niños nacidos respecto al número de mujeres que inician el tratamiento, pero no parece efectivamente interesada en el derecho a la vida de cada embrión.

15. Se objeta a menudo que, la mayoría de las veces, las pérdidas de embriones serían preterintencionales, o que incluso se producirían contra la voluntad de padres y médicos. Se afirma que se trataría de riesgos no muy diferentes de los relacionados con el proceso natural de generación, y que querer transmitir la vida sin correr ningún riesgo llevaría de hecho a abstenerse de hacerlo. Pero si es verdad que en el ámbito de la procreación in vitro no todas las pérdidas de embriones tienen la misma relación con la voluntad de los sujetos interesados, también lo es que en muchos casos el abandono, la destrucción o las pérdidas de embriones son previstas e intencionales.

Los embriones defectuosos, producidos in vitro, son directamente descartados. Son cada vez más frecuentes los casos de parejas no estériles que recurren a las técnicas de procreación artificial con el único objetivo de poder hacer una selección genética de sus hijos. En muchos países, es praxis común estimular el ciclo femenino en orden a obtener un alto número de óvulos que son fecundados. Entre los embriones obtenidos, un cierto número es transferido al seno materno, mientras los demás se congelan para posibles intervenciones reproductivas futuras. El fin de la transferencia múltiple es asegurar, dentro de lo posible, la implantación de al menos un embrión. El medio empleado para lograr este objetivo es la utilización de un número mayor de embriones con respecto al hijo deseado, previendo que algunos se pierdan y que, en todo caso, se evite un embarazo múltiple. De este modo la técnica de la transferencia múltiple lleva de hecho a un trato puramente instrumental de los embriones. Impresiona el hecho de que tanto la deontología profesional más elemental como las autoridades sanitarias jamás admitirían en ningún otro ámbito de la medicina una técnica con una tasa global tan alta de resultados negativos y fatales. En realidad, las técnicas de fecundación in vitro se aceptan porque existe la presuposición de que el embrión no merece pleno respeto cuando está en competición con un deseo que hay que satisfacer.

Esta triste realidad, a menudo silenciada, es del todo deplorable, en cuánto «las distintas técnicas de reproducción artificial, que parecerían puestas al servicio de la vida y que son practicadas no pocas veces con esta intención, en realidad dan pie a nuevos atentados contra la vida» [28].

16. La Iglesia, además, considera que es éticamente inaceptable la disociación de la procreación del contexto integralmente personal del acto conyugal [29]: la procreación humana es un acto personal de la pareja hombre-mujer, que no admite ningún tipo de delegación sustitutiva. La aceptación pasiva de la altísima tasa de pérdidas (abortos) producidas por las técnicas de fecundación in vitro demuestra con elocuencia que la substitución del acto conyugal con un procedimiento técnico -además de no estar en conformidad con el respeto debido a la procreación, que no se reduce a la dimensión reproductiva- contribuye a debilitar la conciencia del respeto que se le debe a cada ser humano. Por el contrario, la conciencia de tal respeto se ve favorecida por la intimidad de los esposos animada por el amor conyugal.

La Iglesia reconoce la legitimidad del deseo de un hijo, y comprende los sufrimientos de los cónyuges afligidos por el problema de la infertilidad. Sin embargo, ese deseo no puede ser antepuesto a la dignidad que posee cada vida humana hasta el punto de someterla a un dominio absoluto. El deseo de un hijo no puede justificar la "producción" del mismo, así como el deseo de no tener un hijo ya concebido no puede justificar su abandono o destrucción.

En realidad, se tiene la impresión de que algunos investigadores, carentes de referencias éticas y conscientes de las potencialidades del progreso tecnológico, ceden a la lógica de satisfacer lo que cada cual desea subjetivamente [30], así como a la fuerte presión económica propia de este campo. Frente a la instrumentalización del ser huma­no en el estadio embrionario, hay que repetir que «el amor de Dios no hace diferencia entre el recién concebido, aún en el seno de su madre, y el niño o el joven o el hombre maduro o el anciano. No hace diferencia, porque en cada uno de ellos ve la huella de su imagen y semejanza... Por eso el Magisterio de la Iglesia ha proclamado constan­te­mente el carácter sagrado e inviolable de toda vida humana, desde su concepción hasta su fin natural» [31].

La Inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI)

17. Entre las técnicas de fecundación artificial más recientes ha asumido progresivamente un particular relieve la Inyección intraci­toplasmática de esperma­tozoides [32]. Por su eficacia, esta técnica es la más utilizada, y puede superar diversas formas de esterilidad masculina [33].

Como la fecundación in vitro, de la cual constituye una variante, la Inyección intracitoplasmática de espermatozoides es una técnica intrínsecamente ilícita, pues supone una completa disociación entre la procreación y el acto conyugal. En efecto, también Inyección intracitoplasmática de espermatozoides «se realiza fuera del cuerpo de los cónyuges por medio de gestos de terceras personas, cuya competencia y actividad técnica determina el éxito de la intervención; confía la vida y la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona humana. Una tal relación de dominio es en sí contraria a la dignidad y a la igualdad que debe ser común a padres e hijos. La concepción in vitro es el resultado de la acción técnica que antecede la fecundación; ésta no es de hecho obtenida ni positivamente querida como la expresión y el fruto de un acto específico de la unión conyugal» [34].

El congelamiento de embriones

18. Uno de los métodos utilizados para mejorar el grado de éxito de las técnicas de procreación in vitro es el aumento de los tratamientos sucesivos. Para no repetir la extracción de óvulos de la mujer, se procede a una única extracción múltiple, seguida por la crioconservación de una parte importante de los embriones producidos in vitro [35]. Esto se hace previendo la posibilidad de un segundo ciclo de tratamiento, en el caso de que fracase el primero, o bien porque los padres podrían querer otro embarazo. En ocasiones se procede además al congelamiento de los embriones destinados a la pri­me­ra transferencia, porque la estimulación hormonal del ciclo femenino produce efec­tos que aconsejan esperar la normalización de las condiciones fisiológicas, antes de proceder al traslado de los embriones al seno materno.

La crioconservación es incompatible con el respeto debido a los embriones humanos: presupone su producción in vitro; los expone a graves riesgos de muerte o de daño a su integridad física, en cuanto un alto porcentaje no sobrevive al procedimiento de congelación y descongelación; los priva al menos temporalmente de la acogida y gestación materna; los pone en una situación susceptible de ulteriores ofensas y manipulaciones [36].

La mayor parte de los embriones no utilizados quedan "huérfanos". Sus padres no los solicitan, y a veces se pierden sus huellas. Eso explica la existencia de depósitos de millares de embriones congelados en casi todos los países dónde se practica la fecundación in vitro.

19. En relación al gran número de embriones congelados ya existentes, se plantea la siguiente pregunta: ¿qué hacer con ellos? Algunos se interrogan al respecto ignorando el carácter ético de la cuestión, movidos únicamente por la necesidad de observar el precepto legal de vaciar cada cierto tiempo los depósitos de los centros de crioconser­vación, que después se volverán a llenar. Otros, en cambio, son conscientes de que se ha cometido una grave injusticia, y se interrogan sobre el modo de cumplir el deber de repararla.

Son claramente inaceptables las propuestas de utilizar tales embriones para la investigación o para usos terapéuticos, porque implica tratarlos como simple "material biológico" y comportan su destrucción. Tampoco es admisible la propuesta de descongelar estos embriones y, sin reactivarlos, utilizarlos para la investigación como si fueran simples cadáveres [37].

También la propuesta de ponerlos a disposición de esposos estériles como "tera­pia" de infertilidad, no es éticamente aceptable por las mismas razones que hacen ilícita tanto la procreación artificial heteróloga como toda forma de maternidad subrogada [38]; esta práctica implicaría además otros problemas de tipo médico, psicológico y jurídico.

Para dar la oportunidad de nacer a tantos seres humanos condenados a la destrucción, se ha planteado la idea de una "adopción prenatal". Se trata de una pro­puesta basada en la loable intención de respetar y defender la vida humana que, sin embargo, presenta problemas éticos no diferentes de los ya mencionados.

En definitiva, es necesario constatar que los millares de embriones que se encuentran en estado de abandono determinan una situación de injusticia que es de hecho irreparable. Por ello Juan Pablo II dirigió «una llamada a la conciencia de los responsables del mundo científico, y de modo particular a los médicos para que se detenga la producción de embriones humanos, teniendo en cuenta que no se vislumbra una salida moralmente lícita para el destino humano de los miles y miles de embriones "congelados", que son y siguen siendo siempre titulares de los derechos esenciales y que, por tanto, hay que tutelar jurídicamente como personas humanas» [39] .

El congelamiento de óvulos

20. Para evitar los graves problemas éticos suscitados por la crioconservación de embriones, en el ámbito de las técnicas de fecundación in vitro, se ha presentado la propuesta de congelar los óvulos [40]. Cuando se han extraído un número congruo de óvu­los, considerando que pueden darse ulteriores ciclos de procreación artificial, se prevé fecundar solamente los óvulos que serán trasladados a la madre, mientras los demás se­rían congelados para ser eventualmente fecundados y trasladados a la madre en caso de que el primer intento fracase.

Al respeto, hay que precisar que la crioconservación de óvulos en orden al proceso de procreación artificial es moralmente inaceptable.

La reducción embrionaria

21. Algunas técnicas usadas en la procreación artificial, sobre todo la transfe­rencia de varios embriones al seno materno, han dado lugar a un aumento significativo del porcentaje de embarazos múltiples. Debido a esto se ha ideado la llamada reducción embrionaria, que consiste en una intervención para reducir el número de embriones o fetos presentes en el seno materno mediante la directa supresión de algunos. La decisión de suprimir seres humanos que con anterioridad han sido intensamente deseados representa una paradoja, y a menudo comporta sufrimientos y sentimientos de culpa que pueden durar años.

Desde el punto de vista ético, la reducción embrionaria es un aborto intencional selectivo. Se trata, en efecto, de una eliminación deliberada y directa de uno o más seres humanos inocentes en la fase inicial de su existencia, y como tal constituye siempre un desorden moral grave [41].

Los argumentos propuestos para justificar éticamente la reducción embrionaria a menudo se basan en analogías con catástrofes naturales o situaciones de emergencia en las que, a pesar de la buena voluntad, no es posible salvar a todas las personas implicadas. Estas analogías no pueden fundamentar en ningún modo un juicio moral positivo sobre una práctica directamente abortiva. Otras veces se acude a principios morales como el del mal menor o el del doble efecto, que aquí no tienen aplicación alguna. Nunca es lícito, en efecto, realizar de modo deliberado y directo una acción intrínsecamente ilícita, ni siquiera en vistas de un fin bueno: el fin no justifica los medios.

El diagnóstico preimplantatorio

22. El diagnóstico preimplantatorio es una forma de diagnóstico prenatal, vinculada a las técnicas de fecundación artificial, que prevé el diagnóstico genético de los embriones formados in vitro, antes de su traslado al seno materno. Se efectúa con objeto de tener la seguridad de trasladar a la madre sólo embriones sin defectos o con un sexo determinado o con algunas cualidades particulares.

En otros tipos de diagnóstico prenatal, la fase del diagnóstico está completamente separada de la fase de la eventual eliminación de embriones y los esposos son libres de acoger al niño enfermo. Al diagnóstico preimplantatorio, por el contrario, sigue ordina­riamente la eliminación del embrión que ha sido designado como "sospechoso" de poseer defectos genéticos o cromosómicos, o de ser de un sexo no querido o de tener cualidades no deseadas. El diagnóstico preimplantatorio -siempre vinculado con la fecundación artificial, que ya de suyo es intrínsecamente ilícita- se ordena de hecho a una selección cualitativa con la consecuente destrucción de embriones, la cualse configura como una práctica abortiva precoz. El diagnóstico preimplantatorio es por lo tanto expresión de aquella mentalidad eugenésica «que acepta el aborto selectivo para impedir el nacimiento de niños afectados por varios tipos de anomalías. Semejante mentalidad es ignominiosa y totalmente reprobable, porque pretende medir el valor de una vida humana siguiendo sólo parámetros de "normalidad" y de bienestar físico, abriendo así el camino a la legitimación incluso del infanticidio y de la eutanasia» [42].

Tratando el embrión humano como simple "material de laboratorio", se produce también una alteración y una discriminación en lo que se refiere al concepto mismo de dignidad humana. La dignidad pertenece de igual modo a cada ser humano individual y no depende del proyecto familiar, la condición social, la formación cultural o el estado de desarrollo físico. Si en otros tiempos, aun aceptando el concepto y las exigencias de la dignidad humana en general, se practicó la discriminación por motivos de raza, religión o condición social, hoy se asiste a una no menos grave e injusta discriminación que lleva a no reconocer el estatuto ético y jurídico de seres humanos afectados por graves patologías e incapacidades: se olvida así que las personas enfermas y minus­válidas no son una especie de categoría aparte, porque la enfermedad y la incapacitación pertenecen a la condición humana y tocan a todos en primera persona, incluso cuando no se tiene una experiencia directa de ello. Tal discriminación es inmoral y debería ser considerada jurídicamente inaceptable. De igual modo sería necesario eliminar las barreras culturales, económicas y sociales que socavan el pleno reconocimiento y la tutela de las personas minusválidas y enfermas.

Nuevas formas de intercepción y contragestación

23. Junto a los medios anticonceptivos propiamente dichos, que impiden la concepción después de un acto sexual, existen otros medios técnicos que actúan después de la fecundación, antes o después de la implantación en el útero del embrión ya constituido. Estas técnicas son interceptivas cuando interceptan el embrión antes de su anidación en el útero materno, y contragestativas cuando provocan la eliminación del embrión apenas implantado.

Para favorecer la difusión de los medios interceptivos [43] a veces se afirma que su mecanismo de acción aún no sería conocido suficientemente. Es verdad que no siempre se cuenta con un conocimiento completo del mecanismo de acción de los distintos fármacos usados, pero los estudios experimentales demuestran que en los medios interceptivos está ciertamente presente el efecto de impedir la implantación. Sin embargo, esto no significa que tales medios provocan un aborto cada vez que se usan, pues no siempre se da la fecundación después de una relación sexual. Pero hay que notar que la intencionalidad abortiva generalmente está presente en la persona que quiere impedir la implantación de un embrión en el caso de que hubiese sido concebido y que, por tanto, pide o prescribe fármacos interceptivos.

Cuando hay un retraso menstrual, se recurre a veces a la contragestación[44], que es practicada habitualmente dentro de la primera o segunda semana después de la constatación del retraso. El objetivo declarado es hacer reaparecer la menstruación, pero en realidad se trata del aborto de un embrión apenas anidado.

Como se sabe, el aborto «es la eliminación deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va de la concepción al nacimiento» [45]. Por tanto el uso de los medios de intercepción y contragestación forma parte del pecado de aborto y es gravemente inmoral. Además, en caso de que se alcance la certeza de haber realizado un aborto, se dan las graves consecuencias penales previstas en el derecho canónico [46].


TERCERA PARTE:

NUEVAS PROPUESTAS TERAPÉUTICASQUE COMPORTAN LA MANIPULACIÓN DEL EMBRIÓNO DEL PATRIMONIO GENÉTICO HUMANO

24. Los conocimientos adquiridos en los últimos años han abierto nuevas perspectivas para la medicina regenerativa y para el tratamiento de las enfermedades de origen genético. En particular, ha suscitado un gran interés la investigación sobre las células troncales embrionarias en relación a las posibles aplicaciones terapéuticas futuras. Sin embargo éstas no han demostrado hasta hoy ningún resultado efectivo, a diferencia de la investigación sobre las células troncales adultas. Ya que algunos han creído que las metas terapéuticas eventualmente alcanzables a través de las células troncales embrionarias podían justificar distintas formas de manipulación y destrucción de embriones humanos, han surgido una serie de cuestiones en el ámbito de la terapia génica, la clonación y la utilización de células troncales, sobre las que es necesario un atento discernimiento moral.

La terapia génica

25. Con el término terapia génica se entiende comúnmente la aplicación al hombre de las técnicas de ingeniería genética con una finalidad terapéutica, es decir, con el objetivo de curar enfermedades de origen genético, aunque recientemente se intenta aplicar la terapia génica a enfermedades no hereditarias, especialmente al cáncer.

En teoría, es posible aplicar la terapia génica en dos distintos niveles: el de las células somáticas y el de las células germinales. La terapia génica somática se propone eliminar o reducir defectos genéticos presentes a nivel de células somáticas, es decir, de células no reproductivas, que componen los tejidos y los órganos del cuerpo. Se trata, en este caso, de intervenciones dirigidas a determinados campos celulares, con efectos limitados al solo individuo. La terapia génica germinal apunta en cambio a corregir defectos genéticos presentes en células de la línea germinal, de modo que los efectos terapéuticos conseguidos sobre el sujeto se transmitan a su eventual descendencia. Las intervenciones de terapia génica, tanto somática como germinal, pueden ser efectuadas antes del nacimiento, en cuyo caso se habla de terapia génica in utero, o después del nacimiento, sobre el niño o el adulto.

26. Para la valoración moral hay que tener presente estas distinciones. Las intervenciones sobre células somáticas con finalidad estrictamente terapéutica son, en principio, moralmente lícitas. Tales intervenciones quieren restablecer la normal configuración genética del sujeto, o bien contrarrestar los daños que derivan de la presencia de anomalías genéticas u otras patologías correlacionadas. Puesto que la terapia génica puede comportar riesgos significativos para el paciente, hay que observar el principio deontológico general según el cual, para realizar una intervención terapéutica, es necesario asegurar previamente que el sujeto tratado no sea expuesto a riesgos para su salud o su integridad física, que sean excesivos o desproporcionados con respecto a la gravedad de la patología que se quiere curar. También se exige que el paciente, previamente informado, dé su consentimiento, o lo haga un legítimo representante suyo.

Distinta es la valoración moral de la terapia génica germinal. Cualquier modificación genética producida a las células germinales de un sujeto sería transmitida a su eventual descendencia. Ya que los riesgos vinculados a cada manipulación genética son significativos y todavía poco controlables, en el estado actual de la investigación, no es moralmente admisible actuar de modo tal que los daños potenciales consiguientes se puedan difundir en la descendencia. En la hipótesis de la aplicación de la terapia génica al embrión hay que añadir, además, que necesita ser realizada en un contexto técnico de fecundación in vitro, y por tanto es susceptible de todas las objeciones éticas relativas a tales procedimientos. Por estas razones hay que afirmar que, en el estado actual de la cuestión, la terapia génica germinal es moralmente ilícita en todas sus formas.

27. Una consideración específica merece la hipótesis según la cual la ingeniería genética podría tener finalidades aplicativas distintas del objetivo terapéutico. Algunos han imaginado que es posible utilizar las técnicas de ingeniería genética para realizar manipulaciones con el presunto fin de mejorar y potenciar la dotación genética. En algunas de estas propuestas se manifiesta una cierta insatisfacción o hasta rechazo del valor del ser humano como criatura y persona finita. Dejando de lado las dificultades técnicas, con los riesgos reales y potenciales anejos a su realización, tales manipulaciones favorecen una mentalidad eugenésica e introducen indirectamente un estigma social en los que no poseen dotes particulares, mientras enfatizan otras cualidades que son apreciadas por determinadas culturas y sociedades, sin constituir de por sí lo que es específicamente humano. Esto contrasta con la verdad fundamental de la igualdad de todos los seres humanos, que se traduce en el principio de justicia, y cuya violación, a la larga, atenta contra la convivencia pacífica entre los hombres. Además, habría que preguntarse quién podría establecer que ciertas modificaciones son positivas y otras negativas, o cuáles deberían ser los límites de las peticiones individuales de una presunta mejora, puesto que no sería materialmente posible satisfacer los deseos de todos. Cada respuesta posible sería el resultado de criterios arbitrarios y discutibles. Todo esto lleva a concluir que la perspectiva de una manipulación genética con fines de mejoras individuales acabaría, tarde o temprano, por dañar el bien común, favoreciendo que la voluntad de algunos prevalezca sobre la libertad de otros. Finalmente hay que notar que en el intento de crear un nuevo tipo de hombre se advierte fácilmente una cuestión ideológica: el hombre pretende sustituir al Creador.

Al declarar este tipo de intervención como éticamente negativa, en cuanto implica un injusto dominio del hombre sobre el hombre, la Iglesia llama también la atención sobre la necesidad de volver a una perspectiva centrada en el cuidado de la persona y de educar para que la vida humana sea siempre acogida, en el cuadro de su concreta finitud histórica.

La clonación humana

28. Por clonación humana se entiende la reproducción asexual y agámica de la totalidad del organismo humano, con objeto de producir una o varias "copias" substancialmente idénticas, desde el punto de vista genético, al único progenitor [47].

La clonación se propone con dos objetivos fundamentales: reproductivo, es decir para conseguir el nacimiento de un niño clonado, y terapéutico o de investigación. La clonación reproductiva sería capaz en teoría de satisfacer algunas exigencias particulares, tales como, por ejemplo, el control de la evolución humana; la selección de seres humanos con cualidades superiores; la preselección del sexo de quienes han de nacer; la producción de un hijo que sea la "copia" de otro; la producción de un hijo por parte de una pareja afectada por formas de esterilidad no tratables de otro modo. La clonación terapéutica, en cambio, ha sido propuesta como instrumento de producción de células troncales embrionarias con patrimonio genético predeterminado, para superar el problema del rechazo (inmunoincompatibilidad); está por tanto relacionada con la cuestión de la utilización de células troncales.

Los intentos de clonación han suscitado viva preocupación en el mundo entero. Muchos organismos nacionales e internacionales han expresado valoraciones negativas sobre la clonación humana, y en la mayoría de los países ha sido prohibida.

La clonación humana es intrínsecamente ilícita pues, llevando hasta el extremo el carácter inmoral de las técnicas de fecundación artificial, se propone dar origen a un nuevo ser humano sin conexión con el acto de recíproca donación entre dos cónyuges y, más radicalmente, sin ningún vínculo con la sexualidad. Tal circunstancia da lugar a abusos y a manipulaciones gravemente lesivas de la dignidad humana[48]

29. En caso de que la clonación tuviera un objetivo reproductivo, se impondría al sujeto clonado un patrimonio genético preordenado, sometiéndolo de hecho -como se ha dicho- a una forma de esclavitud biológica de la que difícilmente podría liberarse. El hecho de que una persona se arrogue el derecho de determinar arbitrariamente las características genéticas de otra persona, representa una grave ofensa a la dignidad de esta última y a la igualdad fundamental entre los hombres.

La particular relación que existe entre Dios y el hombre desde el primer momento de su existencia es la causa de la originalidad de cada persona humana, que obliga a respetar su singularidad e integridad, incluso aquella biológica y genética. Cada uno de nosotros encuentra en el otro a un ser humano que debe su existencia y sus características personales al amor de Dios, del cual sólo el amor entre los cónyuges constituye una mediación conforme al designio de nuestro Creador y Padre del Cielo.

30. Desde el punto de vista ético, la llamada clonación terapéutica es aún más grave. Producir embriones con el propósito de destruirlos, aunque sea para ayudar a los enfermos, es totalmente incompatible con la dignidad humana, porque reduce la existencia de un ser humano, incluso en estado embrionario, a la categoría de instrumento que se usa y destruye. Es gravemente inmoral sacrificar una vida humana para finalidades terapéuticas.

Las objeciones éticas puestas de relieve por muchos contra la clonación terapéutica y el uso de embriones humanos producidos in vitro han hecho que algunos científicos presentaran técnicas nuevas, que serían capaces de producir células troncales de tipo embrionario sin presuponer la destrucción de verdaderos embriones humanos [49]. Estas técnicas han suscitado muchos interrogantes científicos y éticos, sobre todo en relación al estatuto ontológico del "producto" así conseguido. Mientras estas dudas no sean aclaradas, hay que tener en cuenta la siguiente afirmación de la Encíclica Evangelium vitæ: «está en juego algo tan importante que, desde el punto de vista de la obligación moral, bastaría la sola probabilidad de encontrarse ante una persona para justificar la más rotunda prohibición de cualquier intervención destinada a eliminar un embrión humano» [50].

El uso terapéutico de las células troncales

31. Las células troncales o células madre son células indiferenciadas que poseen dos características fundamentales: a) la prolongada capacidad de multiplicarse sin diferenciarse; b) la capacidad de dar origen a células progenitoras de tránsito, de las que descienden células sumamente diferenciadas, por ejemplo, nerviosas, musculares o hemáticas.

Desde la verificación experimental de que las células troncales transplantadas a un tejido dañado tienden a favorecer la repoblación de células y la regeneración del tejido, se han abierto nuevas perspectivas para la medicina regenerativa, que han suscitado gran interés entre los investigadores de todo el mundo.

En el hombre, se han encontrado hasta ahora las siguientes fuentes de células troncales : el embrión en los primeros estadios de su desarrollo, el feto, la sangre del cordón umbilical, varios tejidos del adulto (médula ósea, cordón umbilical, cerebro, mesénquima de varios órganos, etc.) y el líquido amniótico. Inicialmente, los estudios se concentraron en las células troncales embrionarias, ya que se creyó que sólo éstas poseían grandes potencialidades de multiplicación y diferenciación. Numerosos estudios han demostrado, en cambio, que también las células troncales adultas presentan una propia versatilidad. Aunque éstas no parecen tener la misma capacidad de renovación y plasticidad que las células troncales de origen embrionario, estudios y experimentaciones de alto nivel científico tienden a poner las células troncales adultas por encima de las embrionarias, en base a los resultados obtenidos. De hecho, los protocolos terapéuticos que se practican actualmente prevén la utilización de células troncales adultas, y por ello se han iniciado distintas líneas de investigación que abren nuevos y prometedores horizontes.

32. Para la valoración ética hay que considerar tanto los métodos de recolección de células troncales como los riesgos de su utilización clínica o experimental.

En lo que atañe a los métodos usados para la recolección de células troncales, éstos deben considerarse en relación a su origen. Se deben considerar lícitos los métodos que no procuran grave daño al sujeto del que se extraen. Esta condición se verifica generalmente en el caso de: a) extracción de células de tejidos de un organismo adulto; b) de la sangre del cordón umbilical en el momento del parto; c) de los tejidos de fetos muertos de muerte natural. Por el contrario, la extracción de células troncales del embrión humano viviente causa inevitablemente su destrucción, resultando por consiguiente gravemente ilícita. En este caso «la investigación, prescindiendo de los resultados de utilidad terapéutica, no se pone verdaderamente al servicio de la humanidad, pues implica la supresión de vidas humanas que tienen igual dignidad que los demás individuos humanos y que los investigadores. La historia misma ha condenado en el pasado y condenará en el futuro esa ciencia, no sólo porque está privada de la luz de Dios, sino también porque está privada de humanidad» [51].

El uso de células troncales embrionarias o de células diferenciadas derivadas de ellas, que han sido eventualmente provistas por otros investigadores mediante la supresión de embriones o que están disponibles en comercio, pone serios problemas desde el punto de vista de la cooperación al mal y del escándalo [52].

En relación a la utilización clínica de células troncales conseguidas a través de procedimientos lícitos no hay objeciones morales. Sin embargo, hay que respetar los criterios comunes de deontología médica. En este sentido, se debe proceder con gran rigor y prudencia, reduciendo al mínimo los riesgos potenciales para los pacientes, facilitando la confrontación mutua de los científicos y proporcionando información completa al público en general.

Es necesario alentar el impulso y el apoyo a la investigación sobre el uso de células troncales adultas, ya que no implica problemas éticos [53].

Los intentos de hibridación

33. Recientemente se han utilizado óvulos de animales para la reprogramación de los núcleos de las células somáticas humanas -generalmente llamada clonación híbrida- con el fin de extraer células troncales embrionarias de los embriones resultantes, sin tener que recurrir a la utilización de óvulos humanos.

Desde un punto de vista ético, tales procedimientos constituyen una ofensa a la dignidad del ser humano, debido a la mezcla de elementos genéticos humanos y animales capaz de alterar la identidad específica del hombre. El uso eventual de células troncales extraídas de esos embriones puede implicar, además, riesgos aún desconocidos para la salud, por la presencia de material genético animal en su citoplasma. Exponer conscientemente a un ser humano a estos riesgos es moral y deontológicamente inaceptable.

La utilización de "material biológico" humano de origen ilícito

34. Para la investigación científica y la producción de vacunas u otros productos a veces se usan líneas celulares que son el resultado de intervenciones ilícitas contra la vida o la integridad física del ser humano. La conexión con la acción injusta puede ser inmediata o mediata, ya que generalmente se trata de células que se reproducen con facilidad y en abundancia. Este "material" a veces es puesto en comercio o distribuido gratuitamente a los centros de investigación por parte de los organismos estatales que por ley tienen esta tarea. Todo esto da lugar a diferentes problemas éticos, sobre la cooperación al mal y el escándalo. Por lo tanto, conviene enunciar los principios generales a partir de los cuales quienes actúan en recta conciencia puedan evaluar y resolver las situaciones en las que podrían quedar involucrados a causa de su actividad profesional.

Cabe señalar en primer lugar que la misma valoración moral del aborto «se debe aplicar también a las recientes formas de intervención sobre los embriones humanos que, aun buscando fines en sí mismos legítimos, comportan inevitablemente su destrucción. Es el caso de los experimentos con embriones, en creciente expansión en el campo de la investigación biomédica y legalmente admitida por algunos Estados... El uso de embriones o fetos humanos como objeto de experimentación constituye un delito en consideración a su dignidad de seres humanos, que tienen derecho al mismo respeto debido al niño ya nacido y a toda persona» [54]. Estas formas de experimentación constituyen siempre un desorden moral grave [55].

35. Se configura un problema distinto cuando los investigadores usan un "material biológico" de origen ilícito, que ha sido producido fuera de su centro de investigación o que se encuentra en comercio. La Instrucción Donum vitæ ha formulado el principio general que debe ser observado en estos casos: «Los cadáveres de embriones o fetos humanos, voluntariamente abortados o no, deben ser respetados como los restos mortales de los demás seres humanos. En particular, no pueden ser objeto de mutilaciones o autopsia si no existe seguridad de su muerte y sin el consentimiento de los padres o de la madre. Se debe salvaguardar además la exigencia moral de que no haya habido complicidad alguna con el aborto voluntario, y de evitar el peligro de escándalo» [56].

En ese sentido es insuficiente el criterio de independencia formulado por algunos comités de ética, según el cual sería éticamente lícita la utilización de "material biológico" de origen ilícito, a condición de que exista una separación clara entre los que producen, congelan y dan muerte a los embriones, y los investigadores que desarrollan la experimentación científica. El criterio de independencia no es suficiente para evitar una contradicción en la actitud de quienes dicen desaprobar las injusticias cometidas por otros, pero al mismo tiempo aceptan para su trabajo el "material biológico" que otros obtienen mediante tales injusticias. Cuando el delito está respaldado por las leyes que regulan el sistema sanitario y científico, es necesario distanciarse de los aspectos inicuos de esos sistemas, a fin de no dar la impresión de una cierta tolerancia o aceptación tácita de acciones gravemente injustas [57]. De lo contrario, se contribuiría a aumentar la indiferencia, o incluso la complacencia con que estas acciones se ven en algunos sectores médicos y políticos.

Se objeta a veces que consideraciones como las arriba expuestas parecen presuponer que los investigadores de recta conciencia deberían oponerse activamente a cualquier acción ilícita llevada a cabo en el campo médico, con lo que su responsabilidad ética se ampliaría de modo excesivo. El deber de evitar la cooperación al mal y el escándalo es en realidad parte de la actividad profesional ordinaria del médico. Ésta debe ser planteada correctamente y, a través de ella, se ha de dar testimonio del valor de la vida, oponiéndose también a las leyes gravemente injustas. Hay que precisar que el deber de rechazar el "material biológico" deriva de la obligación de separarse, en el ejercicio de la propia actividad de investigación, de un marco legislativo gravemente injusto y de afirmar con claridad el valor de la vida humana. Esto vale también en ausencia de cualquier conexión próxima de los investigadores con las acciones de los técnicos de la procreación artificial o con las de aquéllos que han procurado el aborto, e incluso cuando no haya un acuerdo previo con los centros de procreación artificial. Por eso el mencionado criterio de independencia es necesario, pero puede ser éticamente insuficiente.

Por supuesto, dentro de este marco general existen diferentes grados de responsabilidad. Razones de particular gravedad podrían ser moralmente proporcionadas como para justificar el uso de ese "material biológico". Así, por ejemplo, el peligro para la salud de los niños podría autorizar a sus padres a utilizar una vacuna elaborada con líneas celulares de origen ilícito, quedando en pié el deber de expresar su desacuerdo al respecto y de pedir que los sistemas sanitarios pongan a disposición otros tipos de vacunas. Por otro lado, debemos tener en cuenta que en las empresas que utilizan líneas celulares de origen ilícito no es idéntica la responsabilidad de quienes deciden la orientación de la producción y la de aquéllos que no tienen poder de decisión.

En el contexto de la urgente movilización de las conciencias en favor de la vida, debemos recordar a los profesionales de la salud que «su responsabilidad ha crecido hoy enormemente y encuentra su inspiración más profunda y su apoyo más fuerte precisamente en la intrínseca e imprescindible dimensión ética de la profesión sanitaria, como ya reconocía el antiguo y siempre actual juramento de Hipócrates, según el cual se exige a cada médico el compromiso de respetar absolutamente la vida humana y su carácter sagrado» [58].

CONCLUSIÓN

36. A veces se ha se ha oído la acusación de que la enseñanza moral de la Iglesia contiene demasiadas prohibiciones. En realidad, esa enseñanza se funda en el reconocimiento y la promoción de los dones que el Creador ha concedido al hombre; dones como la vida, el conocimiento, la libertad y el amor. Un reconocimiento especial merece, por tanto, no sólo la actividad cognoscitiva del hombre, sino también aquélla de orden práctico, como el trabajo y la actividad tecnológica. Con estas últimas, en efecto, el hombre, participando en el poder creador de Dios, está llamado a transformar la creación, ordenando sus muchos recursos en favor de la dignidad y el bienestar integral de todos y cada uno de los hombres, y a ser también el custodio de su valor e intrínseca belleza.

Pero la historia de la humanidad ha sido testigo de cómo el hombre ha abusado y sigue abusando del poder y la capacidad que Dios le ha confiado, generando distintas formas de injusta discriminación y opresión de los más débiles e indefensos. Los ataques diarios contra la vida humana; la existencia de grandes zonas de pobreza en las que los hombres mueren de hambre y enfermedades, excluidos de recursos de orden teórico y práctico que otros países tienen a disposición con sobreabundancia; un desarrollo tecnológico e industrial que está poniendo en riesgo de colapso el ecosistema; la utilización de la investigación científica en el campo de la física, la química y la biología con fines bélicos; las numerosas guerras que todavía hoy dividen pueblos y culturas. Éstos son, por desgracia, sólo algunos signos elocuentes de cómo el hombre puede hacer un mal uso de su capacidad y convertirse en el peor enemigo de sí mismo, perdiendo la conciencia de su alta y específica vocación a ser un colaborador en la obra creadora de Dios.

Paralelamente, la historia de la humanidad manifiesta un progreso real en la comprensión y el reconocimiento del valor y la dignidad de cada persona, fundamento de los derechos y de los imperativos éticos con los que se ha intentado y se intenta construir la sociedad humana. Pues bien, es precisamente en nombre de la promoción de la dignidad humana que se ha prohibido toda conducta y estilo de vida que perjudica esa dignidad. Así, por ejemplo, las prohibiciones jurídico-políticas, y no sólo éticas, contra las distintas formas de racismo y de esclavitud, la discriminación injusta y la marginación de las mujeres, niños, personas enfermas o con discapacidades graves, son un claro testimonio del reconocimiento del valor inalienable y de la intrínseca dignidad de cada ser humano, y el signo del genuino progreso que está recorriendo la historia de la humanidad. En otros términos, la legitimidad de cualquier prohibición se funda en la necesidad de tutelar un auténtico bien moral.

37. Si el progreso humano y social se caracterizó inicialmente por el desarrollo de la industria y la producción de bienes de consumo, hoy se distingue por el desarrollo de la informática, la investigación en el campo de la genética, la medicina y la biotecnología aplicada también al hombre. Se trata de áreas de gran importancia para el futuro de la humanidad, en las que, sin embargo, también existen evidentes e inaceptables abusos. «Así como hace un siglo la clase obrera estaba oprimida en sus derechos fundamentales, y la Iglesia tomó su defensa con gran valentía, proclamando los derechos sacrosantos de la persona del trabajador, así ahora, cuando otra categoría de personas está oprimida en su derecho fundamental a la vida, la Iglesia siente el deber de dar voz, con la misma valentía, a quien no tiene voz. El suyo es el clamor evangélico en defensa de los pobres del mundo y de quienes son amenazados, despreciados y oprimidos en sus derechos humanos» [59].

En virtud de la misión doctrinal y pastoral de la Iglesia, la Congregación para la Doctrina de la Fe ha sentido el deber de reafirmar la dignidad y los derechos fundamentales e inalienables de todo ser humano, incluso en las primeras etapas de su existencia, y de explicitar los requisitos de protección y respeto que el reconocimiento de tal dignidad exige a todos.

El cumplimiento de este deber implica la valentía de oponerse a todas las prácticas que se traducen en una grave e injusta discriminación de los seres humanos aún no nacidos. Son seres humanos dotados de la dignidad de persona, que han sido creados a imagen de Dios. Detrás de cada "no" brilla, en las fatigas del discernimiento entre el bien y el mal, un gran "sí" en reconocimiento de la dignidad y del valor inalienable de cada singular e irrepetible ser humano llamado a la existencia.

Los fieles se han de comprometer firmemente a promover una nueva cultura de la vida, recibiendo el contenido de la presente Instrucción con asentimiento religioso, concientes de que Dios siempre da la gracia necesaria para observar sus mandamientos y que, en cada ser humano, especialmente en los más pequeños, se encuentra el mismo Cristo (cf. Mt 25,40). Todos los hombres de buena voluntad, especialmente los médicos y los investigadores dispuestos a confrontarse y llegar a la verdad, sabrán también comprender y compartir estos principios y valoraciones orientados a proteger la frágil condición del ser humano en las etapas iniciales de su vida y a promover una civilización más humana.

El Sumo Pontífice Benedicto XVI, en el transcurso de la Audiencia concedida el 20 de junio de 2008 al suscrito Cardenal Prefecto, ha aprobado la presente Instrucción, decidida en la Sesión Ordinaria de esta Congregación, y ha ordenado su publicación.

Roma, en la Sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 8 de septiembre de 2008, Fiesta de la Natividad de la Bienaventurada Virgen María.

Card. William Levada – Prefecto
Arz. Luis Ladaria - Secretario

[1] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ sobre el respeto de la vida humana naciente y la dignidad de la procreación (22 de febrero de 1987): AAS 80 (1988), 70-102.

[2] Juan Pablo II, Carta Encíclica Veritatis splendor sobre algunas cuestiones fundamentales de la enseñanza moral de la Iglesia (6 de agosto de 1993): AAS 85 (1993), 1133-1228.

[3] Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ sobre el valor y el carácter inviolable de la vida humana (25 de marzo de 1995): AAS 87 (1995), 401-522.

[4] Juan Pablo II, Discurso a los participantes en la VII Asamblea de la Pontificia Academia para la Vida (3 de marzo de 2001), n. 3: AAS 93 (2001), 446.

[5] Cf. Juan Pablo II, Carta Encíclica Fides et ratio sobre las relaciones entre fe y razón (14 de septiembre de 1998), n. 1: AAS 91 (1999), 5.

[6] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, I, 1: AAS 80 (1988), 79.

[7] Como recordó Benedicto XVI, los derechos humanos, en particular el derecho a la vida de cada ser humano, «se basan en la ley natural inscrita en el corazón del hombre y presente en las diferentes culturas y civilizaciones. Arrancar los derechos humanos de este contexto significaría restringir su ámbito y ceder a una concepción relativista, según la cual el sentido y la interpretación de los derechos podrían variar, negando su universalidad en nombre de los diferentes contextos culturales, políticos, sociales e incluso religiosos. Así pues, no se debe permitir que esta vasta variedad de puntos de vista oscurezca no sólo el hecho de que los derechos son universales, sino que también lo es la persona humana, sujeto de estos derechos » (Discurso a la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, 18 de abril de 2008: AAS 100 [2008], 334).

[8] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, I, 1: AAS 80 (1988), 78-79.

[9] Ibíd., II, A, 1: l.c., 87.

[10] Pablo VI, Carta Encíclica Humanæ vitæ (25 de julio de 1968), n. 8: AAS 60 (1968), 485-486.

[11] Benedicto XVI, Discurso a los participantes al Congreso Internacional promovido por la Universidad Pontificia Lateranense, en el 40° aniversario del la Carta Encíclica Humanæ vitæ (10 de mayo de 2008): L'Osservatore Romano, 11 de mayo de 2008, pág. 1; cf. Juan XXIII, Carta Encíclica Mater et magistra, (15 de mayo de 1961), III: AAS 53 (1961), 447.

[12] Concilio Ecuménico Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et spes, n. 22.

[13] Cf. Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 37-38: AAS 87 (1995), 442-444.

[14] Juan Pablo II, Carta Encíclica Veritatis splendor, n. 45: AAS 85 (1993), 1169.

[15] Benedicto XVI, Discurso a los participantes en la Asamblea general de la Academia Pontificia para la Vida y en el Congreso internacional sobre el tema "El embrión humano en la fase de preimplantación" (27 de febrero de 2006): AAS 98 (2006), 264.

[16] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, Introducción, 3: AAS 80 (1988), 75.

[17] Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Familiaris consortio sobre la misión de la familia cristiana en el mundo actual (22 de noviembre de 1981), n. 19: AAS 74 (1982), 101-102.

[18] Cf. Concilio Ecuménico Vaticano II, Declaración Dignitatis humanæ, n. 14.

[19] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, II, A, 1: AAS 80 (1988), 87.




[20] Ibíd., II, B, 4: l.c., 92.

[21] Ibíd., Introducción, 3: l.c., 75.

[22] Bajo el nombre de fecundación o procreación artificial heteróloga se entienden «las técnicas ordenadas a obtener artificialmente una concepción humana, a partir de gametos procedentes de al menos un donador diverso de los esposos unidos en matrimonio» (ibíd., II: l.c., 86).

[23] Bajo el nombre de fecundación o procreación artificial homóloga se entiende «la técnica dirigida a lograr la concepción humana a partir de los gametos de dos esposos unidos en matrimonio» (ibíd.).

[24] Ibíd., II, B, 7: l.c., 96; cf. Pio XII, Discurso a los participantes en el IV Congreso Internacional de Médicos Católicos (29 de septiembre de 1949): AAS 41 (1949), 560.

[25] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, II, B, 6: l.c., 94.

[26] Cf. ibíd., II: l.c., 86.

[27] Actualmente, incluso en los más importantes centros de fecundación artificial, el número de embriones sacrificados es superior al 80%.

[28] Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 14: AAS 87 (1995), 416.

[29] Cf. Pio XII, Discurso a los participantes del II Congreso mundial de Nápoles sobre fecundidad y esterilidad humana (19 de mayo de 1956): AAS 48 (1956), 470; Pablo VI, Carta Encíclica Humanæ vitæ, n. 12: AAS 60 (1968), 488-489; Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, II, B, 4-5: AAS 80 (1988), 90-94.

[30] Cada vez hay más personas, incluso no unidas por el vínculo conyugal, que recurren a las técnicas de fecundación artificial para tener un hijo. Tales prácticas debilitan la institución matrimonial y dan a luz niños en ambientes no favorables para su pleno desarrollo humano.

[31] Benedicto XVI, Discurso a los participantes en la Asamblea general de la Academia Pontificia para la Vida y en el Congreso internacional sobre el tema "El embrión humano en la fase de preimplantación" (27 de febrero de 2006): AAS 98 (2006), 264.

[32] La Inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI) se parece en casi todos los aspectos a las otras formas de la fecundación in vitro, distinguiéndose en el hecho de que la fecundación no ocurre espontáneamente en la probeta, sino a través de la inyección en el citoplasma del óvulo de un solo espermatozoide previamente seleccionado, y a veces a través de la inyección de elementos inmaduros de la línea germinal masculina.

[33] Sin embargo, hay que señalar que los especialistas discuten sobre algunos riesgos que la Inyección intracitoplasmática de espermatozoides puede comportar para la salud del concebido.

[34] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, II, B, 5: AAS 80 (1988), 93.

[35] Con relación a los embriones, la crioconservación es un procedimiento de enfriamiento a bajísimas temperaturas para permitir una larga conservación.

[36] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, I, 6: AAS 80 (1988), 84-85.

[37] Cf. n. 34-35 de esta Instrucción.

[38] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, II, A, 1-3: AAS 80 (1988), 87-89.

[39] Juan Pablo II, Discurso a los participantes en el Simposio sobre "Evangelium vitæ y Derecho" y en el XI Coloquio internacional de Derecho Canónico (24 de mayo de 1996), n. 6: AAS 88 (1996), 943-944.

[40] La crioconservación de óvulos ha sido planteada también en otros contextos que aquí no se consideran. Por óvulo se entiende la célula germinal femenina no penetrada por el espermatozoide.

[41] Cf. Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et spes, n. 51; Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 62: AAS 87 (1995), 472.

[42] Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 63: AAS 87 (1995), 473.

[43] Los métodos interceptivos más conocidos son el espiral o DIU (Dispositivo intrauterino) y la llamada "píldora del día siguiente".

[44] Los principales métodos de contragestación son la píldora RU 486 o Mifepristona, las prostaglandinas y el Metotrexato.

[45] Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 58: AAS 87 (1995), 467.

[46] Cf. Código de Derecho Canónico, can. 1398 y Código de Cánones de las Iglesias Orientales, can. 1450 § 2; cf. también Código de Derecho Canónico, can. 1323-1324. La Comisión Pontificia para la interpretación auténtica del Código de Derecho Canónico declaró que por el concepto penal de aborto se entiende «matar al feto en cualquier modo y en cualquier momento a partir de su concepción» (Respuestas a dudas, 23 de mayo de 1988: AAS 80 [1988], 1818).

[47] En el estado actual de la ciencia, las técnicas propuestas para realizar la clonación humana son dos: fisión gemelar y transferencia del núcleo. La fisión gemelar consiste en la separación artificial de células individuales o grupos de células del embrión, en las primeras fases del desarrollo, y en su subsiguiente traslado al útero, para conseguir artificialmente embriones idénticos. La transferencia de núcleo, o clonación propiamente dicha, consiste en la introducción de un núcleo extraído de una célula embrionaria o somática en un óvulo anteriormente privado de su núcleo, seguido por la activación de este óvulo que, por consiguiente, debería desarrollarse como embrión.

[48] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, I, 6: AAS 80 (1988), 84; Juan Pablo II, Discurso a los Miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede (10 de enero de 2005), n. 5: AAS 97 (2005), 153.

[49] Técnicas nuevas de este tipo son, por ejemplo, la aplicación de la partenogénesis a los seres humanos, la transferencia de un núcleo alterado (Altered Nuclear Transfer: ANT) y la reprogramación asistida del óvulo (Oocyte Assisted Reprogramming: OAR).

[50] Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 60: AAS 87 (1995), 469.

[51] Benedicto XVI, Discurso a los participantes en el Congreso Internacional sobre el tema "Las células troncales: ¿qué futuro en orden a la terapia?", organizado por la Academia Pontificia para la Vida (16 de septiembre de 2006): AAS 98 (2006), 694.

[52] Cf. n. 34-35 de esta Instrucción.

[53] Cf. Benedicto XVI, Discurso a los participantes en el Congreso Internacional sobre el tema "Las células troncales: ¿qué futuro en orden a la terapia?", organizado por la Academia Pontificia para la Vida (16 de septiembre de 2006): AAS 98 (2006), 693-695.

[54] Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 63: AAS 87 (1995), 472-473.

[55] Cf. ibíd., n. 62: l.c., 472.

[56] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, I, 4: AAS 80 (1988), 83.

[57] Cf. Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 73: AAS 87 (1995), 486: «El aborto y la eutanasia son crímenes que ninguna ley humana puede pretender legitimar. Leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que, por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia». El derecho a la objeción de conciencia, expresión del derecho a la libertad de conciencia, debería ser tutelado por las legislaciones civiles.

[58] Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, n. 89: AAS 87 (1995), 502.

[59] Juan Pablo II, Carta a todos los Obispos de la Iglesia sobre la intangibilidad de la vida humana (19 de mayo de 1991): AAS 84 (1992), 319.