DON BOSCO

DON BOSCO
"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

EL ABORTO


 y la objeción de conciencia médica

La Nación, editorial, 15 de mayo de 2019 

A lo largo de la historia, el tema de la objeción de conciencia, esto es, la resistencia al cumplimiento de un deber jurídico por considerar que violenta las propias creencias o convicciones, adquirió fama con casos como el del martirio de Tomás Moro o el de Sócrates, quien prefirió morir antes que cometer una injusticia, o el de Antígona, frente a la imposición del tirano Creonte. A veces incluso algunos soldados se opusieron a ir al frente de batalla no porque rechazaran defender a su nación, sino porque sostenían que lo harían desde cualquier posición que no implicara correr el riesgo de matar a un semejante. En nuestro país, mientras el servicio militar fue obligatorio, en el caso "Portillo", la Corte Suprema de Justicia reconoció jerarquía constitucional al derecho a la objeción de conciencia que cuestionaba la obligatoriedad de esa prestación del demandante.
Asistimos hoy a variadas corrientes de pensamiento que proponen prácticas supuestamente sanitarias con fines dignos de entrar en conflicto con las convicciones de más de un profesional. Se proponen así procedimientos como la eutanasia, la esterilización permanente o la interrupción legal del embarazo, por solo mencionar algunos, que colisionan con concepciones morales, religiosas o de la esfera de la intimidad. Y quienes creen en el respeto irrestricto del derecho a la vida y de los dictados de la naturaleza han contribuido al desarrollo del derecho a la objeción de conciencia de quienes se resisten a ser obligados a obrar en contra de sus convicciones personales esgrimiendo, frente a la norma que les impone esas conductas, su derecho individual, humano y personalísimo, sus creencias o convicciones.
En estos días ha dado comienzo en Cipolletti, provincia de Río Negro, el juicio contra el doctor Leandro Rodríguez Lastra, jefe del Servicio de Ginecología del Hospital Pedro Moguillansky, ginecólogo acusado de supuestamente no haber permitido un aborto no punible en 2017 a una joven violada de 19 años. Cursando un avanzado embarazo de 22 semanas de gestación, con un bebé vivo de más de 500 gramos de peso, la joven ingresó al hospital por derivación con fuertes dolores y contracciones, aduciendo que había ingerido pastillas abortivas provistas por una red que "asiste" a mujeres que desean abortar. Manifestó que se trataba de un embarazo no deseado, pero no refirió violación, algo que recién luego compartió con las asistentes sociales. Ante este cuadro, por temor a que la paciente presentara un aborto séptico, el profesional ordenó estudios que confirmaron el riesgo de vida e indicó antibióticos para estabilizarla, luego de lo cual ella permaneció sedada varias semanas, a la espera de un informe psiquiátrico y de la autorización judicial para concretar la interrupción del embarazo por violación, tal como fija la ley, aun cuando claramente lo avanzado de la gestación ya no permitía pensar en un aborto. Una junta médica dispuso la fecha de cesárea a los siete meses y medio para que el bebé tuviera mayor posibilidad de vida, y una vez nacido fuera entregado en adopción. Tanto el Ministerio de Salud como la jueza de familia estuvieron también de acuerdo con no interrumpir el embarazo y dar al bebé en adopción.

Quien presenta la denuncia contra el médico no fue la joven ni nadie de su entorno, sino la diputada provincial Marta Milesi (Juntos Somos Río Negro), pediatra y autora de un proyecto de ley de aborto no punible en Río Negro, quien lo acusó de faltar a sus deberes, desconociendo que una norma provincial no puede obligar al médico a incurrir en un delito penado a nivel nacional, por norma de mayor jerarquía. Por su parte, unos 30 legisladores, representantes de 16 provincias, expresaron su respaldo al médico ante el inicio del juicio.

La pena, de uno a dos años, para el delito imputado al profesional es excarcelable, pero puede implicar su inhabilitación profesional.

Resulta a todas luces incomprensible la persecución de la que se ha hecho víctima al médico, no solo porque no mató a nadie, sino porque de hecho salvó la vida de la joven y también la de su bebé, que tiene hoy dos años y fue adoptado. Los reclamos y denuncias como la referida desde posiciones ideologizadas extremas evidencian tristemente el poco valor que algunos asignan a la vida. No se buscó condenar al violador ni a quienes proveyeron las pastillas abortivas sin tener la idoneidad para medicar; fallaron también la prevención y la asistencia a la joven. En el afán por mediatizar la cuestión, se pasa incluso por alto que lo avanzado del embarazo ni siquiera permitía encuadrar el caso dentro del protocolo fijado por la ley provincial, acusando al profesional de no haberse registrado como objetor de conciencia a la fecha de los hechos.

La discusión sobre la interrupción legal del embarazo que tuvo lugar en nuestro país durante 2018, en la que felizmente primó el derecho a la vida de las personas por nacer, puso sobre el tapete la posibilidad de que los profesionales de la salud resistieran normas imperativas que los obligaran a contrariar lo que su conciencia les dictaba, dando lugar a la posibilidad de objetar ese mandato legal contrario a sus convicciones y resistirlo, tanto en el plano personal como institucional o colectivo.

El sano afán de servir a la salud del prójimo de acuerdo con premisas esenciales no puede castigarse. La denuncia contra el doctor Rodríguez Lastra carece de sustento formal, jurídico o médico, por cuanto actuó en consonancia con el juramento hipocrático y el respeto a la jerarquía de las leyes vigentes. El caso sentará un claro precedente que debe fundarse en razones de justicia y no de ideología. No siendo este un tema sencillo, no cabe duda de que los derechos del profesional deben ser priorizados frente a imputaciones de este tenor para no caer en una desvalorización de su labor ni en un peligroso menosprecio por la vida.

INVERTIR


 SEGÚN LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
 Religión en Libertad, 13-5-19

Altum Faithful Investing es la primera  EAFI (Empresa de Asesoramiento Financiero) nacida en España centrada en asesorar la gestión del patrimonio con criterios cien por cien católicos. De hecho, su lema es claro: “Invertir según la Doctrina Social de la Iglesia”.

Su labor y apuesta por estos valores no sólo la hace una alternativa católica sino también de éxito. De hecho, acaba de ser premiada entre las diez iniciativas sociales más innovadoras del 2018 por CAF –Banco de Desarrollo de América Latina- y la revista Compromiso Empresarial.

Proyectos que mejoran la sociedad

Esta compañía ha recibido un galardón que reconoce aquellos proyectos que generan un cambio positivo en la sociedad y contribuyen a mejorar la calidad de vida de colectivos vulnerables.

Altum, empresa de asesoramiento financiero regulada por la CNMV, ha sido escogida entre más de 220 iniciativas, debido a su alto compromiso social, al destinar el 100% de sus beneficios a proyectos que apoyen la evangelización a través de la oración, la misión y la formación de vocaciones religiosas.

Éxito desde una perspectiva cristiana

“Sólo podemos dar las gracias a CAF y a Compromiso Empresarial por este reconocimiento a aquellas empresas que, como la nuestra, optamos libremente por ejercer una gestión empresarial movida por principios distintos al del mero beneficio económico. Nos anima a seguir remando mar a dentro, duc in altum” según palabras de Borja Barragán, fundador de Altum Faithful Investing.

Durante la entrega de los premios, José Antonio García Belaunde, representante de CAF en Europa, calificó la innovación y el emprendimiento como “motores de cambio y factores esenciales para generar ventajas competitivas”.

Por su parte, María López Escorial, presidenta de la Fundación Compromiso y Transparencia, editora de la revista Compromiso Empresarial, destacó que “es una enorme satisfacción comprobar que cada año hay más instituciones que se entregan en cuerpo y alma a enfrentar los retos sociales con iniciativas que han producido un cambio positivo en la sociedad”.

CURSO


 sobre problemas socio culturales ante excesos del poder político

Aica,  8 May 2019
La Fundación Centro Cultural Universitario, cursos Ars Iuris (FCCU), que preside el doctor Eduardo Quintana, ha organizado un curso titulado "Problemas socio culturales ante los excesos del poder político". El curso, que tendrá lugar en la sede de la FCCU (Paraguay 1830, tercer piso “A”, Buenos Aires), será dictado los días martes a las 19 desde el martes 14 de mayo al martes 8 de junio de 2019.

El programa comprende los siguientes temas:
Martes 14 de mayo, "Globalización y poder mundial. La tensión entre lo global y lo local", cuyo expositor será el doctor Daniel A. Herrera.
Martes 21 de mayo, "Poderes detrás de los poderes. Las sociedades ocultas", a cargo del doctor Gerardo Palacios Hardy.
Martes 28 de mayo, "El poder civil y la religión. Las imágenes de devoción y el Estado laicista", que será expuesto por el doctor Claudio P. Grosso.
Martes 4 de junio, "El poder del Estado respecto a las familias. Políticas públicas sobre reproducción, tipos familiares y educación", que estará a cargo del doctor Eduardo Quintana.
El expositor de cada día expondrá durante 30 minutos para luego abrir un espacio interactuado con los presentes.
La entrada es sin cargo pero se requiere inscripción previa en el correo electrónico: fundacionccu@gmail.com. Quienes lo deseen pueden colaborar para el mantenimiento de la Fundación.

El Centro Cultural Universitario
El Centro Cultural Universitario, hoy Fundación Centro Cultural Universitario, fue creado en 1977 por un grupo de profesionales e intelectuales de distintas ramas.

"A lo largo de los años -explicó a AICA su presidente el doctor Eduardo Quintana- hemos ofrecido conferencias, cursos, charlas dictadas por prestigiosos especialistas. Principalmente el derecho fue la ciencia a la que más nos hemos dedicado. Por ello, los cursos “Ars Iuris”, arte jurídico, es nuestro sello distintivo. La filosofía del derecho, el derecho constitucional, el derecho internacional e incluso la bioética jurídica han sido nuestras áreas de más trabajo".

"Además de la ciencia -agregó-, la cultura es un aspecto que no dejamos de fomentar. De allí el nombre de nuestra Institución. La promoción de la literatura, cine, historia, artes plásticas y arquitectura, entre otros, pretendemos que de una manera u otra esté siempre presente entre nosotros".

"Los integrantes de nuestra institución -siguió explicando Quintana- comparten el interés por la búsqueda de la verdad. El poseer este interés común no solo fue la razón del nacimiento de la Fundación, sino lo que nos ha hecho perseverar ante las inclemencias de los tiempos.

"A través de cursos, conferencias y charlas pretendemos ser intermediarios entre los más prestigiosos especialistas en las diversas áreas, y profesionales o estudiantes interesados en conocer más acabadamente el “arte jurídico”.

"Asimismo nos proponemos ayudar al desarrollo intelectual y profesional acercando a los pensadores clásicos de la historia, como a los contemporáneos, a quienes sientan la necesidad de profundizar el estudio de “lo jurídico”.

"Sin perjuicio de los proyectos intelectuales, nuestro deseo es relacionar a quienes posean una sólida formación y quienes sientan una inclinación a ser mejores y completos juristas, creando entre todos un lazo de respecto y amistad", concluyó.+

ARGUMENTOS


 para defender al doctor Rodríguez Lastra, perseguido por las pandillas promuerte

By: Juan Carlos Monedero (h), mayo 6, 2019

Los hechos y el objetivo del caso: escarmentar la defensa de la vida
La vida del médico ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra cambió inesperadamente cuando –en el mes de abril de 2017, en la ciudad de Cipolletti, Río Negro– recibió a una joven embarazada de 5 meses que se había intentado practicar un aborto usando un fármaco que le había dado clandestinamente una persona perteneciente a una agrupación verde. Llegó al hospital con riesgo de morir, como relató el Dr. Rodríguez Lastra en una entrevista reciente que le hizo Eduardo Feinmann[1]. La joven peticiona el aborto, y la junta directiva del hospital decide que lo mejor para ella y para su bebé es continuar el embarazo. Hoy, tanto la mujer como el niño están sanos pero el Dr. Rodríguez Lastra será llevado a juicio oral a partir del 13 de mayo.
Ni la chica ni su familia sino la legisladora Marta Milesi impulsa la demanda contra Rodríguez Lastra, acusado de “incumplimiento de los deberes del funcionario público”, como si matar a un inocente pudiese ser un deber. “Lo volvería a hacer… sobre mí no pesa la muerte de ningún chico” fueron las palabras de este hombre en la entrevista.
Se trata de un caso que se pone en la palestra pública procurando seguramente escarmentar a todo aquel médico que quiera cumplir su juramento hipocrático. Están en juego muchas cosas, y tanto los medios como los activistas políticos necesitan de un castigo ejemplarizador. Necesitan condicionar a la gente, al mejor estilo Pavlov, para que a nadie se le ocurra salvar vidas. Meter miedo a uno para que todos los demás se vean aterrorizados: por eso cabe decir que vivimos tiempos de terrorismo.

Declaraciones de la Academia Nacional de Medicina
La Academia Nacional de Medicina ha repetido en numerosas ocasiones su posición contraria al crimen del aborto. Lo dijo ya en 1994, lo ratificó en el 2010 y el año pasado, ni bien comenzó el absurdo y criminal debate sobre si podemos matar a un inocente –y cómo lo haríamos–, sostuvo categóricamente que “destruir a un embrión humano significa impedir el nacimiento de un ser humano”[2]. Entre otras declaraciones, también cabe mencionar aquella sobre las prácticas que “deshumanizan” en Medicina, donde entre otras incluyó el aborto provocado[3].

La acusación contra Rodríguez Lastra
Pero el cuadro es aún más espinoso. Según informaron los medios, “Con su accionar, el médico habría incumplido con lo normado por la Ley Provincial 4796 y el decreto provincial 182/2016, entre otras normativas que regulan el derecho de las víctimas de abusos sexuales que resultaran embarazadas producto de la violación a acceder a la interrupción legal de su embarazo…” fueron las palabras de los fiscales Santiago Márquez Gauna, Rita Lucía y Anabella Camporessi ante el juez Julio Sueldo, según informó un medio de la propia ciudad de Cipolletti[4]. En efecto, la ley 4796 de la provincia de Río Negro sostiene en su art. 3.

Pero ¿y si la resolución no existiera? A veces, los mitos cobran la fuerza de las verdades de puño. Son muchos los que creen –tanto celestes como verdes– en la existencia de una resolución, emanada por el Ministerio de Salud de la Nación en el 2010, que daría vía libre a la práctica del aborto no punible en los hospitales. Se cree que Juan Luis Manzur activó en julio de ese año la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no punibles, cuando ejercía el cargo de Ministro de Salud, designado por el kirchnerismo. Es cierto que se realizaron todos los pasos administrativos previos a la creación de la resolución pero también lo es que la guía técnica para matar (colgada en internet) no tiene resolución ministerial. Esto significa que la resolución 1184/2010 del Ministerio de Salud no existe. No está y nunca estuvo en el boletín oficial.

Esto ya había sido dicho por el propio Manzur el 21 de julio del 2010, 24 horas después de que el protocolo para matar inocentes fuese colgado en la página de la cartera del Ministerio de Salud. La portada del sitio, informó Página/12, rezaba: “Los procedimientos previstos por esta Guía son de aplicación establecida por Resolución Ministerial N° 1184 del 12 de julio de 2010”. Pero desde el Ministerio se sostuvo públicamente que tal resolución no había sido firmada, que sólo se había “actualizado” una guía ya existente. Por lo tanto, la guía sigue vigente y la resolución no ha sido ni fue nunca firmada.


El 31 de julio de ese mismo año, Página/12 visibilizó otro reclamo de las verdes, que exigían la firma de la resolución por parte del ministro a fin de obtener el respaldo definitivo:


Sin embargo, Manzur fue denunciado penalmente bajo la acusación de “apología del delito, incumplimiento de los deberes de funcionario público e instigación a cometer delitos”[5], dado que el protocolo instiga a que los profesionales de la salud cometan delitos.

Hasta tal punto subsiste el equívoco (algunos creen que deliberado[6]) en gran parte de la opinión pública –tanto celeste como verde– que la misma ley 4796 de la provincia de Río Negro adhiere a esta guía alegando en su art. 3 la vigencia de una resolución que nunca se firmó, como vimos al comienzo. Ahora bien, la ciudad de Cipolletti está en Río Negro. ¿Se puede creer que es la misma provincia donde el médico Leandro Rodríguez Lastra está siendo procesado por no haber ejecutado a un bebé mediante un aborto?

Rodríguez Lastra será llevado a juicio oral en una semana… por no haber realizado una práctica que el sentido común reprueba como asesinato, que la Academia Nacional de Medicina condena como anti médica, que la ley Argentina castiga como delito, en el marco de una situación que no provocó él sino la propia mujer, cuando intentó abortar… ¡Acusado de violentar una ley provincial cuyo art. 3 invoca una resolución que jamás fue firmada!







ENRIQUE SHAW


Los documentos del presunto Milagro fueron presentados ante la Congregación para las Causas de los Santos
Acde, 2-5-19
Roma | Fueron presentados los documentos de la instrucción Diocesana del presunto Milagro de Enrique Shaw ante la Congregación para las Causas de los Santos, fue a media mañana romana, cuando la Postuladora, Dra. Silvia Correale, el Vice Postulador, Dr. Juan Gregorio Navarro Floria, acompañados por Mons. Santiago Olivera llegaban para su presentación. Recordemos, que el pasado jueves 25 de abril, en la Catedral Castrense, Stella Maris, se clausuraba la Instrucción Diocesana, donde el Obispo Castrense de Argentina, junto al Tribunal Eclesial Castrense, lacraba los documentos hoy presentados en Roma.

En Roma, fueron recibidos por el Canciller de la Congregación para las Causas de los Santos, Padre Turek, cumplido este primer acto, el paso siguiente será la apertura oficial de las cajas lacradas. Allí, se estudiará la validez jurídica del trabajo efectuado por el Tribunal Eclesial Castrense, donde se examinará cada uno de los procesos concretados y que los mismos, se hayan efectuado según amerita la instrucción del caso.

Resulta especial, recordar las palabras de Mons. Santiago Olivera, brindadas en una entrevista radial concedida en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la semana pasada sobre el Siervo de Dios, “fue un Padre de familia ejemplar, un laico destacado, un empresario Obrero, Enrique Shaw que antes de ser empresario quiso ser obrero, con el correr de los años, el padecimiento de una dura enfermedad vivida, le demandó contar con la donación de sangre. Fueron sus obreros quienes se la brindaron, a pesar del estado de su mala salud, él lo vivía de un modo gozoso, pensando siempre en los otros, a no mirar solo en el propio crecimiento, sino pensando a que estaremos bien si crecemos todos”.

Volviendo al trámite cumplido hoy en Congregación para las Causas de los Santos, si todo es correcto, entonces quedará avanzar con el proceso ordinario, el cual será desarrollado por los médicos, teólogos, Obispos y Cardenales, quienes darán su veredicto. Esta es una nueva etapa, son tiempos históricos en nuestra Diócesis, por ello juntos, renovemos nuestra fe y ruego, rezando por la efectividad del proceso.

OBJETAN LA NOMINACIÓN


de Marisa Graham como Defensora de los Derechos del Niño
Aica, 30 Abr 2019

El 25 de abril pasado, la Comisión Bicameral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes propuso a Graham para ese cargo que estaba vacante desde su creación en 2005. Ahora tanto la Cámara de Diputados como el Senado de la Nación deberán ratificar por mayoría simple la designación.

“¿Es una ironía o una broma de mal gusto que la Defensora de Niños y Adolescentes esté a favor del aborto? Tiempos que exigen mirada atenta y compromiso firme y valiente”, escribió monseñor Santiago Olivera, el obispo castrense, en las redes sociales al enterarse de la designación de Graham.
El Partido Demócrata Cristiano porteño (PDC CABA) consideró la nominación de Graham como "una patraña de un sector de legisladores contrarios a los derechos de los niños y niñas que utilizan las técnicas de los hechos consumados en actitud militante", y anticipó que interpondrá un recurso jerárquico ante la Bicameral y en instancias judiciales a fin de que “la propuesta quede sin efecto y pueda lograrse a breve plazo la designación, en forma legal y legítima, de un Defensor del Niño que defienda a todos los niños, nacidos y por nacer”.

"El 10 de setiembre de 2018 el PDC CABA planteó la recusación de 8 de los 10 integrantes de la Comisión Bicameral de designación por haber votado favorablemente por la legalización del aborto".
 “La posición abortista de las recusadas creó una situación de parcialidad manifiesta y discriminatoria que desembocó, como era previsible, en la propuesta de una postulante ‘reconocida militante abortista’”, aseveró en un comunicado con las firmas de su presidente Carlos Lionel Traboulsi y su secretario general, Roberto J. Martínez.

En tanto, Unidad Provida, que integran distintas organizaciones, coincidió en que “una candidata militante de un determinado sector político e ideológico que avala e impulsa el descarte selectivo de personas, no reúne la idoneidad necesaria para tal cargo” y manifestó su “rechazo categórico” a la postulación de Graham.

"Vemos con gravedad que la nominada al cargo ha tomado partido de forma manifiesta y militante por la legalización del aborto, siendo que esta práctica conculca el primer derecho humano, que es el derecho de todos a vivir", expresó en un comunicado.

La asociación civil Abogados por la Vida de la provincia de San Juan expresó su repudio a la designación de Graham, dado que la letrada se "ha declarado públicamente a favor de la legalización del aborto, en franca contradicción con uno de los principios constitucionales fundamentales y necesarios para la integridad nacional como es el derecho a la vida del niño por nacer".

"La propuesta de designación ha sido ilegal y violatoria del procedimiento legal correspondiente, al ser pronunciada con anterioridad a la resolución de impugnaciones oportunamente interpuestas, lo que lo vicia de nulidad absoluta", planteó en un comunicado.+

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CÓRDOBA




DIPLOMATURA EN PENSAMIENTO SOCIAL CRISTIANO

FUNDAMENTO

La Doctrina Social de la Iglesia propone, especialmente a los laicos católicos, los principios ideales actuales como criterios de juicio y construcción social: la dignidad de la persona, la subsidiaridad como tarea de la propia libertad y la solidaridad como expresión de la caridad. Por otro lado, ofrece una especie de “programa” que no es negociable, tendiente a la defensa de la vida como don, la protección de la verdad y liberad.  Debemos estar convencidos de que la Doctrina Social de la Iglesia es apta para resolver los problemas sociales, y ello no se da si no se desarrolla una formación verdadera y eficaz. 

No es una “última vía” de solución, sino que tiene categoría propia; no pertenece al ámbito de la ideología sino al de la teología, siendo lo suficiente amplia para adaptarse y aplicarse a las variables de los tiempos sin negar sus principios inmutables y permanentes, siendo expresión de la vida de los miembros de la Iglesia, conteniendo los fundamentos teóricos para contribuir a un desarrollo social integral.


Bibliografía básica: Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia


CRONOGRAMA

4 de mayo
Mód. 1-1: Iglesia y Doctrina Social
CAP. 2: Misión de la Iglesia y Doctrina Social
Mons. Pedro Javier Torres
18 de mayo
Mód. 2: Principios fundamentales
CAP. 4: Los principios de la Doctrina
Social de la Iglesia
Dra. Silvana Scarpino
1º de junio
Mód. 7 - 2: La política
El PSC en diálogo con otras corrientes de pensamiento (¿el comunitarismo?)
Dr. Rodrigo Agrelo
15 de junio
Mód. 4: La familia
CAP. 5: La familia, célula vital de la sociedad
Dr. Sixto José Sonzini Astudillo
Pbro. Diego Aliaga
29 de junio
Mód. 5: El trabajo
CAP. 6: El trabajo humano
Dr. Daniel Horacio Brain
27 de julio
Mód 1-2: Iglesia y Doctrina Social
CAP. 12: Doctrina Social y acción eclesial
Mons. Pedro Javier Torres
10 de agosto
Mód. 6 – 1: La economía
CAP. 7: La vida económica
Dr. Carlos Kesman
24 de agosto
Mód. 6 – 2: La economía
Consideraciones para un discernimiento ético sobre algunos aspectos del actual sistema económico y financiero
Dr. Enrique Carlos Bianchi
7 de septiembre
Mód. 7 - 1: La política
CAP. 8: La Comunidad política
Lic. Griselda Beatriz Ibaña
21 de septiembre
Mód. 3: Persona y derechos humanos
CAP. 3: La persona humana y sus derechos
Fundamento antropológico en la teoría de los derechos humanos
Dr. Ángel Esteban Villagra
Dr. José María González Leahy

5 de octubre
Mód. 8 - 1: El medio ambiente
CAP. 10: Salvaguardar el medio ambiente
Dr. Hernán Patricio Azpeteguía
19 de octubre
Mód. 8 - 2: El medio ambiente
Encíclica Laudato Sii
Dr. Santiago María Reyna
2 de noviembre
Mód. 9: En un mundo globalizado
CAP. 9: La comunidad internacional
Dr. Mario Albino Meneghini

16 de noviembre
Mód. 10: El desafío de la paz
CAP. 11: La promoción de la paz
Dra. Alejandra Sticca