HA
FACILITADO EL ABUSO CONTRA LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL URUGUAY.
Por Carlos Alvarez Cozzi
Un día
y otro también la prensa nos informa que en familias rotas por separación de
los padres, en algunos países como el Uruguay y otros, la tenencia de los niños
se le otorga a la madre y al padre se le fija un régimen de visitas,
facilitándose así la obstrucción de vínculos y el abuso cometidos por otros
contra los menores.
Esto
sucede en los Estados donde no se ha legislado la tenencia compartida o
alternada, lo que en Uruguay está por suceder si se aprueba el proyecto de ley
de corresponsabilidad en la crianza.
Al
generarse obstrucciones para el vínculo parental de los padres para ver a sus
hijos, o de los abuelos paternos para ver a sus nietos, por actos u omisiones
de la madre tenedora, se genera violencia intrafamiliar muchas veces.
Y lo
peor es que la madre al formar nueva pareja, muchas veces el compañero
sentimental de la madre tiene más contacto con los niños y adolescentes que el
propio padre, dándose lamentablemente casos de abusos de ellos en contra de los
hijos e hijas de su compañera sentimental.
Entonces,
es una situación que clama justicia. No es posible que el padre de los niños se
vea impedido del contacto con sus hijos, por denuncias muchas veces falsas de
la madre tenedora, mientras que el compañero sexual de la madre accede tanto y
tan fácil al contacto con los niños y jóvenes que termina a veces violando o
abusando de los mismos con la tolerancia o directamente la complicidad de la
madre.
El
precedente es uno de los varios cientos que la prensa releva en muchos países
de occidente y que sólo ponemos como ejemplo.
En mi
país, Uruguay, este fenómeno se da también bastante lamentablemente. (https://www.elpais.com.uy/informacion/judiciales/formalizan-hoy-hombre-abuso-hijastra-anos-dejo-embarazada.html)
No
vemos desafortunadamente que las organizaciones de feministas radicales
levanten la voz en estos casos, lo que sí hacen siempre cuando es el padre el
que reclama por mantener luego de separado el vínculo con sus hijos.
Esta
situación de obstrucción de los padres, facilita estos hechos lamentablemente y
constituye claramente una forma de maltrato infantil que va contra el interés
superior de los niños y adolescentes (art. 9.3 de la Convención de los Derechos
del Niño).
Esperamos
que en el caso de Uruguay se sancione finalmente la ley de corresponsabilidad
en la crianza para poner fin a las obstrucciones parentales, en tanto en la
norma se establece que la mera denuncia de la madre no suspende las visitas
mientras no exista sentencia firme que la haya comprobado, como ya han
legislado otros Estados con mucho éxito.