BELEM DO PARA

 

 

 


NOTIVIDA, Año XX, Nº 1218, 9 de noviembre de 2020

 

 

La comisión de Asuntos Constitucionales tratará mañana los proyectos que pretenden darle rango constitucional a la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, conocida como Convención de Belem do Pará porque fue aprobada durante una Asamblea de la OEA realizada en esa ciudad de Brasil, el 9 de junio de 1994.

 

Como repetimos desde hace décadas “violencia contra la mujer” y “violencia de género” son conceptos utilizados como herramientas de la “cultura de la muerte” para imponer “derechos sexuales y reproductivos” y eso incluye el aborto. Esta interpretación ideologizada de la violencia busca ahora llegar a la cúspide de la pirámide jurídica.

 

Recordemos que los Protocolos de Aborto No Punible invocaban engañosamente a la Convención de Belém do Pará y que el fallo FAL tuerce su interpretación al mencionar que la dilación en el acceso a un aborto contraviene el art. 7 de la Convención que pone en cabeza del Estado la respuesta a las víctimas de violencia sexual.

 

Desde el año 2005 la Convención tiene un Mecanismo de Seguimiento (MESECVI) integrado por activistas de la “cultura de la muerte”. El año pasado el Comité le recriminó ilegítimamente a Argentina no haberle hecho un aborto a la menor que dio a luz a Faustina, la beba que sobrevivió 10 días tras la cesárea practicada en Tucumán.

 

El Comité trabaja junto a una red de organizaciones integrada entre otros por: Human Rights Watch (HRW), Fundación Mujeres en Igualdad (MEI), Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), Católicas por el Derecho de Decidir (CDD) y Amnistía Internacional (AI).

 

Destaquemos finalmente que esta convención fue la que introdujo el vocablo “género” en la legislación regional.

 

Sobre la Convención de Belem do Pará se pueden ver entre otros los Notivida Nº: 274, 298, 306, 324, 325, 328, 329, 346, 458, 497, 755, 770, 799, 941, 942.

 

Los expedientes que piden que se le otorgue jerarquía constitucional a Belem do Pará son:

 

5516-D-2020 de Sofía Brambilla (PRO, Ctes).

 

4929-D-2020 de la radical Karina Banfi cofirmado por Facundo Suárez Lastra.

 

3604-D-2020 de Alberto Assef (PRO, BsAs) cofirmado por Gonzalo del Cerro (UCR, Sta.Fe) y Héctor Stefani (PRO, T.del Fuego).

 

3212-D-2020 de Paula Oliveto (CC, Ciudad de BsAs) cofirmado por sus pares de la Coalición Cívica:  Maximiliano Ferraro, Héctor “Toty” Flores, Alicia Terada, Juan Manuel López, Mariana Stilman, Mariana Zuvic, Marcela Campagnoli y Mónica Frade.

 

2763-D-2020 de Eduardo Valdés cofirmado por sus compañeros del Frente de Todos: Sergio Casas, Rosana Bertone, Carolina Moisés, Mónica Macha, Marcelo Casaretto, Blanca Osuna, Paola Vessvessian, Danilo Flores, Carlos Selva, Maria Liliana Schwindt, Jimena López, Jorge Romero, Carolina Yutrovic, Maria Graciela Parola, Nicolas Rodriguez Saa, Juan Emilio Ameri, Gladys Medina, Mabel Caparrós, Lucas Godoy y Liliana Yambrún. A los que se sumaron Alejandra Vigo (Cba.Federal) y el radical Facundo Suarez Lastra.