DON BOSCO

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"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

MÉXICO: FRONTAL ATAQUE AL MATRIMONIO Y A LA FAMILIA



Por Juan C. Sanahuja

NOTICIAS GLOBALES,  04 septiembre 2014


El 18 de agosto pasado, la Suprema Corte de Justicia (SCJN) de México, según la información oficial, adoptó un “protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual y la identidad de género, de conformidad con normas vinculantes e internacionalmente reconocidas en materia de derechos humanos”. El Protocolo “aunque no es vinculante, ofrece algunos principios orientadores clave dirigidos a jueces/juezas para dictar sentencia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género y, en cierta medida también, la diversidad corporal. 

Cabe destacar que en el protocolo se señalan algunos estereotipos comunes y conceptos errados acerca de las personas LGBTI, los cuales suelen obstaculizar su derecho a tener acceso a la justicia sin discriminación en diversas esferas, como el reconocimiento de la identidad de género, la vida familiar y las relaciones familiares, el trabajo y el empleo, la violencia y el sistema penal, la salud, la educación, la privación de la libertad y la libertad de expresión y de asociación”.

La Comisionada Tracy Robinson, Presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Relatora sobre los Derechos de las Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex, participó en el lanzamiento del protocolo en la Ciudad de México y declaró: “quiero felicitar a la Suprema Corte por haber dado este paso tan importante para la protección de los derechos humanos. Este protocolo es pionero y merece ser emulado en las Américas. El protocolo marca un comienzo importante que puede aportar a la transformación de la justicia no solamente en México sino en todos los lugares que lo tomen como modelo”.

Inicuos contenidos

El documento se basa en la numerosa bibliografía pro homosexual de los organismos de la ONU, de la OEA, de ámbitos judiciales mexicanos, que reinterpretan el texto y el espíritu de los tratados internacionales de derechos humanos, y de los ilegítimos Principios de Yogyakarta, que no han sido reconocidos por la comunidad internacional.

El protocolo, de 142 páginas, redefine legalmente conceptos como sexo, género, identidad de género, expresión de género y orientación sexual. Equipara el matrimonio a cualquier tipo de unión sexual, dándoles los mismos beneficios.

La SCJN señala que cualquier identidad de género, concuerde o no con el sexo “asignado al nacer”, es válida; que los matrimonios entre personas del mismo sexo pactados en lugares como la Ciudad de México tienen que ser reconocidos por el resto de los estados. Y afirma que excluir a las parejas del mismo sexo del matrimonio viola el derecho a la “no discriminación” y a la “protección de la familia”.


Entre otras cosas, enumera una larga lista de situaciones que van desde el supuesto derecho a que los niños escojan su identidad personal sexual, hasta las “cuotas obligatorias” de género en el trabajo.