DON BOSCO

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"BUENOS CRISTIANOS Y HONRADOS CIUDADANOS"

OTRO EJEMPLO DE DEGRADACIÓN


En un fallo insólito, una jueza sostiene que un sindicato de meretrices tiene por objeto el bien común. Además,considera que su sentencia contribuye al progreso en la moral igualitaria de nuestra sociedad.
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La Justicia ordena otorgar la personería jurídica a Ammar


Por Laura Leonelli Morey

Con fuertes cuestionamientos al Gobierno provincial, la Justicia cordobesa ordenó que se le otorgue la personería jurídica a la organización que desde hace años agrupa a trabajadoras sexuales en Córdoba.

Así lo decidió Victoria Bertossi de Lorenzati, jueza de Conciliación 5ª Nominación Laboral, quien reconoció que la Asociación Mujeres Meretrices Argentinas (Ammar) Córdoba sí persiguen el objetivo del “bien común”, requisito indispensable para la obtención de la personería jurídica.

La jueza tilda de “manifiestamente arbitraria y discriminatoria” la resolución de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Córdoba, que le había denegado la personería jurídica a Ammar en diciembre de 2012.

En este contexto, la magistrada declara la nulidad de la resolución 593 y ordena a la Dirección, que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, inscribir a Ammar Córdoba como asociación civil en el término de cinco días.

Críticas

El fallo fue contundente con la negativa original de la Dirección de Personas Jurídicas. “Está desconociendo todo el marco legal que apoya toda actividad dirigida a mejorar el estado de las personas en general, cualquiera sea el arte, oficio, o profesión que profesen”, se lee en la sentencia. Y criticó la “discrecionalidad absoluta” que surge de la resolución 593 del organismo estatal.

A la vez, en la sentencia la jueza asegura que la Dirección mostró “desconocimiento radical del mismo Estado de derecho” al obstaculizar el libre e igualitario desarrollo de la personalidad asociativa.

La jueza, además, señaló que a través de la denegación de la personería jurídica, el Estado provincial contradijo sus actos administrativos propios (y múltiples) de reconocimiento de fomento de las funciones sociales de Ammar Córdoba.

Es que la Provincia cooperó en más de una ocasión desde lo material con los proyectos de la organización que contribuyen al bien común. Por ejemplo, la jueza menciona la creación del Centro Educativo “Cenpa Ammar”, en el que las meretrices y toda la comunidad pueden cursar estudios primarios.

Otros proyecto en el que la Provincia y Ammar actuaron mancomunadamente es el Paicor, que brinda asistencia alimentaria a los adultos carenciados que asisten al establecimiento educativo de la asociación.

En otra ocasión, la Provincia colaboró con equipamiento para acondicionar la sala cuna que funciona en la sede de la asociación. “Creemos que esta decisión judicial no sólo pone de manifiesto la importancia de una Justicia abierta a los sectores más vulnerables, y dispuesta a defender derechos por otros invisibilizados y postergados, sino que también se alinea con las posturas más democráticas respecto a la importancia de la sociedad civil”, manifestó en un comunicado Ammar.

Amparo

La resolución de la jueza tuvo lugar luego de la acción de amparo presentada por la Asociación Civil Clínica Jurídica de Interés Público Córdoba (Clip). El organismo actuó en representación del colectivo de las trabajadoras sexuales de la provincia y como representante legal de Ammar Córdoba.

Desde Clip informaron que el fallo de la jueza se alinea con la más reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Estamos frente a una línea jurisprudencial marcada por la Corte, como un signo claro de democratización y progreso en la moral igualitaria de nuestra sociedad”, manifestaron desde la Clip.

La Clip es una asociación civil sin ánimo de lucro que tiene, entre otros objetivos, los de promover la práctica del Derecho de interés público, la defensa de los derechos humanos, el acceso igualitario a la justicia y denunciar violaciones a los derechos humanos o prácticas antidemocráticas. “En cumplimiento de su objeto social, ha formado esta alianza con Ammar Córdoba a los fines de llevar adelante esta acción judicial”, señaló la Clip.

Cronología
En 2012. El 26 de diciembre de 2012, la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Córdoba denegó, a través de la resolución 593, la personería jurídica a la Asociación Mujeres Meretrices Argentinas (Ammar) Córdoba. La Provincia basó su rechazo en que Ammar supuestamente no cumplía con el requisito de tener como fin el bienestar general o el bien común.

En 2013. En mayo de 2013, la Dirección expresó nuevamente su negativa a la pretensión de Ammar al rechazar un recurso de reconsideración de la entidad. En diciembre del año pasado, Ammar presentó una acción de amparo colectivo en la Justicia con el apoyo de la Asociación Civil Clínica Jurídica de Interés Público Córdoba (Clip).

Febrero 2014. El 17 de febrero de 2014, Victoria Bertossi de Lorenzati, jueza de Conciliación de 5ª Nominación Laboral, le dio un plazo de cinco días a la Dirección para que esta inscriba como asociación civil a Ammar Córdoba. Según Clip, la resolución se notificó el viernes 21 de febrero a la Provincia y el sábado 22 a Ammar.

Qué puede pasar. Según informó Clip, la decisión judicial podría quedar firme hoy siempre y cuando no sea apelada por la Provincia. Si el Gobierno apela la resolución, la jueza tendrá 48 horas para conceder o no la apelación. Si no la concede, la sentencia deberá cumplirse de inmediato.


La Voz del Interior, 25-2-14